Los mejores sueldos, sin trabajar, pago a la incondicionalidad

Los mejores sueldos, sin trabajar, pago a la incondicionalidad
Aristocracia del dinero, en la UNAM, para fortalecer al rector
María Esther Ibarra y Fernando Ortega Pizarro
Visionario, el exrector Guillermo Soberón Acevedo estableció como privilegio el derecho de seguir cobrando los salarios, una vez que un funcionario académico deja el cargo, para conformar así una élite económica universitaria, incondicional al rector en turno
En 1970, este derecho se institucionalizó con el propósito de evitar la corrupción y premiar la actividad académica de los exfuncionarios de la UNAM y fue trastocado después para que alcanzara otros objetivos
Soberón no sólo fortaleció con los funcionarios académicos una aristocracia universitaria, sino que creó la estructura legal para que esta élite se mantenga y reproduzca por tiempo indefinido Las razones: consolidar el poder centralizado en el rector y aplicar las directrices de la cúpula, cuestionadas cada vez más por la comunidad universitaria
Los notables universitarios aumentaron sustancialmente sus percepciones, contrastantes con las penurias económicas de las universidades de provincia Aparte de la sorpresa que produce a los rectores de los estados saber que su homólogo de la UNAM, Octavio Rivero Serrano, gana 171,23136 pesos al mes —sin contar el 385% de aumento de este año—, les molesta e indigna que los exfuncionarios académicos reciban una “jubilación prematura”, desde que dejan el puesto hasta que cumplen 70 años de edad
En 1970, bajo la rectoría de Pablo González Casanova, se estableció en el artículo 48 del Estatuto del Personal Académico (EPA), que además de los funcionarios académicos que cumplieran su periodo cuatro años, el personal de carrera con 20 años de servicio en la UNAM tenía derecho a ese beneficio
Cuatro años después, con Guillermo Soberón, y ahora en el artículo 59 del Estatuto, se precisa que los privilegiados serán sólo los funcionarios académicos, nombrados por la Junta de Gobierno, que cumplan 20 años de antigüedad académica y dos en el cargo, o que simplemente terminen los cuatro años del periodo que corresponde a una dirección de facultad, escuela o rectoría y permanezcan en la UNAM
Además, se canceló en esta modificación la obligación de obtener el acuerdo favorable de la comisión dictaminadora correspondiente, para conceder el privilegio
Hasta donde se sabe, el único que ha renunciado a esa canonjía fue, paradójicamente, el rector Pablo González Casanova, al renunciar al cargo, a finales de 1972
Pero la mayoría aceptó, gustosa, esos ingresos Encabeza la lista el exrector Soberón Acevedo, con un sueldo fijo mensual de 82,910,00 pesos
De acuerdo con la nómina de mayo de 1981 Soberón recibe de la institución, además, las siguientes asignaciones económicas:
Como investigador “C” de medio tiempo, 23,95200 pesos —sin contar el 385% de incremento salarial—, y por compensación de antigüedad, 7,664,64 pesos En total: 114,52664
Además de la actividad académica que se supone desempeña, simultáneamente preside la Coordinación de los Servicios Médicos del Sector Público, con otro sueldo, por supuesto
Henrique González Casanova, miembro de la Junta de Gobierno de la UNAM, describe el espíritu del artículo 59 del EPA, en los siguientes términos:
“La norma tiene por objeto contribuir a que el profesor o investigador de carrera, que ha dedicado su tiempo a la universidad, cuando la ha servido no sólo como profesor o investigador de carrera, que ha dedicado su tiempo a la universidad, cuando la ha servido no sólo como profesor sino como autoridad, no sufra mengua en sus percepciones, pero sólo recibirá el sueldo que ganaba en ese momento, sin incrementos posteriores”
“También se pretende hacer atractiva la carrera académica para el profesor o investigador De esta manera, no está en desventaja con respecto al profesional que presta sus servicios en el mercado libre o que labora en el sector público”
