Pudo ser una historia común: él abandonó a su mujer con sus dos niños, después demandó la nulidad del enlace y la custodia de los menores. Pero una juez de lo familiar se apresuró a concederle todo al marido adinerado e influyente empresario, cometiendo irregularidades que comprometieron su actuación. El resultado: en más de dos años los niños no han visto a su madre, ésta ha padecido por no saber cómo están y por las venganzas del exesposo, y en todo esto la juez y el sistema de justicia estatal quedaron bajo sospecha.
Minerva Tovar Rivera está desesperada. Dice que hace más de dos años su exesposo, Ramiro Mireles Escobedo, le arrebató a sus hijos: Ramiro, de 12 años, y Grecia Minerva, de ocho. Lo hizo con el respaldo de Elsa Navarro Hernández, titular del Juzgado Cuarto de lo Familiar del Primer Partido Judicial, pero un exfuncionario panista cercano a su familia le informó a la denunciante que Mireles le dio a la juez alrededor de 1 millón de pesos a cambio de otorgarle a él la custodia de los menores.
Para Tovar Rivera, esto es creíble y explicaría la inusitada agilidad con que se llevó a cabo el juicio. El 11 de abril de 2011 Mireles, con quien estaba casada por sociedad legal, pidió la nulidad del matrimonio en Guadalajara pese a que el domicilio conyugal estaba en Huixquilucan, Estado de México, desde 2001; no obstante obtuvo un fallo favorable el 2 de marzo de 2012. De igual forma, solicitó la custodia provisional de los dos hijos el 16 de mayo de 2011 y la mencionada juez se la concedió a los tres días.
Ante las irregularidades detectadas, la señora Tovar pidió que se revocara la sentencia definitiva y los magistrados de la Quinta Sala del Supremo Tribunal de Justicia ordenaron la reposición del procedimiento (toca 545/2012). Sin embargo, el proceso estaría nuevamente en manos de la juez Cuarta de lo Familiar y Tovar solicitó que Navarro Hernández se excusara, ya que su criterio había “quedado externado”.
Tovar considera que también hubo dinero de por medio cuando fue detenida en 2011, ya que el 16 de mayo su exmarido presentó una denuncia penal por supuesta extorsión, dos días después la ratificó, y el día 31 se giró la orden de aprehensión.
El 11 de abril de 2011 Ramiro Mireles presentó en la oficialía de partes del Consejo General del Poder Judicial de Jalisco un escrito para reclamar la nulidad del matrimonio civil. La petición fue turnada al Juzgado Cuarto de lo Familiar. El día 15 se admitió la demanda y se giró un exhorto al juez de lo familiar en turno de Huixquilucan, Estado de México, por lo que se enteró del asunto al Juzgado Décimo Tercero de lo Civil (expediente 409/2011).
El 19 de mayo la afectada recibió la notificación de la nulidad de matrimonio y ese mismo día la juez Navarro otorgó la custodia provisional de sus dos hijos, que había solicitado el 16, lo que suele demorar meses o años.
Tras ser emplazada, Tovar compareció a juicio el 8 de junio de 2011 y expuso que para el caso del divorcio debía ser juez competente el del domicilio conyugal, en el Estado de México, pero no fue escuchada.
Navarro dictó sentencia definitiva a favor de Mireles el 2 de marzo de 2012 (expediente 661/2011 del Juzgado Cuarto de lo Familiar), pero la señora Tovar apeló y el caso fue enviado a la Quinta Sala del Supremo Tribunal de Justicia, que el 13 de junio siguiente determinó revocar la sentencia de Navarro a causa de las notorias irregularidades.
Denuncia bien aceitada
Minerva Tovar se casó el 23 de abril de 1999. “Mi marido me abandonó el 22 de febrero de 2005 con una bebé de cinco meses y un niño de cuatro años. Durante seis años convivió con ellos en contadas ocasiones, en promedio una vez por año”, recuerda.
“El 21 de abril de 2011 –prosigue–, en Semana Santa, pasó por los niños para llevarlos de vacaciones. Me pidió la autorización para sacarles pasaporte porque planeaba llevarlos a Eurodisney en diciembre, y se la di.”
Sin embargo, “el 1 de mayo quise comunicarme con mis hijos, ya que debían de estar en la casa para el lunes llevarlos el colegio, porque se terminaban las vacaciones, pero Ramiro me cortó la comunicación con ellos”.
