Bañuelos Guardado: El arte de lavarse las manos

El abogado Ángel Sánchez Campos lleva meses denunciando en diversas instancias –la Contraloría estatal, el IFAI y el propio ayuntamiento de Tlaquepaque– a Miguel Navarro Flores, quien presumiblemente ocupa dos cargos de manera simultánea desde enero de 2010 y, además, se ostenta como licenciado sin tener el título correspondiente. Hasta ahora sólo ha obtenido evasivas, sobre todo del contralor Juan José Bañuelos Guardado, quien en un arte magistral, simplemente se lavó las manos.

Miguel Navarro Flores es un funcionario singular: se ostenta como licenciado sin tener el título para ejercer. Además, funge como titular de la Unidad de Transparencia de Tlaquepaque y, según la página de Transparencia del Instituto Estatal para la Educación de Jóvenes y Adultos (Ineejad), también es coordinador de Asuntos Jurídicos en esa dependencia.

Lo peor: el titular de la Contraloría estatal, Juan José Bañuelos Guardado, se lavó las manos cuando, el 26 de agosto del año pasado, el abogado Ángel Sánchez Campos presentó una denuncia contra Navarro. La dependencia delegó el caso a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas. Han pasado nueve meses y el quejoso no ha obtenido respuesta.

En su querella, Sánchez Campos expuso al titular de la Contraloría estatal que Navarro Flores no sólo es aviador, sino que también se ufana de un título que no tiene. Esas, abundó el abogado, “son graves anomalías que pudieran ser tipificadas como actos y omisiones que pudieran dar lugar a responsabilidades de tipo penal, administrativa o civil”.

Detalla también que dos semanas antes de presentar su queja –el 12 de agosto– ingresó a las nóminas de la página de Transparencia del Ineejad y a la del ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque, donde encontró que Navarro Flores tiene dos empleos “como servidor público”: uno como coordinador de Asuntos Jurídicos en el Ineejad y otro como director de la Unidad de Transparencia del municipio.

“Es probable que desde enero de 2010 Navarro Flores solamente se haya presentado a laborar en una de esas dependencias; al parecer –puntualiza el abogado– sólo va a la unidad de Transparencia del H. ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque, que preside Alfredo Barba Mariscal.”

Pese a ello, insiste Sánchez Campos, “‘el licenciado’ percibe salarios y demás prestaciones sin presentarse a laborar en el Ineejad; (y cuenta) con plena autorización y conocimiento de quienes encabezan el instituto y el ayuntamiento”.

Sin embargo, en el organigrama del instituto, al frente del cual está Ana Bertha Guzmán Alatorre, aparece como titular de la Coordinación de Asuntos Jurídicos Felícitas Ramírez Aguilar, sobrina del exgobernador Francisco Ramírez Acuña.

De acuerdo con la información de la página de Transparencia del Ineejad, Navarro Flores labora ahí desde enero de 2010 como coordinador de Asuntos Jurídicos, con un sueldo mensual bruto de 10 mil 494 pesos.

A su vez, en el portal del ayuntamiento de Tlaquepaque Navarro está dado de alta en la nómina desde la primera quincena de enero de 2010. Hoy percibe un ingreso bruto de 31 mil 940 pesos mensuales como director de la Unidad de Transparencia.

Otro dato que integra Sánchez Campos en su querella es que “no se localizó ni se encontró registro alguno de cédula profesional a nombre de Navarro Flores, por lo que posiblemente este servidor público haya incurrido en usurpación de profesión, prevista por la fracción II del artículo 170 del Código Penal del Estado de Jalisco, pues conforme la información disponible en la página electrónica de Tlaquepaque, en el desempeño de sus funciones como titular de la Unidad de Transparencia del H. Ayuntamiento de Tlaquepaque se ostenta como licenciado”.

El 26 de noviembre de 2013, apelando a la Ley de Transparencia, Sánchez Campos pidió a la Secretaría General de Gobierno, a través del sistema Infomex Jalisco, “la fecha de registro y número de registro de cédula profesional a nombre de miguel navarro flores (sic), donde se le asignó el número de folio “01576613”.

A su vez, en la Unidad de Transparencia e Información Pública de la Secretaría General de Gobierno, a cargo de Mauricio Fabián Buenrostro, su petición quedó asentada en el expediente UT-SGG-845/2013, según la notificación de admisión.

La Secretaría General de Gobierno pidió por escrito (oficio UT-1906/2013) la información a Felipe de Jesús Oceguera Barragán, director de Profesiones en la entidad. El funcionario respondió a Buenrostro (oficio DP-998/2013): “En atención a su solicitud de información sobre el particular, le informo que efectuada la búsqueda no se encontró registro a nombre de Miguel Navarro Flores que lo acredite para el ejercicio de alguna profesión en el estado de Jalisco”.

Sánchez Campos también solicitó, a través del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai), a la Secretaría de Educación Pública información sobre la fecha y número de registro de la cédula de Navarro Flores. La petición quedó registrada con el folio 0001100518713.

