De Elías Sahd
Señor director:
En respuesta al arquitecto José de Jesús Hernández Gutiérrez, quien en Proceso Jalisco 551 refuta las acusaciones en su contra publicadas en la edición número 536, me permito hacer las siguientes precisiones:
1. El contrato que menciona el arquitecto defraudador se refiere a la finca número 2213 (antes 2201) de la avenida Vallarta, y nada menciona del inmueble por el cual fue encarcelado y que se ubica en la calle López Cotilla número 1978.
2. Nada dice de los dos contratos falsos con los que pretendía efectuar el despojo de la calle López Cotilla 1978, por lo que nuevamente se giró orden de aprehensión en su contra.
3. Tampoco habla de los poderes resucitadores que tiene para haber firmado un contrato con un notario cinco años después de que éste había muerto.
4. No se lee en su escrito cómo procede para que todas las denuncias penales en su contra sean atendidas por el mismo y benévolo (para sus aviesos intereses) magistrado Celso Rodríguez González.
5. Adjunto copia de la sentencia número149/2015-1, de la juez VI de Distrito de Amparo en Materia Penal del Estado de Jalisco, donde se solicita a la Sexta Sala girar nueva orden de aprehensión en contra del defraudador arquitecto José de Jesús Hernández Gutiérrez, por el delito de fraude específico.
Por último, con respecto a la difamación, le asiste parcialmente la razón al arquitecto José de Jesús Hernández Gutiérrez, ya que en múltiples ocasiones decir la verdad puede resultar difamante.
Atentamente
Elías Sahd