De inmediato se puso a buscarlos. Acudió al Registro Público de la Propiedad para averiguar dónde se ubicaban todas las propiedades de su marido, ya que él es “millonario”.
Después de buscar en varios domicilios, la señora Tovar llegó al de su suegra, María del Refugio Escobedo del Muro, quien ordenó a sus guardaespaldas que la corrieran. Ella siguió buscando a los niños, hasta que el 17 de junio de 2011 encontró a su exmarido en uno de los exclusivos condominios de la avenida Empresarios 300, en la Torre de Hierro, en Zapopan.
Tovar narra: “Me anuncié con el conserje, quien se comunicó con Ramiro. Cuando le dijo cómo me llamaba, él empezó a gritar que dijera que no me conocía. Le arrebaté el auricular y le rogué a Ramiro que me dejara ver a los niños. No aceptó. A los 10 minutos apareció la policía y me llevó detenida a Puente Grande.
“Les expliqué a los judiciales que Ramiro tenía a mis hijos y que sólo deseaba recuperarlos, pero no me escucharon. Me esposaron y dijeron que existía una orden de aprehensión que él consiguió en tan sólo dos semanas, por un delito grave: extorsión. Yo no sé cómo fue posible que actuara tan rápido la autoridad, si hay personas que tienen que esperar años y no pasa nada.”
En la averiguación 6499/2011 se dice que el 17 de mayo Tovar llamó por teléfono a su exmarido, quien estaba con un empleado y un cliente. Supuestamente Mireles activó el altavoz del aparato y sus testigos (Armando Justo Lemus y Ángel Rosas Neri) dicen haber escuchado cuando la señora Tovar admitió que no le importaban sus hijos, sólo su dinero, y que si no le entregaba ese mismo día 20 mil pesos iba a matar a Refugio Escobedo (mamá de su exmarido) porque “se había juntado con gente pesada que no se detenía ante nada”.
Según la denuncia de Mireles, a los 10 minutos de la llamada Minerva llegó junto con un hombre a la oficina de Ramiro en el Tianguis del Sol –que es suyo— y éste le entregó 17 mil pesos.
Después de presentar la denuncia el 16 de mayo y ratificarla el 18, con declaraciones de los dos testigos, el 31 del mismo mes Adriana Gabriela Arreola Dueñas, representante del Ministerio Público en la agencia 11C de Procuraduría General de Justicia de Jalisco –hoy Fiscalía General– giró orden de aprehensión contra Minerva, en tan sólo 13 días.
El 17 de junio Tovar fue detenida y presentada en Puente Grande al Juzgado Décimo Sexto de lo Penal (expediente penal 288/2011-B). En su declaración admite que acudió al Tianguis del Sol, pero el 18 de mayo y a buscar a Leonardo Mireles, hermano de Ramiro y apoderado legal del negocio, pero no lo encontró. Aclaró que en todos los años que estuvieron casados, Ramiro nunca fue a esa oficina.
La señora también explicó que el apoyo para la manutención del hogar se hacía mediante un depósito bancario proveniente de la renta de un departamento. La denuncia fue revocada y se absolvió a Minerva Tovar el 15 de julio por una flagrante contradicción: Ramiro Mireles la denunció el 16 de mayo, cuando aseveró que los hechos sucedieron al día siguiente, el 17.
Sin excusas
Así, con la intervención de la “justicia”, “lejos de recuperar a mis hijos salí procesada penalmente; tardé nueve meses en resolver el asunto por completo”, se queja Minerva Tovar.
Ramiro Mireles pidió la reposición del procedimiento ante la Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia, integrado por Guillermo Valdez Angulo, Gilberto Ernesto Garabito García y Juan José Rodríguez López, quienes condenaron a Tovar a la pena privativa de un año y un mes de prisión.
Por otro lado, ella señala que la juez Cuarto de lo Familiar, en su resolución, además de concederle a Mireles la nulidad de matrimonio y la custodia de los menores, sólo le concede a Tovar que vea a sus hijos un sábado cada 15 días, pero no indica fechas ni envía personal del juzgado para que garanticen la convivencia. “Los niños jamás fueron escuchados, por lo que no he logrado ver a mis hijos desde hace dos años y tres meses”.
Además, objeta, “no tengo derecho sobre los bienes materiales, que son muchos, ya que mi exmarido es millonario. Tiene propiedades aquí y en el extranjero”.
