Otra de los “efectivos” de SSP

Con el pretexto de atrapar a un sospechoso, cuatro policías estatales se llevaron a dos personas que nada tenían que ver en ningún delito, según manifestaron éstas ante la SSP y la CEDHJ. La aprehensión se realizó sin una orden y se documentó con la fecha alterada. Lo más grave es que los gendarmes torturaron a uno de los detenidos e intentaron sembrarles mariguana a los dos.

Cruz Adrián González Hernández, taquero, fue detenido el pasado diciembre sin orden de aprehensión por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) del estado, quienes después de torturarlo varias horas lo entregaron a la autoridad correspondiente, pero al rendir su informe cayeron en contradicciones que pueden acreditar la inocencia del ahora preso.

Según el parte de los policías, detuvieron a González Hernández y a la menor Érika Fabiola Garnica el 14 de diciembre pasado en el cruce del Periférico Nuevo con la carretera libre a Zapotlanejo, colonia Jauja, en Tonalá. Especifican que los sorprendieron en portación de armas de fuego y posesión de droga, pero los señalados niegan la versión.

En su declaración, respaldada por varios testigos, ambos afectados aseguran que su detención ocurrió un día antes, el 13 de diciembre, González Hernández en Guadalajara y Garnica en Arandas.

Ante las irregularidades, González Hernández, originario de Jesús María, poblado cercano a Arandas, en la región de Los Altos, presentó una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) contra el secretario estatal de Seguridad Pública, Luis Carlos Nájera Gutiérrez, y los policías Jorge Armando López, Víctor Manuel Rosales García, Ricardo Guerrero Silva y Juan Antonio Alfaro Ramírez, por “violentar” sus garantías individuales.

Aunque la comisión informó al defensor de González Hernández que la queja se iba a archivar por no haber sido ratificada, ya se solicitó por escrito al organismo que envíe a un visitador a la cárcel para realizar ese trámite.

En la queja y en su declaración ante el Ministerio Público federal, González Hernández narró que el 13 de diciembre, a las 10 de la noche, estaba trabajando en la taquería Machetes, propiedad de su tío Antonio y ubicada en el cruce de la avenida Niños Héroes y Firmamento, en Guadalajara. Sorpresivamente llegaron los policías y lo detuvieron sin presentar la debida orden de aprehensión.

“Me decían que me había llevado la chingada, ya que ellos eran ‘contras’, sin yo saber a qué se referían con esa palabra. Me sometieron con lujo de violencia delante de las numerosas personas que se encontraban en el lugar, entre ellos Antonio Hernández, Juan Alberto Blanco, Octavio Díaz y otros clientes cuyos nombres no recuerdo.”

Después de esposarlo, lo subieron en una camioneta que no tenía logotipos de la SSP ni placas y lo llevaron a las instalaciones de la corporación en la avenida Revolución, frente a la glorieta del Charro, en el Sector Reforma. En el trayecto, amenazaron con matar a sus hermanos.

Ya en la SSP, lo torturaron con “una bolsa negra que me asfixiaba al ponérmela en la cabeza, al mismo tiempo me golpearon el pecho y abdomen con rifles y con sus manos. Me pedían que les informara sobre El Chano, que lo entregara. Yo les contesté que lo conocía y que no sabía su nombre, pero que vivía en Jesús María, pero no tengo ninguna relación con ese tipo”.

González Hernández fue obligado a hacer una declaración falsa enfrente de una cámara de video y después, dice, “me enseñaron una escopeta grande, mariguana así como una pistolita corta en una bolsita de plástico, con cargador, haciéndome siempre preguntas que para quién trabajaba. Yo siempre respondía que en los tacos, y que lo que me enseñaron no era mío”.

Posteriormente los elementos de la SSP lo subieron a una patrulla, que se dirigió hacia Arandas con otras 15 unidades, supuestamente con el fin de buscar a El Chano.

“Al pasar por Arandas detuvieron a una muchacha que circulaba en una camioneta, la que supuestamente detuvieron junto conmigo, dándome cuenta que ingresaron al domicilio de ella, durando un espacio de media hora en el interior”, relata el afectado en su queja como en su declaración.

La mujer a la que se refiere González es Érika Fabiola Garnica, menor de edad a la que conoce porque hace cinco años “andaba de novio con una prima de ella”.