Pingponeo

El 19 de diciembre último, el Ifai le respondió que, “derivado de una búsqueda exhaustiva, no se localizó registro alguno de la persona solicitada, por tanto es inexistente, en términos de lo dispuesto por los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70, fracción V, de su Reglamento”.

En el mismo escrito, el instituto aclaró al solicitante: “Es importante resaltar que el Registro Nacional de Profesionistas contiene información de las cédulas profesionales expedidas por el Gobierno federal a través de la Dirección de Profesiones, por lo que es posible que la persona de la cual se solicitó la consulta pudiera tener un registro como profesionista ante alguna autoridad estatal.

“Igualmente, es factible que la persona pudiera tener su título profesional o bien haber realizado sus estudios en el extranjero y no haber solicitado el registro del título profesional y expedición de cédula personal con efectos de patente.”

Sánchez Campos insistió ante la Contraloría estatal. Le pidió citar a Navarro Flores para que acredite con documento idóneo –la cédula profesional– estar debidamente autorizado para ejercer la profesión que ostenta en su carácter de servidor público, máxime tratándose de la titularidad de la Unidad de Transparencia, pues a todas luces resultaría altamente contradictorio que el titular se ostente como profesionista y no cuente con ella.

El propósito, según el demandante, es “corroborar y ampliar la información publicada en las páginas electrónicas (del Ineejad y del ayuntamiento de Tlaquepaque)”.

La Contraloría, agrega, tendría que girar oficios a ambas instancias para que entreguen “a la brevedad posible informes en los cuales se señale además de la incompatibilidad de horarios, el puesto, funciones, horario de labores, lugar de trabajo, así como tarjeta de asistencia por ser empleado de base donde se encuentren registradas las horas de entrada y salida de labores de Miguel Navarro, desde el 1 de enero de 2010 a la fecha”.

El funcionario también debe entregar, abunda Sánchez Campos, “un informe de sus percepciones en ese mismo periodo y demás prestaciones, tales como despensa, bono de previsión social múltiple, compensación garantizada, bonos de profesionalización, estímulo de antigüedad, compensación de antigüedad, ayuda de servicios, desarrollo y capacitación, prima vacacional, retroactivos, quinquenio, aguinaldo, ayuda de servicios y demás prestaciones.

Además pidió que “se giren atentos oficios al presidente municipal de San Pedro Tlaquepaque (Alfredo Barba Mariscal) para que se le requiera la entrega de un informe, en el cual señale el puesto, funciones, horarios de labores, lugar de trabajo e ingresos percibidos por concepto de sueldos o salarios a nombre de Miguel Navarro de enero de 2010 a la fecha”.

En el oficio 1662-DGJ/Q/2013, firmado por el director general Jurídico de la Contraloría, Avelino Bravo Cacho, el 30 de septiembre de 2013 –aun cuando el documento fue entregado a la Oficialía de Partes de la dependencia el 28 de octubre siguiente–, se le informó a Sánchez Campos sobre la resolución que hizo al respecto Bañuelos Guardado.

El acuerdo que firmó el contralor estatal relativo al expediente 198-DGK/Q/2013-F menciona que se puede establecer “una presunta incompatibilidad de cargas horarias”, por lo que la dependencia competente para conocer la irregularidad es la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del estado de Jalisco, “por tratarse de lo ya referido, acorde a lo dispuesto por el artículo 14, fracción LVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Gobierno del estado de Jalisco, numeral 63, párrafo IV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos”.

Ese artículo establece que “las autoridades señaladas en el artículo 3 de esta ley establecerán los órganos de control disciplinario a los que el público en general tenga fácil acceso, para que cualquier interesado pueda presentar quejas y denuncias contra servidores públicos que presumiblemente incurran en responsabilidad administrativa, responsabilidad que deberá deslindarse conforme a los procedimientos contemplados en el presente título.”

Y agrega: De acuerdo con el mencionado artículo, “el denunciante puede coadyuvar con la autoridad que instruya la investigación administrativa o el procedimiento sancionatorio, aportándole las pruebas e información que estime pertinentes”.

Bañuelos Guardado también indica en su resolución que “por tal motivo se deberá girar atento oficio al maestro Ricardo Villanueva Lomelí, secretario de Planeación, Administración y Finanzas del estado de Jalisco, con domicilio en Pedro Moreno 281, zona Centro, a través del cual se le turnen los antecedentes documentales, para que en el ámbito de sus atribuciones le brinde la atención que en derecho corresponda y para los efectos legales que haya lugar”.

Y antes de archivar el asunto y darlo por concluido, remató: “Se orienta al denunciante de conformidad a lo que se establece en los artículos 88 y 89 de la Ley Adjetiva Penal para el Estado de Jalisco, en el sentido de los presuntos delitos a que hace referencia, se le dejan a salvo sus derechos, para que, de así considerarlo pertinente, presente denuncia ante la Fiscalía Central del Estado de Jalisco.”