De casi 120 mil juicios presentados ante los tribunales jaliscienses entre 2006 y 2011, sólo poco más de 45 mil han obtenido sentencia definitiva. Y aunque una especialista señala que la demora suele ser culpa de las partes, que pretenden dañarse y no llegar a un acuerdo, ella misma admite que los procesos rápidos son aquellos en los que se arreglan extrajudicialmente…
A unque el artículo 17 de la Constitución establece que toda persona tiene derecho a que los tribunales le administren justicia de manera pronta, completa e imparcial, información obtenida por este semanario mediante la Ley de Transparencia muestra el enorme retraso que existe en los juzgados familiares de Jalisco.
El Consejo de la Judicatura del estado reporta que de 2006 a 2011 se registraron en sus libros de gobierno 119 mil 441 expedientes de juicios civiles ordinarios y sumarios, ejecutivos, de tramitación especial, actos prejudiciales, concursos, sucesión testamentaria e intestamentaria, tercería, jurisdicción voluntaria, mercantil ordinario y ejecutivo, medios preparatorios, suspensión de pagos y otros.
De ese total de casos que ingresaron a los 10 juzgados familiares del Primer Partido Judicial, hasta la fecha sólo 45 mil 392 tienen una sentencia definitiva.
Sobre ese retraso en la impartición de justicia, sobre todo en los juzgados de lo familiar, la maestra Linda Bonilla Garay, coordinadora de la licenciatura de derecho en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO), explica:
“Hace dos años hicimos una investigación formal acerca de dónde se atoran los juicios. Efectivamente, los juzgados los dejan pendientes porque las partes no le dan el movimiento. Sabemos que la justicia se maneja en función a quienes estamos ahí, cerca del juez, diciéndole y preguntándole por qué no sale el asunto”.
Refiere que en el bufete jurídico del ITESO se reciben alrededor de 300 casos de divorcio necesario, pero ninguno se resuelve en un año porque “hay muchos factores de por medio; algunos son los intereses de cada uno de los que forman parte de un divorcio, cada cónyuge busca tener un arreglo como la ley lo señala, pero en el fondo buscan dañarse, afectarse, y toman a los hijos como escudos para ello.
“Hay rezago en los juzgados porque el abogado está buscando quedar bien con el cliente, que el asunto se resuelva a favor de su cliente sin importar lo que está de por medio, como los niños, a quienes la ley protege por encima de todo.”
–De los casos que maneja el Jurídico del ITESO, ¿a cuáles se les da pronta salida? –se le pregunta.
–Se resuelven rápido aquellos en que no hay litis y donde ambas partes resuelven su situación extrajudicialmente (…) Los que tienen problemática es donde hay un pleito y tardan más.
–Entonces, ¿queda en teoría el artículo 17 de la Constitución?
–Es una situación en que las partes tienen mucho que ver respecto de la rapidez en la resolución. Cuando hay bienes de por medio, vamos a buscar lo material y hay un pleito para que el juez tome una decisión.
La maestra Bonilla Garay admite que, por ese motivo, las personas de escasos recursos son más proclives a padecer la experiencia de no obtener un trámite jurídico ágil y expedito.
Consecuencias
Dos casos narrados por sus protagonistas, mujeres que están en la espera de sentencia, muestran una situación mucho más compleja.
La señora “Sandra” estuvo casada durante 40 años con Alejandro Cárdenas Hernández y, en el juicio de divorcio, la juez cuarta de lo familiar, Elsa Navarro Hernández, la sentenció el 21 de septiembre del año pasado a pagarle a su expareja mil 743 pesos mensuales por concepto de pensión alimenticia, pese a que ella lo acusó de cometer varios delitos, entre ellos el de violar a sus hijas cuando eran menores de edad.
Según la señora, Cárdenas obtuvo una sentencia favorable aunque no presentó pruebas contundentes, sólo dichos.
En su declaración, el acusado argumenta que durante el matrimonio él y “Sandra” adquirieron cinco propiedades con los ingresos provenientes del negocio de talabartería que ambos establecieron.
Sin presentar exámenes médicos ni de laboratorio, Cárdenas afirma que en 2004 contrajo una enfermedad renal que le impedía trabajar y que a partir de esa fecha “Sandra” comenzó a distanciarse, hasta que el 25 de febrero de 2009, según él, la señora lo agredió verbalmente y lo corrió del domicilio conyugal. La entrevistada niega esta versión.
Según Cárdenas Hernández, a partir de esa fecha tuvo que enfrentar solo su mal y, como el Seguro Social no le proporcionó todos los medicamentos necesarios y se quedó sin vivienda, tuvo que pedir a sus amigos préstamos que sumaban 40 mil pesos en el momento de su declaración.
No obstante, la señora “Sandra” señala que el presunto afectado nunca presentó ante la jueza análisis médicos que documentaran su enfermedad, facturas de los medicamentos, ni recibos o pagarés que probaran los préstamos.
Señala que tampoco se llevaron a cabo inspecciones judiciales para verificar la declaración de su exmarido. Dice que Cárdenas se limitó a llevar dos testigos: Rogelio Covarrubias Martínez y José Luis García, cuyas declaraciones “son endebles” pero bastaron para que la juzgadora declarara el divorcio bajo la causal de “la negativa injustificada de dar alimentos al otro cónyuge” y se le sentenciara a “Sandra” a darle la pensión.
