Agobiado por la precariedad de los servicios clínicos penitenciarios para atender una contingencia mayor de enfermos de covid-19, el lunes 3 el director del penal federal del Altiplano, Marte Camarena Bahena, solicitó autorización para el traslado de 320 internos a otro centro de reclusión y el mismo día obtuvo luz verde. Pero eso no sólo no resolvió su problema, sino que evidenció que aún no reclasifica a reos por temor a provocar conflictos entre los grupos antagónicos y que su jefa de servicios médicos amenaza a los internos cuando éstos llevan a sus propios doctores para que los examinen.
El martes 4, vía fast track y ante la imposibilidad de enfrentar el covid-19, el director del Centro Federal de Readaptación Social Altiplano (Cefereso No. 1), en el Estado de México, Marte Camarena Bahena, se deshizo de 320 personas privadas de su libertad (PPL) que aún no “presentaban síntomas de contagio”.
El día anterior había enviado un oficio al comisionado de Prevención y Readaptación Social, José Ángel Ávila Pérez, para comunicarle que, ante la falta de equipo, infraestructura y personal para atender a los internos contagiados, solicitaba su autorización para el traslado de 320 de ellos porque le resultaba imposible reclasificar a imputados, procesados y sentenciados “sin evitar conflictos entre grupos delictivos antagónicos”.
Camarena también mencionó las carencias de personal de vigilancia para garantizar la “mínima seguridad” en el penal y admitió que entre los custodios y detenidos se habían confirmado 24 casos de covid-19, así como 30 sospechosos. Ya había nueve hospitalizados y se habían registrado cuatro fallecimientos, expuso el director del Cefereso 1.
Recibió la autorización el mismo lunes 3; al día siguiente ya se había hecho el trasladado de los 320 reclusos del Cefereso mexiquense al Centro Prestador de Servicios (CPS) Coahuila, en el municipio de Ramos Arizpe.
Entre los reos trasladados al CPS Coahuila iban el teniente Oziel Aldana Portugal, antiguo jefe de departamento de la Administración de Bienes Materiales, Cuerpos de Seguridad, Vigilancia y Supervisión de Petróleos Mexicanos, acusado de delincuencia organizada y sustracción ilegal de hidrocarburos en contubernio con el general Eduardo León Trauwitz, presunto responsable del huachicoleo desde el interior de la paraestatal.
También Agustín Medina Soto, principal colaborador de José Antonio Yépez, El Marro, líder del Cártel de Santa Rosa de Lima, y el guanajuatense Jorge Peña Cuevas, conocido también como El Papito o El Hulk, hombre fuerte del Marro.
Y Ernesto Mendoza Carvajal, cómplice de Daniel Arizmendi, El Mochaorejas, así como Juan Carlos Muñoz Vargas, El Pariente, el narco proclive a los lujos que vivía en Ciudad Neza, antiguo jefe de la plaza de La Familia Michoacana en el oriente del Estado de México, conocido por el control de la venta de drogas, el cobro de derecho de piso y por extorsionar a empresarios.
El jueves 6, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana informó que ese operativo se hizo para cumplir las recomendaciones de las autoridades sanitarias. El propósito, arguyó la dependencia, es evitar el contagio y la propagación de covid-19, así como garantizar el derecho a la salud de los internos.
Sin embargo, documentos oficiales consultados por la reportera indican que las autoridades del penal mexiquense no atienden a los enfermos, pese a que llevan a sus propios médicos, como lo muestra una controversia interpuesta contra la jefa del servicio médico carcelario, la doctora Delia Martínez Martínez, “por negar la atención médica y por torturar psicológicamente al detenido Eleazar Medina Rojas, a quien incluso amenazó con enviar al área de contagiados si volvía a llamar a médicos particulares”.
Detenido en diciembre de 2018, Medina Rojas era el presunto líder de la plaza en Nuevo León para el Cártel del Golfo, según las autoridades de Estados Unidos.
Los argumentos de Camarena
En su oficio del lunes 3 el director del Cefereso 1 expone que la solitud de traslado se tomó por acuerdo de la 19 sesión extraordinaria del Comité Técnico del penal.
Según él, esa medida fue aprobada por el secretario Jesús Martínez Uscanga, de la Dirección Jurídica; el comandante Almar Meneses Rodríguez, de la Dirección de Seguridad; Juan Sandoval Mendoza, de la Dirección del Área Técnica, y Marcos Alejandro Martínez Nava, de la Dirección Administrativa.
Camarena también señala que, “apelando” al procedimiento de traslado involuntario, solicita se autorice la transferencia de 320 personas privadas de su libertad que no presentan síntomas de contagio por covid-19 a diversos centros federales como una medida preventiva urgente.
“Toda vez que –arguyó– está latente el riesgo de mayores contagios y/o un rebote ante el cual no se tendrá el suficiente personal especializado ni los insumos necesarios para enfrentarlo, por lo cual es necesario su movimiento a diverso centro federal (sic) que cuente con mejor infraestructura personal y recursos humanos, como materiales que permitan el adecuado manejo del covid- 19”.
Previamente, cuando presentó la propuesta de traslado de los internos al pleno del Comité Técnico del penal, expresó que esos internos “se encuentran libres de contagio por covid-19 para ser trasladados a Centros Federales de Readaptación Social que cuenten con la infraestructura, medidas de seguridad y espacios suficientes, con la finalidad de evitar su contacto y, con ello, mantener el orden, disciplina y gobernabilidad que debe prevalecer en este centro”.
También comentó que a los 320 reos se les aplicó el cuestionario denominado triac respiratorio en atención primaria, elaborado por la Secretaría de Salud, para identificar a pacientes con signos y síntomas de enfermedad respiratoria con sospecha de covid-19.
