México solicitó y obtuvo la sede del Mundial de Natación 2017, pero después reculó. Y a partir de ahí se ha negado a pagar la multa de 5 millones de dólares por esa renuncia. El actual director de la Conade, Alfredo Castillo, afirma que la exigencia es abusiva y leonina, pero ignora que hay un contrato en el que el gobierno aceptó todas las cláusulas. La falta de respeto a los acuerdos signados se evidencia con el argumento más reciente esgrimido por el funcionario: Ahora apela a la “sensibilidad” de la Federación Internacional de Natación, para que entienda que México atravesaba una crisis…
El conflicto judicial que la Federación Internacional de Natación (Fina) mantiene con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), que se rehúsa a pagar una multa de 5 millones de dólares porque reculó en su decisión de ser sede del Campeonato Mundial de Natación 2017), gira en torno a un contrato que fue avalado y firmado por el extitular de dicha dependencia del gobierno federal, Bernardo de la Garza.
Ese convenio, que el actual director de la Conade, Alfredo Castillo, ha calificado de “leonino”, fue aceptado en todas y cada una de sus partes por De la Garza. De hecho, el gobierno federal realizó una serie de pagos por 9.5 millones de dólares a modo de depósito y otros adelantos, a los cuales se comprometió por escrito junto con la Federación Mexicana de Natación (FMN) y Guadalajara, la ciudad donde se realizaría el Mundial.
Proceso posee copia del contrato que el 15 de julio de 2011 signaron la Fina, Guadalajara (“la ciudad”) y la FMN. Además de De la Garza, firman el presidente de la Fina, Julio Maglione; el exdirector del Deporte de Jalisco en representación de ese estado, Carlos Andrade Garín, y el presidente de la FMN, Kiril Todorov.
Aunque la Conade no aparece en el documento como una de las partes, la firma de Bernardo de la Garza como “ministro de cultura (sic) y deportes de México” avala los ocho apartados que lo conforman y los seis apéndices que se refieren, entre otros rubros, al presupuesto y al apoyo que las autoridades deportivas federales, estatales y municipales prometieron.
El Campeonato Mundial de Natación de Guadalajara 2017 fue presumido en México como “el evento más importante del sexenio del presidente Enrique Peña Nieto”.
Sin embargo, después de un ultimátum de la Fina, el gobierno mexicano, mediante un boletín de la Conade del 18 de febrero de 2015, anunció que renunciaba a ser sede del certamen, debido a que la situación económica del país había orillado a realizar recortes presupuestales y sería imposible cubrir los 90 millones 16 mil dólares requeridos para el Mundial.
“De acuerdo con el contrato firmado en 2011, nuestro país deberá pagar 5 millones de dólares por penalización y para no ser sancionado por la Fina”, anunció la Conade (Proceso 2000). Esa cantidad se debió pagar a más tardar 15 días después de notificar la renuncia (apartado F, punto 2, letra b del contrato).
Cuando Castillo asumió la Dirección de la Conade, el 15 de abril de 2015, heredó ese compromiso de su antecesor, Jesús Mena. Pero lejos de buscar una solución, el funcionario entró en conflicto con el director ejecutivo de la Fina, Cornel Marculescu.
Durante una reunión realizada en julio pasado en Toronto, Maglione ofreció descontar 1 millón de dólares del adeudo y aceptar el resto en pagos, pero, según Todorov, la Fina fue intransigente y pidió todo (Proceso 2049).
Ahora bien, el reclamo de los 5 millones de dólares no es lo único que la Fina exige a México. Según el contrato, en 2015 se debió depositar a la Fina otros 2.5 millones de dólares.
La reportera solicitó información a Marculescu para saber si la demanda que interpuso en el Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS, por sus siglas en francés) es por 7.5 millones de dólares.
A través del departamento de prensa de la Fina, Marculescu se rehusó a dar información “por ser una de las dos partes en conflicto”.