“Asimismo, el propósito es que conserven su status al término de su gestión, para que no caigan en tentaciones de aventurerismo político, que no está prohibido, pero así se puede asegurar una tranquilidad en la institución, que no es nada del otro mundo”
Igualmente, disfrutan de esa “tranquilidad”, exdirectores de facultades e institutos de investigación que gozan sus “jubilaciones prematuras”, además de que tienen los ingresos por concepto de labores docentes y prima de antigüedad, sin considerar el mencionado incremento salarial para el personal académico
Proceso pudo comprobar estos casos:
Leopoldo Zea Aguilar, por haber sido exdirector de la facultad de Filosofía y Letras, 10,40000 pesos; por ser profesor de asignatura “B”, 5,856,00 pesos; profesor emérito, 47,90400; prima de antigüedad, 33,33120 Total: 97,49120
Alicia Perales Mercado, como extitular de Estudios Profesionales de la misma facultad, 7,65000; por ser profesora de asignatura “B”, 5,85600; profesor titular “C” de tiempo completo, 47,90400; prima de antigüedad, 23,654,40 Total: 85,06440
José Laguna García, como exdirector de la Facultad de Medicina, 13,915,00 pesos; por ser profesor titular “C” de tiempo completo, 47,09400; compensación de antigüedad, 25,86816 total; 87,68716
Julián Adem Chahin, como extitular del Centro de Ciencias, 11,25750 pesos; por ser investigador “C” de tiempo completo, 47,90400; compensación de antigüedad, 22,99492 Total: 82,15542 pesos
Fernando Alba Andrade, como exfuncionario del Instituto de Física, 9,10000; por ser investigados titular “C” de tiempo completo, 47,90400; compensación de antigüedad, 32,574,72 Total: 89,57872 pesos
Juan Manuel Lozano Mejía, como exfuncionario del mismo instituto, 9,67260; por ser investigador “C” de tiempo completo, 47,90400; compensación de antigüedad, 24,91008 Total: 82,48668 pesos
Roberto Vázquez García, como extitular del Instituto de Matemáticas, 8,50000; por ser investigador “C” de tiempo completo 47,90400; compensación de antigüedad, 37,36512 Total: 93,76912 pesos
Enrique Valle Calderón, como exfuncionario de Estudios Profesionales de Ingeniería, 16,87600; por ser profesor titular “C” de tiempo completo, 47,90400; compensación de antigüedad, 12,93408 Total: 77,71408 pesos
Ismael Herrera Revilla, exfuncionario del Instituto de Investigaciones de Matemáticas Aplicadas, 7,95000 pesos; por ser investigador titular “C” de tiempo completo, 47,90400; compensación por antigüedad, 18,20352 Total: 74,05752
Luis Lara Tapia, como exdirector de la Facultad de Psicología, 14,42610; por profesor titular “C” de tiempo completo, 47,90400; compensación por antigüedad, 13,65264 Total: 75,98274 pesos
Eucario López Ochoterena, exfuncionario de la Facultad de Ciencias, 5,28600 pesos; por ser profesor titular “C”
de tiempo completo, 47,90400; compensación de antigüedad 12,21500 Total: 65,40500 pesos
Actualmente, 75 funcionarios con percepciones ostensiblemente mayores, son susceptibles de acogerse al artículo 59 del EPA Al igual que los rectores, tienen gastos de representación, que incluyen tarjetas de crédito, chofer, gasolina, viáticos en general y compensaciones “discretas”, cuyo monto no fue posible conocer
El salario promedio de cada uno de ellos es de más de 100,000 pesos, cifra que incluye en muchos casos, remuneraciones como investigador o profesor de tiempo completo, sin ejercer realmente estas actividades, como lo prevé el estatuto de la UNAM En las universidades de provincia esto no se da, porque es “incongruente y deshonesto pagar a quien no trabaja Además, no pueden desempeñarse esas dos funciones al mismo tiempo”
SOBERON CERRO EL CIRCULO
Estudios universitarios señalan que la estructura jurídica de la UNAM facilitó al rector Soberón Acevedo la formación de grupos académicos y administrativos privilegiados y, por supuesto, afines a su política Creó las bases para que en forma directa o indirecta, los rectores tengan injerencia en la designación de los funcionarios universitarios Son ellos quienes integran las ternas para directores de escuelas, facultades e institutos La Junta de Gobierno, por lo general, acepta a los hombres propuestos por el rector
