Señor director:
Con la ilusión de beneficiar a más de 20,000 familias en nuestro país, dedicadas a la renta de videogramas en modestos videoclubes, le solicitamos atentamente publicar la presente carta.
Las sociedades autorales encabezadas por Roberto Cantoral García, en reunión con otras sociedades autorales, acordaron cobrar a todos los negocios en donde se escuchara música. Con ese pretexto inventaron el membrete Femesac, que incluía siete sociedades autorales. Al frente de Femesac fue instalado Roberto Cantoral Zucchi –hijo del primero– como director de cobranza. Por más de diez años de cobro, acumularon una inmensa fortuna, pero el 8 de agosto de 1992 Roberto Cantoral García, con exceso de cinismo, declaró a los diarios El Heraldo y Excélsior que, gracias a su hijo, México era el único país en el mundo que pagaba regalías a las sociedades autorales por la renta de videocasetes en los videoclubes.
A raíz de la declaración de Roberto Cantoral García, suspendimos el pago de regalías a Femesac y nos constituimos en asociación civil para buscar la defensa a nuestros modestos videoclubes.
En respuesta a nuestra inconformidad por el cobro referido, fuimos demandados penalmente ante la Procuraduría General de la República. La averiguación previa recayó en el Juzgado Noveno de Distrito y el caso fue registrado como causa penal 111/93. Se dictó auto de formal prisión en mi contra y, tras un año de juicio, el juez Amado López Morales dictó una resolución absolutoria en mi favor. Esta sentencia fue impugnada mediante el recurso de apelación, y recayó en el Tercer Tribunal Unitario del Tercer Circuito como toca penal 298/94, con fecha 17 de noviembre de 1994. El magistrado José Trinidad Jiménez Romo resolvió confirmar en sus términos la sentencia recurrida.
No convencida la antigua Femesac –hoy nombrada Sociedades Autorales del Fondo Común–, interpuso el amparo directo 2/95 ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en esta ciudad, señalando autoridades responsables: Tercer Tribunal Unitario del Tercer Circuito, Juez Noveno de Distrito en Materia Penal en el estado de Jalisco, y tercero perjudicado: Juan Francisco Jaime Eufracio.
El 5 de enero de 1995, el magistrado Hugo Ricardo Ramos Carrión, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, resolvió: “se desecha de plano, por notoria improcedencia, la demanda de garantías interpuestas por Andrés Oropeza y Segura, apoderado de la Sociedad de Autores y Compositores de Música, Sociedad de Autores de Interés Público”.
Ese grupo de Sociedades Autorales no entiende que al no existir obligación de pago de regalías por la renta de videogramas en la legislación mexicana sobre derechos de autor, es ilegal ese cobro. ¡Solamente el Honorable Congreso de la Unión tiene facultades para crear una obligación y cuantificarla!
El 2 de febrero, en el noticiario 24 Horas, con Jacobo Zabludovsky, el señor José María Fernández Unsain lanzó una nueva amenaza a los videoclubes independientes, poniendo como ejemplo a B.J. Video de Tijuana, Baja California. No se entiende por qué un juez de Distrito resolvió en contra de B.J. Video sin existir la obligación de pago de regalías en la ley, y cómo es posible que un periodista tan prestigiado, al igual que el noticiario 24 Horas, se presten para engañar a los teleespectáculos y facilitar a las sociedades autorales aludidas el seguir defraudando a los videoclubes.
La situación económica por la que cruzamos es pésima, y deseamos que los videoclubes no sean despojados de su dinero por estos vivales que abusan del temor y la ignorancia de los propietarios de los mismos. En consecuencia, ponemos nuestros teléfonos a disposición de todos los videoclubes para orientarlos y asesorarlos de manera gratuita.
Atentamente
Juan Francisco Jaime Eufracio, presidente de Videoclubs Independientes de la República Mexicana, AC.
(Teléfonos en Guadalajara, Jalisco: 617-49-28, y 617-98-23 -fax.)








