Condena por denegación de justicia

El jueves 8 la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado chileno por denegar justicia a miembros de la Fuerza Aérea de Chile que rehusaron convalidar el golpe militar del 11 de septiembre de 1973. Acusados de “traición a la patria”, fueron encarcelados y torturados. Los gobiernos democráticos ignoraron sus reclamos por limpiar sus nombres. Ahora la presidenta Michelle Bachelet –cuyo padre, el general Alberto Bachelet, murió a causa de torturas infligidas por sus subalternos de la Fuerza Aérea– deberá acatar la sentencia de la Corte que, en los hechos, es un revés para la cúpula militar del país.

Valparaíso, Chile.- “Es bueno que toda la gente conozca este fallo, que sepa de su importancia y trascendencia y nos reconozca a nosotros, los militares que dimos un ejemplo de honor y cumplimiento con el deber”.

Habla el exintegrante de la Fuerza Aérea de Chile (Fach), Mario González Rifo, en entrevista con Proceso. Expresa su “enorme satisfacción” por “el fallo histórico” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh), que condenó al Estado de Chile por “denegación de justicia”.

Lo anterior, por “no haber ofrecido un recurso efectivo para dejar sin efecto un proceso penal que tomó en cuenta pruebas y confesiones obtenidas bajo tortura”, dio a conocer dicha instancia oficialmente el jueves 8.

Entre 1973 y 1975, primeros años de la dictadura pinochetista, González Rifo y otros 11 peticionarios fueron juzgados por consejos de guerra y condenados “por traición a la patria”, entre otros supuestos crímenes. Dichas condenas –que afectaron a casi 70 miembros de esa rama castrense– fueron validadas en la transición a la democracia, en 1990.

En la sentencia de la Coidh –acordada el pasado 2 de septiembre– también se consideró que Chile era “responsable por la excesiva demora” en iniciar una investigación respecto de las torturas recibidas por cuatro de los 12 demandantes: Ivar Rojas Ravanal, Alberto Bustamante Rojas, Álvaro Yáñez del Villar y Omar Maldonado Vargas.

La causa que investiga estos hechos sólo se abrió en agosto de 2013, “12 años después que el Estado tuviera noticia de los hechos, por medio de la interposición de un recurso ante la Corte Suprema (el 10 de septiembre de 2001)”, señaló la Coidh­ en su fallo.

La Coidh “estableció que su sentencia constituye per se una forma de reparación” y ordenó al Estado hacer un “acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional”, así como develar una placa con los nombres de las víctimas en la Academia de Guerra Aérea (AGA), que tras el golpe militar se convirtió en centro de detención y tortura.

La Corte también exigió a Chile poner a disposición de las víctimas de este caso –en el plazo de un año– “un mecanismo que sea efectivo y rápido para revisar y anular las sentencias de condena que fueron dictadas en la referida causa en su perjuicio”.

Asimismo, los tribunales chilenos tendrán que concluir “en un plazo razonable”, las investigaciones de las torturas relacionadas con el presente caso. Chile también deberá indemnizar –con montos que varían entre 25 mil y 30 mil dólares– a cada una de las 12 víctimas por concepto de daño inmaterial y por reintegro de costas y gastos.

González Rifo sostiene que este fallo le provoca “una satisfacción enorme” porque implica “haber logrado que la verdad y la justicia prevalezcan”. Agrega: “Quienes trabajamos de lleno en esta causa, sentíamos que teníamos la ley y la razón con nosotros y eso nos daba una gran fuerza para insistir, año tras año, porque sabíamos que algún día podíamos obtener justicia”.

Este exuniformado, quien desde su regreso a Chile, en 1989, ha dedicado su vida a hacer justicia a los militares constitucionalistas humillados por la dictadura de Augusto Pinochet, aborda el fondo del problema: “Fuimos castigados porque no fuimos partícipes de la alta traición al país, porque nunca estuvimos dispuestos a salir con nuestro armamento a reprimir al pueblo”.

“Bachelet y otros”

La causa contra los aviadores constitucionalistas –“Aviación contra Bachelet y otros”– se inició el 14 de septiembre de 1973 a partir de una denuncia hecha por el entonces general de brigada aérea Enrique González Battle, quien acusó al también general Alberto Bachelet –padre de la actual mandataria, Michelle Bachelet– y a otros miembros de la Fach de haber participado en reuniones conspirativas con militantes de izquierda radical.

El general Bachelet murió el 12 de marzo de 1974 a consecuencia de las torturas aplicadas por subalternos suyos en la AGA.

