MÉXICO, D.F. (apro).- Con la publicación del acuerdo de creación de la Unidad Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas, la Procuraduría General de la República dio el primer paso para iniciar la ardua tarea de buscar a alrededor de 27 mil personas reportadas como desaparecidas en todo el país.
El acuerdo fue publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación y establece las funciones que tendrá la fiscalía, entre ellas, dirigir las investigaciones de búsqueda de desaparecidos y, en su caso, la identificación forense.
Además, señala que la unidad será competente para perseguir los delitos relacionados con la desaparición de personas y dará aviso a las unidades administrativas u órganos desconcentrados de la PGR cuando detecte la existencia de delitos vinculados a ellas.
La unidad estará adscrita a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad y su titular tendrá la calidad de agente de Ministerio Público de la Federación, quien será designado y removido por el procurador General de la República.
Según el acuerdo, el Titular de la Unidad Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas tendrá la facultad de implementar mecanismos para que el personal se capacite constantemente y, en la medida de lo posible, permanezca en su puesto, salvo que transgredan los requisitos de ingreso o incurran en responsabilidades administrativas graves o en la comisión de delitos dolosos.
Recibirá las denuncias sobre desaparición de personas y estará obligada a realizar “de manera eficaz y urgente” todas las diligencias necesarias para la búsqueda y localización de las personas desaparecidas.
Si de alguna investigación por desaparición se desprende la existencia de algún delito del fuero común, la unidad deberá informarlo a la autoridad competente y, cuando ésta lo solicite, coadyuvará en las investigaciones respectivas.
En el cumplimiento de las disposiciones en materia de localización y búsqueda de desaparecidos, la unidad también deberá brindar atención y protección a víctimas.
La unidad diseñará, instrumentará, supervisará y evaluará la ejecución de los protocolos relacionados con la búsqueda y localización de personas desaparecidas e identificación forense, mismos que “deberán ajustarse a los estándares científicos reconocidos internacionalmente”.
Otra de sus facultades será solicitar a las autoridades competentes la autorización para la realización de exhumaciones en cementerios, fosas clandestinas o de otros sitios en los que se encuentren o se tengan razones fundadas para creer que se encuentran cuerpos u osamentas de víctimas.
También pedir a las instancias penitenciarias, federales o locales, el traslado de los internos a otros centros de reclusión “salvaguardando sus derechos humanos”, cuando esa medida favorezca la localización de víctimas.
La unidad tendrá facultad de atracción de los delitos del fuero común relacionados con su ámbito de competencia y se coordinará con las instituciones de procuración de justicia de las entidades federativas y el Distrito Federal a fin de colaborar, auxiliar y en su caso, asistir a las autoridades locales en la búsqueda y localización de personas desaparecidas.
Asimismo, atenderá e informará a los familiares de las personas desaparecidas de las líneas de investigación tendientes a la su localización y les brindará, en los asuntos de su competencia, la protección de los derechos humanos que en su favor reconoce la Constitución, los instrumentos internacionales suscritos por el Estado Mexicano, la Ley General de Víctimas y demás disposiciones aplicables.
En el ámbito también de los derechos humanos, la unidad deberá coordinarse y colaborar con otras áreas de la PGR, con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), las Comisiones de Derechos Humanos Estatales, y las organizaciones no gubernamentales dedicadas a la defensa de los derechos humanos y la defensa de los derechos de las víctimas.
Entre otras funciones, la unidad también deberá dar vista a la unidad administrativa correspondiente sobre la negligencia o falta de atención a los casos asignados.
El acuerdo establece que la inobservancia a lo dispuesto en el mismo por parte de los servidores públicos de la Institución, los hará acreedores a las sanciones que establece la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar.