Los rectores designados forman parte del Consejo Universitario El rector presidente este órgano que elige, a su vez, a los integrantes de la Junta de Gobierno, la cual designa al rector El círculo se cierra
Además, el rector tiene la facultad exclusiva de nombrar a los dirigentes administrativos, como son los secretarios general, administrativo y de rectoría, el abogado general y otros de la misma escala jerárquica
A su vez, cada director académico forma una microburocracia en la dependencia a su cargo, con idénticas finalidades; para sostenerse y fortalecer la estructura piramidal y la participación controlada de la comunidad Un caso significativo de cómo se forma una minicasta académica-administrativa, lo ilustra la Facultad de Ingeniería, donde existen 91 jefes de departamento, sección y división, que a la par realizan labores de docencia De acuerdo con la nómina de mayo de 1981, y sin considerar el incremento del 385% los salarios son sustanciosos En promedio obtienen 56,000 pesos mensuales
Estos sueldos resultan ofensivos para el personal académico de las universidades del interior del país, cuyas percepciones promedian los 25,000 pesos mensuales
Tan sólo si se les compara, ya no es el salario del rector de la UNAM, sino el de un funcionario menor, como el Director de Prensa y Relaciones Públicas, ingeniero Alfredo Mustieles, que gana 76,124,00 pesos mensuales, los emolumentos de los rectores de provincia resultan muy bajos Oscilan entre los 40 y 60,000 pesos Las funciones del primero con los segundos no son comparables
De hecho, los funcionarios administrativos nombrados directamente por el rector, además de percibir esos salarios son depositarios de una parcela del poder También con la nómina de mayo de 1981, mensualmente perciben lo siguiente:
Raúl Béjar Navarro, secretario general, 124,25900 pesos: Ignacio Carrillo Prieto, abogado general 107,56700; Rodolfo Coeto Mota, secretario general administrativo, 121,68100 y Jorge Hernández y Hernández, secretario de rectoría, 106,98920
Para las universidades de provincia, limitadas como están en sus recursos económicos, adoptar el privilegio que gozan los funcionarios y exfuncionarios de la UNAM, significaría un derroche excesivo y una deshonestidad, afirman los rectores de las universidades de Tlaxcala, Durango, Nayarit y Sinaloa
En provincia añaden, los funcionarios académicos tampoco podrían cobrar sueldos de investigador o profesores de tiempo completo, porque se desvirtúan ambas funciones
Luis Carbajal Espino, rector de la Universidad de Tlaxcala, señala que estar al frente de una casa de estudios es el “honor más grande que un universitario pueda tener, pero cobrar porque una persona lo fue no es correcto”
Los rectores Germán Rodríguez, José Hugo Martínez y Jorge Medina Viedas, de las universidades de Nayarit, Durango y Sinaloa, sostienen, además, que deben existir criterios homogéneos en los salarios e iguales niveles de calidad científica y cultural
en contraste se observa en que el costo anual por alumno en las universidades de provincia es de 15,00000 pesos y de 50,00000 en la UNAM A la descentralización de los polos educativos no ha correspondido la descentralización del ingreso, y todas las universidades tienen la obligación de preparar con igual competencia a los estudiantes Resulta también incongruente que en los tecnológicos federales, por ejemplo, los profesores ganen mejores salarios y cuenten con mayores recursos materiales que las universidades En otras palabras, lo que se ha formado en un país subdesarrollado, como el nuestro, son universidades del Primer Mundo en el resto del territorio nacional
Al respecto, Henrique González Casanova comenta:
“Existe una ley que se llama del desarrollo desigual No es idéntica la UNAM a la Universidad de Guadalajara o a la del Sureste Ni en eso ni en otras cosas, como no es igual la República ¿Qué si es deseable la aplicación de ese beneficio? No siempre lo deseable es posible Por ejemplo, sería deseable que México sea una gran potencia, pero de momento no es posible, como lo demuestra nuestra economía”