En su declaración ministerial AP/PGR/JAL/GDL/AG·-M2/6217/2011, del 15 de diciembre, ella narró que el 13 de diciembre a las 23:30 horas iba en su camioneta Dakota negra con su hijo y la señora Juana Estela García Bravo, quien le cuida al niño y a tres de sus hermanos.

Recalca que es falso “que me hayan detenido junto con Cruz Adrián González, al que conozco del pueblo, pero yo no vi dónde lo detuvieron ni qué le hayan encontrado, siendo mentira que yo haya traído una pistola y que la escopeta y la mariguana que mencionan en el informe de policía las hayan encontrado en la camioneta”.

En la misma declaración se estableció que “la conducta investigada no se encuentra considerada como grave, motivo por el cual no resulta procedente el internamiento de dicho(a) menor en centro especializado alguno, por lo que en consecuencia se solicita sea entregada a la persona que ejerza la custodia o la patria potestad”. La jovencita fue liberada.

En su narración, González Hernández menciona que al salir de la casa de Érika, los policías lo llevaron “a cerros” cercanos a Arandas y a Jesús María. “En el camino me ponían un arma de fuego en la cabeza, a la vez que me hincaban, me decían que me llevó la chingada y hacían (como) que me disparaban. Me repetían que dónde estaba El Chano, a la vez que me golpeaban brutalmente en la cara, pecho y costado”.

Refiere que con las amenazas sentía “angustia, terror” y le preocupaba perder la vida o que mataran a sus familiares. “Llegó un momento en que eran tantos los golpes que recibía, que mi cuerpo se paralizó”, recuerda. Difícilmente podía hablar, pero si lo hacía o dejaba de hacerlo, de todas formas “sufría más golpes y amenazas de muerte”.

El declarante dice que la tortura se prolongó desde la noche del 13 de diciembre hasta las 6:15 de la madrugada, cuando fue presentado ante la autoridad preventiva de la SSP.

De acuerdo con el reporte del inspector general de Agrupamientos de la secretaría, en su oficio SSP/CGSPE/25773/2011, González fue detenido el 14 de diciembre a las 17:55 horas. Otra irregularidad es que el parte que rindieron los policías aprehensores carece de número de folio.

Actualmente se le sigue a González Hernández el proceso 481/2011-I, en el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal del Tercer Circuito, por lo que permanece en el complejo penitenciario estatal de Puente Grande.

 

Daño físico y psicológico

 

Salvador Quiñones Soto, defensor del afectado, solicitó al perito en psicología José Gerardo Núñez Vázquez que ofreciera un dictamen sobre el estado de su cliente. El especialista concluye que la prueba aplicada para tortura psicológica “es afirmativa y contundente”.

Dice que examinó a González como lo marca el protocolo de Estambul, y aclara que “es importante mencionar que la valoración psicológica se ha realizado alrededor de un mes después de los hechos de tortura referidos por Cruz Adrián González”, por lo que los signos presentados “están atenuados por cierto proceso natural de recuperación” y debe considerarse que el impacto “tiene alta probabilidad de ser mucho mayor”.

En su peritaje se lee que el afectado se calificó como alegre, seguro de sí mismo, con facilidad para relacionarse y con una buena relación familiar, pero después de los hechos “se describe como una persona asustada, desesperada, traumada por los golpes, con incomodidad y dificultad para relacionarse con las personas, con miedo de una nueva experiencia de sometimiento y sufrimiento”.

Según este dictamen, González Hernández “habla también acerca de serias dificultades para dormir, pues sueña con angustia que lo siguen y le disparan en la piernas, cae y lo esposan de nuevo. En ese momento despierta con taquicardia, la respiración acelerada, y aterrorizado”.

El psicólogo encontró secuelas de un riesgo “de desintegración de la personalidad por trauma, manifestadas en la desestructuración del pensamiento para la planeación a corto y largo plazos”.

Además, indica que si bien el detenido pretende desahogarse de la experiencia traumática, no puede encontrar “los recursos propios para superar los síntomas de una fobia social y síntomas próximos a un trastorno de ansiedad con agorafobia, los cuales podrían exacerbarse de no recibir apoyo psicoterapéutico y psicofarmacológico a la brevedad”.