El lunes 3, detalló, en el Cefereso No.1 se habían detectado 24 casos positivos, la mitad de los cuales eran reos y el resto personal penitenciario; los sospechosos de covid-19 eran 12 internos y 18 integrantes del personal; nueve detenidos hospitalizados, y ya habían fallecido dos empleados.
Detalló que sólo contaba con seis médicos generales, insuficientes para atender la emergencia sanitaria, considerando que a cada uno le toca atender a 100 internos en promedio, según la población penitenciaria.
Por lo que concierne a los medicamentos e insumos, son insuficientes para atender la emergencia sanitaria y dar seguimiento y atención a las demás PPL con padecimientos crónico-degenerativos. Camarena señaló también que el Cefereso No. 1 tampoco cuenta con espacios para contención en áreas aisladas, como lo establece el protocolo de actuación para la atención de la contingencia sanitaria derivada del covid-19.
Las deficiencias
Si se toma en cuenta lo establecido en el pronunciamiento para la adopción de medidas emergentes complementarias en favor de las PPL, frente a la pandemia, en el Artículo 33 de Ley Nacional de Ejecución Penal se habla de incentivar a las autoridades penitenciarias para que reclasifiquen a las PPL para su traslado a centros penitenciarios que cuenten con capacidad instalada para albergarlas y, en su caso, darles atención hospitalaria.
El documento de Camarena Bahena también evidencia las deficiencias en el estado de fuerza actual del penal del Altiplano, que cuenta con 245 elementos de seguridad –les faltan 116–, distribuidos en tres turnos de 24 por 48 horas, integrado de la siguiente forma: en seguridad y custodia, 200 elementos, el resto cumplen tareas de seguridad y guarda.
“Dadas las condiciones en que opera el centro federal –expuso Camarena en el documento enviado a Ávila Pérez–, se requiere una plantilla de 361 elementos de seguridad como mínima necesaria para cubrir todos los servicios que requiere, lo cual lo coloca en una situación de riesgo y vulnerabilidad ante la urgencia médica que implique disponer de personal de seguridad para el traslado de las personas privadas de la libertad a un hospital y su inminente custodia en el nosocomio.
“No se tienen camas disponibles en el área médica, ni personal médico especializado suficiente, así como medicamento e insumos para atender la actual crisis de salud por covid-19; tampoco un estado de fuerza de personal del área de Seguridad Social para solventar una urgencia médica que implica el egreso de la PPL y su custodia en el hospital donde sea internado.
También menciona que los detenidos tienen derecho a recibir atención médica preventiva y tratamiento para el cuidado de la salud en las unidades médicas que brindan asistencia médica en el centro penitenciario y en caso de que sea insuficiente la atención brindada en reclusión, se podrá solicitar el ingreso de atención especializada al centro o que sea remitida a un centro público de salud.
El mismo día que Camarena Bahena envío su escrito, el lunes 3, fue notificado que su petición de trasladar a las 320 PPL al Centro Penitenciario Federal 18 CPS Coahuila sí procedía:
La realidad real
Contrario a los señalamientos del director del Cefereso 1, en la controversia 28/2020, promovida por el abogado Carlos Enrique García, defensor de Eleazar Medina Rojas, se sostiene que el 25 de julio pasado pudo ingresar al penal –previa autorización de las autoridades– acompañado por dos médicos particulares: Omar Ivanhoe Arteaga Pérez y Rodrigo González García, para que auscultaran a su cliente.
Sometieron a los galenos, dice, a la prueba para detección de covid-19, les pidieron mostrar su certificado médico que avale que no presentaban una sintomatología característica para esta enfermedad y vestir un overol completo de protección, así como botas, gorro quirúrgico, careta o gogles de protección y cubreboca KN95.
Piensa que esas incidencias pueden ser “constitutivas de delito” si se considera que esa misma semana varios doctores visitaron al interno Héctor Palma Salazar, El Güero Palma, sin someterse a esos requisitos, como puede comprobarse en los memoranda o en el oficio donde autorizan la entrada de los profesionistas. Eso denota la mala fe de la doctora Martínez Martínez.
No sólo eso, ya dentro del Cefereso No.1, Arteaga Pérez y González García, los médicos que acudieron a revisar al recluso Medina Rojas, no pudieron introducir ningún tipo de documento, ni instrumental o equipo clínico, aun cuando los habían solicitado para la exploración del paciente.
Sólo contaban con una hoja para hacer anotaciones. Durante la consulta, Medina Rojas se quejó de un fuerte dolor abdominal. La doctora de guardia le dijo que cuando se retiraran los médicos visitantes le daría medicamento para mitigar ese padecimiento.
“Sin embargo, cuando Arteaga Pérez y González García abandonaron el penal, la doctora de guardia le indicó a mi defendido que por indicaciones de la doctora Martínez no le iba a suministrar nada, mucho menos le garantizó que seguiría el tratamiento que le habían recomendado”, comenta el litigante.
El defensor expone también que el 27 de julio por la noche su cliente fue trasladado de emergencia al servicio médico del penal debido a ese dolor abdominal y por un cuadro diarreico.
Cuando el interno estaba en observación, la doctora Martínez le dijo que si insistía en llevar médicos lo iban a transferir a donde están los enfermos de covid-19, lo que se traduce en “tortura psicológica”, así como el delito de contagio, según establece el Código Penal Federal, comenta el litigante.
Por ello, el 30 de julio, desde el Cefereso No. 1, dirigió al director del Comité Técnico Interdisciplinario una queja contra la jefa del servicio médico carcelario, así como de la doctora de guardia, por la tortura psicológica ejercida por la doctora Martínez y por “discriminación, manipulación y omisión” por parte de ambas funcionarias.








