A más de cuatro décadas del golpe militar contra el presidente Salvador Allende, no todos los crímenes de la dictadura encabezada por Augusto Pinochet han sido castigados. Una serie de candados legales ha protegido a quienes cometieron delitos de lesa humanidad. Ahora el gobierno de Michelle Bachelet se apresta a enviar al Congreso una iniciativa de ley que anule “con urgencia suma” la Ley de Amnistía que ha impedido llevar a los tribunales a muchos exmilitares que sumieron en el terror a este país.
VALPARAÍSO, CHILE.- La inminente anulación de la llamada “ley de amnistía” –Decreto 2191 promulgado por Augusto Pinochet en abril de 1978 para “beneficiar a los partícipes de los planes gubernamentales del régimen militar”, como estableció la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1996– es la más llamativa, aunque no la más importante, de las medidas impulsadas por la presidenta Michelle Bachelet para avanzar en el castigo a los crímenes de la dictadura militar (1973-1990).
Bachelet hizo el anuncio el pasado 11 de septiembre en el Palacio de La Moneda, en un homenaje a las víctimas del golpe militar perpetrado hace 41 años. “Chile no ha perdido la memoria, Chile no ha olvidado a sus hijos perseguidos, ejecutados y detenidos-desaparecidos. Chile no ha olvidado a quienes mantuvieron viva la esperanza de un país libre”, expresó la mandataria, quien llamó a entregar información del destino de los desaparecidos por la dictadura: “Basta ya de esperas dolorosas y de silencios injustificados (…) es fundamental que quienes tienen información relevante, civiles o militares, la entreguen”.
Ese día la ministra secretaria general de la Presidencia, Ximena Rincón, y el ministro de Justicia, José Antonio Gómez, explicaron que la vía para anular la amnistía será darle trámite rápido a un proyecto presentado por cuatro senadores de la centroizquierdista Concertación por la Democracia el 21 de abril de 2006.
Ese proyecto, al cual el Ejecutivo etiquetó de “urgencia suma” el 23 de septiembre, se propone declarar “insanablemente nulo por inconstitucional” el Decreto Ley número 2191 y establecer: “Son inamnistiables e imprescriptibles todos aquellos crímenes (…) que, cometidos individual o masivamente, puedan ser calificados como crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad”.
Dada la urgencia que se le imprimió a su tramitación, el Congreso Nacional tendrá 30 días –15 en cada cámara– para discutir la iniciativa.
Además el gobierno puso “urgencia suma” al proyecto “que establece ley interpretativa que adecua la legislación penal chilena a los tratados internacionales en materia de derechos humanos”.
En su artículo único esta moción de ley propone: “Fíjase el verdadero sentido y alcance de las causales de extinción de la responsabilidad penal que se establecen en el artículo 93 del Código Penal, en orden a que deberá entenderse que la amnistía, el indulto y la prescripción de la acción penal y de la pena no serán aplicables a los crímenes y simples delitos que, en conformidad al Derecho Internacional, constituyen genocidio, crímenes de lesa humanidad y de guerra”.
Este proyecto también plantea “que deberá entenderse que la norma del artículo 103 del Código Penal” (regulador del mecanismo de la media prescripción) “no será aplicable” en ese mismo tipo de crímenes.
Horas antes de hacer los anuncios el 11 de septiembre, Bachelet conversó con la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro –informó ésta al portal Emol–, a quien la mandataria le comentó que además de impulsar las medidas reseñadas, promoverá otras iniciativas para asegurar la verdad y la justicia en materia de derechos humanos.
Entre estas medidas Pizarro destacó una propuesta de “ley contra el negacionismo”. Ésta, de concretarse, sancionará a quienes nieguen hechos de exterminio o hagan homenajes a los autores de éstos.
En Chile aún hay actos de reivindicación de los crímenes ocurridos durante la dictadura u homenajes a los victimarios. Por ejemplo, el 21 de julio de 2013 se presentó un libro que es apología del genocida y torturador exbrigadier Miguel Krassnoff Martchenko, quien no pudo asistir al acto por estar cumpliendo condenas de más de 100 años de prisión.
