Una década de injusticias “para favorecer a un banco”
Señores:
Les solicito publicar la siguiente carta, dirigida al presidente del Consejo de la Judicatura Federal, ministro José V Aguinaco Alemán, para corregir una serie de irregularidades judiciales en mis demandas contra el Banco Mexicano Somex, SNC, hoy Banco Santander Mexicano
Casi cinco años después de haber sido despedido injustamente de ese banco, las autoridades laborales fallaron en mi favor y esa institución crediticia cubrió mi liquidación en septiembre de 1994, pero debido a que en el proceso se me despojó de valores, se me amenazó de muerte y se distribuyeron malos informes sobre mi calidad moral y laboral, vulnerando con ello mi derecho al trabajo, el 20 de septiembre de 1996 presenté demanda civil por daño moral y material En un juicio plagado de trampas y actos de corrupción, el Juzgado Sexto de lo Civil falló en mi contra, y por ello presenté recurso de apelación en la Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en donde cometieron de nuevo todo tipo de ilicitudes
Interpuse así la demanda de amparo 106/98 ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito El pasado 5 de agosto, la ponente Luz M Perdomo Juvera y el presidente Wilfrido Castañón León firmaron la sentencia definitiva negándome el amparo y señalando que la demanda prescribió Según ellos, la demanda debí presentarla antes del 16 de mayo de 1991, o sea, dentro de los dos años siguientes a la fecha en que fui cesado de mi empleo, lo que es absurdo, pues entonces no había sido dictada siquiera la sentencia laboral
Por el despojo de mis valores presenté la denuncia de hechos SC/2770/94-03 ante la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y ésta determinó el clásico “no ejercicio de la acción penal” Me inconformé para que la averiguación se enviara a dictamen a la Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Procurador En enero y abril de 1997 emitieron dos diferentes dictámenes objetando el no ejercicio de la acción penal Sin embargo, el subprocurador Víctor A Carrancá Bourget autorizó en definitiva el no ejercicio de la acción penal en un dictamen lleno de absurdos jurídicos
Así, en marzo de 1998 presenté la demanda de amparo 273/98-III ante el Juzgado Decimosegundo del Distrito Federal a cargo de Salvador Mondragón Reyes, quien actuó con una gran parcialidad o ilegalidad para favorecer también al banco, pues me otorgó un “amparo” intranscendente Interpuse entonces el recurso de revisión RP 706/98 ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, donde se encuentra en estudio
Ministro José Aguinaco Alemán, por estimar que se ha actuado fuera de todo contexto legal, le ruego ordenar las investigaciones procedentes en los amparos 106/98 y 273/98-III, y que me dé a conocer los resultados en “breve término”, conforme al derecho constitucional de petición (Carta resumida)
Atentamente
Jaime Alvarado López
Cerro Boludo 46
Colonia Campestre Churubusco,Coyoacán, DF