El caso de los oficiales de la Fach condenados por consejos de guerra y torturados –denominado por la Coidh “Omar Humberto Maldonado Vargas y otros versus Estado de Chile”– llegó al tribunal internacional luego de que 12 oficiales y suboficiales presentaran el 15 de abril de 2003 una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por “denegación de justicia”.

Los demandantes fueron: Mario Cornejo Barahona, Belarmino Constanzo Merino, Manuel López Oyanedel, Ernesto Galaz Guzmán, Jaime Donoso Parra, Gustavo Lastra Saavedra y Víctor Adriazola Meza, además de los mencionados Bustamante Rojas, González Rifo, Rojas Ravanal, Yáñez del Villar y Maldonado Vargas.

Ellos acudieron a la CIDH luego de que en septiembre de 2002 la Corte Suprema les rechazó –aduciendo incompetencia– un “recurso de revisión con nulidad y casación de oficio en subsidio”, interpuesto en septiembre de 2001. Por medio de éste, ellos solicitaban la nulidad de las condenas de los consejos de guerra, al considerar que en el trámite de estos “fueron objeto de crueles apremios, torturas y vejaciones”.

Citaron como prueba de sus señalamientos lo dictaminado por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (Comisión Rettig), que en informe del 8 de febrero de 1991 estableció que la aplicación de torturas fue una práctica común en los procesos llevados a cabo ante los consejos de guerra tras el golpe de Estado.

En este recurso –patrocinado por la Corporación de Defensa de los Derechos del Pueblo–, “los 12 de la Fach” expresaron que su pretensión era reivindicar su “buen nombre, así como el de los fallecidos, encausados y condenados en este proceso”.

Pero la Corte Suprema determinó que el recurso era “inadmisible” por carecer de competencia respecto de resoluciones de los consejos de guerra. Los recurrentes insistieron contra esta resolución mediante un recurso de reposición –de 7 de septiembre de 2002–, rechazado por el mismo tribunal “por improcedente”, el 9 de diciembre de 2002.

Sin más posibilidades de encontrar justicia en Chile, los aviadores acudieron el 15 de abril de 2003 a la CIDH. En 2005 ésta declaró “admisible” la causa y en 2007 acogió el mecanismo de solución amistosa solicitado por las partes.

Las víctimas plantearon al gobierno de Bachelet cinco puntos fundamentales, especifica González Rifo: “Anulación de las sentencias de los consejos de guerra; baja honorable de la institución; recuperación de todos nuestros derechos, tal cual si hubiésemos terminado nuestra carrera militar; compensación económica por día de cárcel; compensación económica por daño y sufrimiento del grupo familiar”.

En noviembre de 2013 la CIDH realizó recomendaciones al Estado de Chile. No fueron cumplidas, por lo cual en abril de este año elevó el caso a la Coidh.

González Rifo dice que en la última audiencia de este caso –en Cartagena de Indias el 22 y 23 de abril– la Coidh “verificó que el Estado de Chile había investigado y constatado a través de diversos instrumentos –como la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura (Comisión Valech)– que durante la dictadura se practicaron masivamente las detenciones arbitrarias y la tortura”.

Pese a esta constatación, el Estado no inició investigaciones por oficio en contra de los responsables y además instituyó un secreto de 50 años respecto de la identidad de los torturadores.

Los abogados Ciro Colombara y Branislav Marelic, quienes representaron a los peticionarios ante la Coidh, hablan con este semanario, vía correo electrónico. “Para las víctimas, esta sentencia viene a solucionar una situación de injusticia que tiene más de 40 años. Ellas han sido consideradas por todo este tiempo como traidores por haberse mantenido leales a la Constitución luego del golpe militar”.

Los juristas estiman que la sentencia es relevante para el conjunto de la sociedad “porque permite avanzar en mayor justicia y reparación para víctimas un tanto olvidadas, como son las victimas militares que se opusieron al golpe”. Afirman que para el Estado “esta sentencia es un llamado de atención, puesto que revela que todavía faltan medidas y acciones para la reparación total de los crímenes de la dictadura”.

Marelic y Colombara subrayan que la Coidh “le exige al Estado de Chile que brinde a todas los condenados en consejos de guerra de la dictadura la posibilidad de revisar sus sentencias”.

Los representantes de los aviadores constitucionalistas expresan que no sólo en dictadura se incurrió en abusos y errores que afectaron a las víctimas. “En democracia existieron errores y éstos son los más preocupantes”. l