Los incisos a, b y c del punto 5 del apartado F del contrato (Terminación) son claros acerca de cualquier deuda contraída antes de la cancelación: “Los pagos que hayan sido recibidos por la Fina se perderán, los pagos que no hayan sido recibidos permanecerán pendientes de cubrir y, además de la multa de cancelación que deberá pagarse, el importe del depósito (punto 11 del apartado E 11, que equivale a 2 millones de dólares) se perderá”.
Castillo alega que no es justo que el gobierno federal tenga que pagar la multa de 5 millones de dólares además de los 9.5 millones que ya fueron cubiertos. En todo caso, ha dicho, “lo justo” es que la Fina tome de esos 9.5 millones el pago de la multa, o bien, que los devuelva a la Conade para de ahí saldar la penalización.
Nada de esto está escrito en el contrato. Hay algo aún peor. El punto 15 (Pagos) del apartado E (Obligaciones financieras y comerciales) indica que “si hubiera cualquier retraso en el pago de cualquiera de las cantidades referidas en el contrato, la ciudad, la FMN y/o el CO (Comité Organizador) deberán pagar intereses sobre las mismas, calculado sobre una base diaria de 6% a partir de la fecha de pago de lo adeudado hasta la fecha de pago efectivo”.
Esto implica que si el gobierno pierde la demanda deberá abonar mucho más que los 5 millones de dólares, pues esa cifra aumenta cada día que se prolongue el conflicto legal en Suiza.
El contrato especifica que la fecha de expiración del convenio es el 31 de diciembre de 2017, pero puede ser terminado antes por cualquiera de las partes involucradas. Siempre y cuando pague la multa, “la ciudad”, la FMN o el CO tienen derecho a renunciar a la sede.
El contrato también puede ser rescindido por la Fina en caso de disolución del CO; si la ciudad, la FMN, o el CO incumplen con sus obligaciones; si la FMN es suspendida o expulsada de la Fina; si la Fina considera que estas tres partes no pueden cumplir con sus obligaciones; si ocurrieron cambios importantes después de la firma y afectan la organización del campeonato; si la justa no se pudiera llevar a cabo en las instalaciones acordadas en el apéndice B y en las fechas pactadas.
Si algo de esto hubiera ocurrido, la Fina también tiene el derecho de reclamar el pago de una multa de 5 millones de dólares por la cancelación que, según indica el contrato, deberían cubrir “la ciudad, la FMN y/o el CO”.
Lo curioso es que el CO ni siquiera se integró como está marcado en el apéndice A, donde se estipula que, a más tardar seis meses después de la firma del contrato (en enero de 2012), tendría que haber empezado a operar.
Tres años y medio no fueron suficientes para que la Conade, la FMN y los gobierno de Jalisco y Guadalajara conformaran la figura administrativa y legal más importante del Campeonato Mundial de Natación. El fideicomiso tampoco fue creado.
El numeral 6 del apartado F indica que la terminación del contrato será “sin perjuicio de los derechos existentes y/o los reclamos que la Fina pueda hacer en contra de la ciudad, la FMN y/o el CO y no liberará a la ciudad, a la FMN y/o al CO de cumplir con sus obligaciones devengadas antes de dicha expiración. La terminación no afectará la entrada en vigor o la continuación de cualquier disposición que esté expresada implícitamente”.
El numeral 13 del apartado G (Asuntos varios) dice que “si alguna disposición de este contrato se considera ilegal o no ejecutable, en su totalidad o en parte, las partes acordarán de buena fe una enmienda a esta disposición para que sea válida y legal y refleje lo más posible su intención original”.
A pesar de que esta cláusula otorga a los firmantes el derecho a reclamar una situación abusiva, nadie se inconformó y el contrato fue aceptado con todo y que ahora Castillo alegue que es abusivo.
Ni a De la Garza, ni a Todorov ni a Andrade Garín les pareció leonino que la Fina haya especificado en el contrato un reembolso de 10 millones de dólares a ese organismo para solventar los gastos de la transmisión en televisión del Mundial.