Además de los proyectos patrocinados por el Ejecutivo, diputados del Partido Comunista –encabezados por el abogado y diputado Hugo Gutiérrez– presentaron cuatro mociones legislativas el pasado 11 de septiembre para: tipificar el delito de tortura con una penalidad proporcional a la magnitud del crimen; anular el Decreto Supremo número 1086 de 1983 del Ministerio del Interior, el cual restringe el derecho a reunión; derogar la pena de muerte establecida en el Código de Justicia Militar; y anular el secreto de los antecedentes recabados por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada en 2003.
Media prescripción
Nelson Caucoto, abogado de víctimas de la represión, analiza en entrevista con Proceso los alcances de las medidas anunciadas por Bachelet. En su opinión la medida más importante es la que apunta a acabar con la utilización de la “media prescripción” en casos de crímenes de lesa humanidad, pues “esta norma se aplica casi a diario y se ha transformado en la ventana que permite que (criminales de la dictadura) tengan penas demasiado benignas” e implican que en muchos casos “no vayan presos”.
Ahonda: “En el fondo la media prescripción supone que si hay un delito que prescribe en 15 años y la justicia alcanza al responsable cuando ha pasado la mitad de aquel tiempo, el juez rebaja en tres grados la pena”.
Caucoto –quien consiguió el 17 de noviembre de 2004 la primera condena definitiva para la cúpula de la Dirección Nacional de Inteligencia (Dina) en el caso del secuestro del sastre Miguel Ángel Sandoval Rodríguez– señala: La aplicación de la media prescripción ha tenido como consecuencia “que en casos de delitos gravísimos se rebajan tanto las penas que muchos (criminales) quedan firmando en libertad”.
Asegura que en torno a este tema “se producen las mayores controversias” en las cortes de justicia. “Nosotros sostenemos que el derecho internacional en materia de crímenes de guerra o de crímenes de lesa humanidad no admite prescripciones ni medias prescripciones. ¿Cómo vas a calcular la mitad del tiempo transcurrido de un delito que es imprescriptible en su totalidad? No se puede calcular la mitad del infinito”.
La aplicación de la media prescripción se transformó en un criterio jurídico muy utilizado por la Corte Suprema desde cuando se falló –el 30 de julio de 2007– el caso por el secuestro del dirigente sindical y militante comunista Juan Rivera Matus, perpetrado el 6 de noviembre de 1975.
En entrevista con Proceso, Gutiérrez (miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados) manifiesta que la media prescripción “fue una salida que inventó la Corte Suprema por medio de la cual quiso buscar el justo medio: ‘Te castigo pero nunca tanto’. Eso es inaceptable”, expresó.
En relación con la anulación de la amnistía, Caucoto precisa que su importancia es más bien simbólica: “No conozco un caso desde 1997 que haya sido cerrado por la aplicación del decreto ley de amnistía”.
Sin embargo expresa la que, a su parecer, es la importancia de esta medida: “Cuando vivimos un momento de profundización de la democracia y del sistema institucional, de avances en derechos humanos, aparece como un contrasentido que siga vigente un decreto de autoimpunidad, impulsado por la dictadura de Pinochet, precisamente para eximirse de la acción de la justicia.
“Por lo mismo me gustaría que desapareciera ese decreto ley de amnistía, y una de las vías es la anulación, que me parece una medida correcta”, añade.
En torno a los alcances jurídicos de la anulación, Caucoto expresa que esta medida legalmente significará “que nunca existió la ‘amnistía’ y, por tanto, ésta ya no produce efecto”.
Sostiene que sería muy distinto si la presidenta hubiese auspiciado la derogación de la amnistía: “Eso implicaría que se reconoce que existió la amnistía y que respecto de su aplicación en el pasado ya no se puede echar marcha atrás”.
Sintetiza: “La anulación es como si nunca hubiera existido la amnistía y la derogación es como si se le pusiera término hoy”.
Caucoto estima que todas las causas en las cuales se aplicó la amnistía se pueden reabrir sin necesidad de dictar una ley, aunque sugiere que esta medida da una señal que podría acelerar dichos procesos.