Ella apeló la sentencia, y su recurso fue turnado a la Séptima Sala del Supremo Tribunal de Justicia (STJ) del estado, con el número de toca 1190/2011. En esta instancia presentó la entrevistada las mismas pruebas que ofreció ante el Juzgado Cuarto de lo Familiar, incluidas tres averiguaciones previas contra Cárdenas Hernández.
Una de estas indagatorias, la 4689/2005, fue presentada el 18 de marzo de 2005 por sus tres hijos ante las amenazas y otras manifestaciones de violencia intrafamiliar que padecían. Otra, fechada el 30 de diciembre de 2010 y clasificada con el número 66/2010, corresponde a la violación sexual que cometió Cárdenas en contra de sus propias hijas cuando eran menores de edad. También se anexó la denuncia por extorsión que interpuso el único hijo de Cárdenas y que originó el expediente 1158/2009.
Aun con estos antecedentes, la Séptima Sala del STJ ratificó la resolución de la juez Navarro Hernández.
Con la voz entrecortada de sollozos, dice no comprender por qué después del daño irreparable que Cárdenas Hernández les causó a sus hijas, la sentencia lo favorece. “Debería estar en la cárcel”, ya que además violó a otra mujer (“una de nuestras empleadas”), quien decidió irse de Guadalajara.
Desesperada, se pregunta qué hizo su exmarido o el abogado de éste para inclinar el fallo a su favor. De todas formas, la afectada acudió al Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito (federal), donde tramitó el amparo directo 18/2012, que le fue concedido por unanimidad el pasado 16 de mayo.
El abogado de la señora, Salvador Quiñones, explica que el Quinto Tribunal también le ordenó a la Séptima Sala del STJ que modificara la resolución, lo que esa instancia acató, pero no de fondo. Por esa razón, él volvió a interponer otro amparo directo contra la segunda resolución de la Séptima Sala y actualmente siguen esperando a que el Quinto Tribunal dictamine si admite el recurso.
Daño a los hijos
Victoria Sandoval acudió a Proceso Jalisco para señalar que el juez décimo de lo familiar, José Vázquez Vitela, se demora en resolver el juicio con el expediente 540/2009 sobre la custodia de sus nietos Fabio y Megan Camacho Rodríguez, quienes según ella corren peligro al lado de su madre, Rita Rodríguez Ríos, que los agrede como antes a su esposo.
La señora Sandoval muestra un recado escrito que le envió Fabio a su padre, Héctor Leao Camacho Sandoval, que dice textualmente: “Ya estoy harto de estar aguantando a mi mama, porque aquí cada ves es peor. Hira me pega de la nada así que lleva esto a la audiencia por fabor gracias”.
Agrega que su nieto le ha comentado a Camacho Sandoval que si el juez no dicta pronto una resolución favorable, tiene dos opciones: escaparse de la casa o suicidarse. Y aunque ya se le informó al juez de la situación psicológica del menor, dice la entrevistada, “ni así resuelve, y todavía se van de vacaciones muy seguido en los tribunales”.
El señor Camacho Sandoval pelea la custodia de sus hijos desde 2004. En ese tiempo acudió al DIF Zapopan para pedir ayuda, pero le dijeron que debía permanecer al lado de su pareja. Después acudió al DIF estatal cuando era presidenta María de la Paz Verduzco, esposa de Francisco Ramírez Acuña, pero no obtuvo respuesta.
Entre tanto, apunta doña Victoria Sandoval, no sólo los menores son agredidos física, emocional y verbalmente por su madre, Rita Rodríguez, sino también el propio Héctor Camacho.
La pareja vivió en unión libre desde 2003 hasta 2008. El 10 de octubre de ese año, Camacho decidió dejar el hogar junto con su hijo tras la enésima golpiza que la mujer les propinó. El 13 de noviembre de 2008 el señor solicitó al juez mixto de primera instancia de Tlajomulco de Zúñiga la custodia temporal de sus hijos y que su pareja perdiera la patria potestad (expediente 643/2009).
El 29 de septiembre de 2009, recuerda Camacho, Rita Rodríguez se presentó a la casa de doña Victoria Sandoval con un “servidor público de un juzgado que no se quiso identificar” para llevarse al menor, ya que ella también presentó una demanda para que el Juzgado Décimo de lo Familiar del Primer Partido Judicial le otorgara la guarda y custodia de su hijo Fabio y la instancia le dio la razón.
Héctor Camacho apeló la resolución (toca 1194/2010) y el 7 de enero de 2011 la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del estado revocó la sentencia del juez décimo de lo Familiar, José Vázquez Vitela. Una de las pruebas que se tomó en cuenta fue el dictamen pericial psicológico emitido por Arnoldo Cisneros Espinoza, donde “después de realizar un análisis de estudio de campo” se concluye que Fabio debería estar con su padre.
De todas formas, Camacho se queja de que su expareja no le permite ver a ninguno de sus hijos pese a que en la sentencia se le ordenó hacerlo. También asegura que todo su sueldo se lo entrega a Rita Rodríguez y no le quedan ni “para los camiones”. Ahora está a la espera de que el juez décimo resuelva sobre la custodia.