Por estos motivos, el pasado 8 de julio la señora Tovar presentó en la Oficialía de Partes de la Secretaría General del Consejo de la Judicatura del estado una queja administrativa (DVDR-673/2013) en contra de la juez, Elsa Navarro “por los abusos y las violaciones a mis derechos y los de mis hijos menores de edad dentro del expediente número 661/2011”.
Los consejeros de la Judicatura aprobaron por unanimidad que la queja se turnara a la Comisión de Vigilancia para “que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes del pleno”, como se lee en el oficio SO.26/2013A121DVDRyP.
Poco antes, el 2 de julio, Tovar entregó a la misma juez Cuarto de lo Familiar una solicitud para que se excuse de “seguir conociendo del presente juicio con el número de expediente 661/2011, dejando a salvo su honorabilidad”.
Argumenta que “el hecho de que haya dictado sentencia definitiva, aunque la misma haya sido revocada, implica haber externado su opinión en los diferentes acuerdos del procedimiento y sobre todo haber externado su opinión antes del fallo que deberá dictarse al resolverse en definitiva el juicio (…) aunque se aportaran nuevos elementos de convicción, las pruebas existentes no podrán ser excluidas y su criterio ha quedado externado (…) el cual no se ajusta a derecho y, sobre todo, es contrario al derecho de los niños y a mí, como se advierte de los expuesto por los magistrados en la sentencia que ordenó su revocación”.
En su petición, Tovar recuerda que “la fracción I del artículo 184 establece el impedimento para conocer en los negocios que tenga interés directo o indirecto el juez, lo que a mí no me consta, pero es obvio que su señoría ha dictado varios acuerdos que obstaculizan la convivencia de los menores (Grecia y Ramiro) con su madre y omitido dictar otros que la favorezcan, propiciando con ello que, desde el inicio del juicio y hasta la presente fecha, los menores no hayan tenido comunicación alguna con su madre, cuando yo tenía la custodia”.
Además, reclama que la juez “le otorgó la custodia a Ramiro Mireles sin justificación alguna, omitiendo escuchar la opinión de los menores como lo establece el artículo 573 del Código Civil del Estado, que estipula: ‘Cuando se vaya a tomar una determinación relacionada con los intereses del menor, deberá oírsele y considerar su opinión, la cual deberá ser valorada en función de su edad y madurez’. Con ello se les quitó el derecho no sólo de ser escuchados, sino también la oportunidad de ver a su madre”.
En el mismo oficio, Minerva Tovar señala que Navarro Hernández, “cuando ordenó la convivencia, lo hizo de manera ambigua, sin señalar el día preciso para la entrega de los niños a la suscrita, a pesar de que ésta así se lo había solicitado, lo que constituye una violación a los derechos de los menores, como dicen los magistrados en la sentencia de segunda instancia y hace dudar de la buen fe de su señoría, por eso le pido que se excuse”.
Tovar indica en el documento citado que es “una verdadera crueldad” hacia ella y los niños que no se les permita convivir, “por eso la ley establece que deben dictarse todas las medidas conducentes a evitar que los niños sufran este tipo de vejaciones, lo que usted misma (Elsa Navarro) ha expresado en sus propias resoluciones, pero jamás ha dictado una que ordene de manera efectiva y la haya hecho cumplir, ya no digo la convivencia, sino al menos un encuentro para saber cómo se encuentran y saciar la desesperación y ansiedad de verlos de nuevo”.
Le hace otro señalamiento: “Usted le concedió a Ramiro Mireles, en la sentencia, prestaciones que él ni siquiera pidió en la demanda, como el quitarme el derecho a los gananciales que me corresponden respecto a los bienes adquiridos durante nuestro matrimonio; también le concedió la nulidad del matrimonio supliendo o cambiando el sentido de la demanda”.
Remata al mencionarle que “al menos tenga el valor de excusarse de seguir conociendo (del caso), si no es por legalidad, al menos por humanidad, pues no se olvide que los niños son seres frágiles e indefensos que sufrirán durante toda su vida los traumas causados por la falta de atención de su madre y eso no lo suple el dinero de su padre”.
El 28 de junio de 2013, el magistrado Javier Humberto Orendain Camacho, de la Quinta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, revocó la sentencia definitiva que dictó la juez Elsa Navarro el 2 de marzo de 2012, y ordenó la reposición del procedimiento de “primer grado hasta el auto de fecha 14 de junio de 2011”.