El abogado –quien trabaja en la Corporación de Asistencia Judicial de Santiago– aclara que actualmente los jueces están reabriendo las causas basándose fundamentalmente en compromisos internacionales que signó Chile antes del decreto ley de amnistía. Es el caso de los Convenios de Ginebra de 1950, los cuales sostienen que respecto de los crímenes de guerra y de lesa humanidad no hay “ninguna razón para no investigar y para eximir de dar castigo a los culpables”, asegura Caucoto.
Pese a las distorsiones que provoca la aplicación de la media prescripción, el abogado se muestra conforme por lo hasta ahora conseguido. “Hoy mismo (lunes 22) tuve que alegar una condena, mañana tengo que alegar dos más… todos los días se están viendo condenas definitivas con cárcel efectiva”.
Agrega: “Estas causas han sido empujadas desde el año 2000 en adelante, es decir, en 14 años hemos logrado lo que no habíamos conseguido en los 27 años anteriores”.
Actualmente en Chile hay cerca de 900 procesados y cerca de 250 condenados en causas de derechos humanos. De éstos, unos 160 están en prisión. La mayoría son exuniformados.
Justicia y memoria
En las últimas semanas ha habido gran número de resoluciones judiciales y acciones de rescate de la memoria que han puesto en evidencia que el tema de la defensa de los derechos humanos está más vivo que nunca, pese al tiempo transcurrido y a los intentos por borrar la memoria.
El pasado 3 de septiembre, el ministro en visita Miguel Vásquez dictó tres nuevos procesamientos por el asesinato del icono de la cultura popular chilena, Víctor Jara. Los inculpados son los exmilitares Hernán Chacón Soto y Patricio Vásquez Donoso, procesados en calidad de autores; como encubridor fue imputado el exfiscal militar Rolando Melo Silva, actual abogado del Consejo de Defensa del Estado. Con éstos ya son 11 los procesados en esta causa.
El juez Vásquez tipificó como “secuestro calificado” las detenciones de Jara y del exdirector del Servicio de Prisiones Littré Quiroga. Ellos, junto a cientos de personas que se encontraban confinadas en la Universidad Técnica del Estado (hoy Universidad de Santiago), fueron trasladados el 12 de septiembre de 1973 hasta el Estadio Chile. Tres días después en ese lugar Jara y Quiroga fueron asesinados a balazos por soldados.
Casi coincidiendo con esta resolución, el 15 de septiembre el edificio de la Dirección Nacional de Gendarmería fue bautizado Littré Quiroga, en una ceremonia encabezada por el ministro de Justicia.
El 12 de septiembre el ministro en visita extraordinaria en causas de violaciones a los derechos humanos, Leopoldo Llanos, procesó a 19 exagentes de la Dina en su calidad de cómplices o encubridores del secuestro de Nalvia Mena Alvarado –quien se encontraba embarazada– cometido el 29 de abril de 1976 en Santiago.
El día 24 se inauguró en la esquina de las calles Amunátegui y Huérfanos –en el centro de Santiago– una placa en recuerdo del jefe del aparato militar del Partido Socialista de Chile, Arnoldo Camú, asesinado en ese lugar exactamente 41 años antes.
Un día antes se descubrió una placa en recuerdo del profesor Bernardo Lejderman Konujowska. Él y su esposa, la mexicana María del Rosario Ávalos Castañeda, fueron asesinados por militares el 8 de diciembre de 1973.
El crimen fue presenciado por el hijo de ambos, Ernesto Lejderman Ávalos, entonces de tres años, y quien adquirió notoriedad y reconocimiento en Chile luego de que el 20 de agosto de 2013 encarara en un programa de Televisión Nacional de Chile al entonces director nacional del Servicio Electoral y exjefe del ejército, Luis Emilio Cheyre, por su participación culposa en la muerte de sus padres.
El 25 de septiembre los senadores Alejandro Guillier (oficialista, independiente elegido por el pacto Nueva Mayoría) y Manuel José Ossandón (del centroderechista partido Renovación Nacional) propusieron a la Comisión de Derechos Humanos del Senado crear una comisión que se encargue exclusivamente de encontrar a los detenidos-desaparecidos de la dictadura militar. “Comisión final” la llamaron. Hicieron esto con el declarado fin de “cerrar un ciclo en la vida de miles de familias que desconocen el paradero de sus seres más queridos”.