Tampoco que la Fina reclamara otros 200 mil dólares en cuatro pagos “por los servicios profesionales” del productor (incisos a y b, punto 12, apartado E ni que hayan tenido que pagar una cuota de 10 mil dólares no reembolsables por el simple hecho de que se le otorgó a Guadalajara el derecho a ser la ciudad anfitriona (numeral 13 apartado E).
Otro de los argumentos que Castillo ha esgrimido para no pagar la multa es que la Fina “no es sensible” a la crisis económica que atraviesa México por las caídas del peso frente al dólar y del precio del petróleo.
El contrato no contiene ninguna cláusula que indique que, en caso de una situación así, la multa será dispensada o los pagos serán devueltos.
“La ciudad, la FMN y el CO renuncian a cualquier reclamo contra la Fina de cualquier daño y costos que resulten de todos los actos u omisiones de la Fina relacionados con el Campeonato Mundial, incluido, pero no limitado, a causas de fuerza mayor, así como en el caso de cualquier ejercicio, no ejercicio, violación o terminación de este acuerdo”, se lee en el numeral 7 del apartado B.
Más aún: Castillo ha afirmado que la Junta Directiva de la Conade no autorizó la salida de presupuesto de esta dependencia para cumplir con los pagos del contrato, pero ¿entonces como pudo la administración de De la Garza usar 3.8 millones de dólares del erario para dárselos a la Fina? ¿Cómo pudo Jesús Mena tomar de las arcas públicas otros 5 millones de dólares?
La Junta Directiva es el órgano de gobierno de la Conade y está integrada por representantes de las secretarías de Educación, Hacienda, Relaciones Exteriores, Gobernación, Medio Ambiente, Defensa, Marina, Salud, Desarrollo Social y de la Procuraduría General de la República.
El gobierno de Jalisco, que entonces encabezaba el panista Emilio González, pagó los casi 700 mil dólares restantes. Es lo único que esa entidad ha cubierto a pesar de que el contrato señala que la administración federal aportaría 50% de los 90 millones 16 mil dólares y, el estatal, la otra mitad.
“Cada una de las partes declara y garantiza que las personas que ejecutan este contrato en su nombre han sido debida y correctamente autorizadas para hacerlo y que todos los trámites necesarios en este sentido se han realizado debida y correctamente”, señala el punto 12 del apartado G.
A nombre del gobierno
Así pues, en nombre del gobierno federal, De la Garza también aceptó todas las responsabilidades que conlleva ser la sede de un certamen de la envergadura de un Campeonato Mundial de Natación, ya que la Fina le confió a México la organización y para ello aceptaron la obligación de firmar un contrato/acuerdo financiero y contar con “la promesa del gobierno (de México) de respetar la Constitución y Reglas de la Fina y la Guía Oficial de Prácticas y Procedimientos (P&P)”.
La Guía Oficial de Prácticas y Procedimientos está fechada el 18 de enero de 2010. En sus páginas están especificados los derechos y obligaciones de “la ciudad”, de la FMN y del Comité Organizador en torno al Campeonato Mundial de Guadalajara 2017.
La P&P está incorporada al contrato como referencia y la Fina advierte que “puede ser enmendada o actualizada” por la Fina cada vez que así lo considere.
En el punto 1 del apartado B (Principios básicos) se lee: “La Fina confía la organización del Campeonato a la ciudad y a la FMN, las cuales se comprometen, conjunta e individualmente, a cumplir con sus obligaciones, en completa conformidad con las disposiciones de la Constitución y Reglas de la Fina, incluido este contrato, pero no limitado a él, así como todo los aspectos referentes al P&P y todas las regulaciones y lineamientos en los que aquí se haga referencia. La ciudad y la FMN declaran expresamente que están de acuerdo con sus obligaciones y que el Campeonato debe realizarse de acuerdo con el presupuesto, que podría modificarse solo si la Fina está de acuerdo”. l








