Interpretación de juristas: el poder ejecutivo quebrantó el orden jurídico y pasó por encima del poder judicial

El proclamado respeto a la ley y la permanente invocación a la división de Poderes, en el caso de las órdenes de aprehensión contra presuntos líderes del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), quedaron otra vez en el puro discurso, pues desde la Presidencia y la Procuraduría General de la República (PGR) se atentó contra el orden legal, según concluyen destacados estudiosos del derecho.
Uno de los juristas que más lamenta este cuadro jurídico es Juan de Dios Castro, senador del PAN y exjuez de distrito, quien afirma: “es un quebrantamiento de la ley”.
Apenas seis días después de informar que un juez libró órdenes de aprehensión contra el subcomandante Marcos y otros 19 zapatistas, a solicitud de la PGR, el presidente Ernesto Zedillo ordenó al procurador Antonio Lozano Gracia, de extracción panista, que suspendiera la ejecución de las que todavía no se cumplían.
Esa conducta del presidente y del procurador constituyó un “desacato” a la instrucción de la autoridad judicial, juzgan abogados como Ignacio Burgoa, Jesús Zamora Pierce y Raúl Carrancá y Rivas.
Paradójicamente, un abogado perredista, Leonel Godoy, considera que Lozano Gracia no incurrió en ninguna irregularidad legal al suspender la búsqueda del subcomandante Marcos y otros zapatistas.
Simplemente no los encontraron, razona, y “nadie, ni las autoridades, está obligado a hacer lo imposible”.
El director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, José Luis Soberanes, coincide con el diputado del PRD, y sostiene que la continuación de la búsqueda hubiera desatado la guerra y se habrían perdido muchas vidas humanas:
“El juez no dio en su orden de aprehensión un plazo para cumplirse. Todo esto está sujeto a las condiciones, a la situación. ¿Cuántas órdenes de aprehensión hay sin cumplir? Hay que ser sensatos.”
Sin embargo, el constitucionalista Ignacio Burgoa sostiene: “no hay ningún fundamento legal ni constitucional para que un procurador o cualquier otra autoridad, incluso el presidente, se niegue a ejecutar una orden librada por un juez”.
–No queda al criterio del procurador general de la República determinar si es conveniente o no dar cumplimiento a las órdenes del Poder Judicial –sentencia el penalista Jesús Zamora Pierce.
Raúl Carrancá y Rivas estima que la decisión de la PGR “es un desacato” a la orden de la autoridad judicial, y advierte que este hecho “nos pone sobre aviso acerca de algo que en México es muy importante: el respeto absoluto a la ley y que la ley esté por encima de todos nosotros, lo que tanto se pregona y que poco se cumple”.
El problema consiste, explican, en que el juez, ante la actitud de la PGR, sólo puede enviar oficios al Ministerio Público para que explique el porqué su Policía Judicial no cumplimenta la orden de aprehensión.
Burgoa, Zamora y Carrancá analizan otra arista del problema y estiman que, de nueva cuenta, existen indicios de que el Ejecutivo pasa por encima del Poder Judicial.
“Si el presidente dice que no se cumplan tales o cuales órdenes de aprehensión, es una injerencia indebida en la esfera del Poder Judicial”, recrimina Burgoa.
“En este caso, el Ejecutivo, a su arbitrio, deja de cumplir las órdenes que le da otro Poder, en este caso el Judicial”, razona Zamora Pierce.
Esa negativa, afirma Burgoa, es un desacato al Poder Judicial:
“La PGR y la Policía Judicial Federal tienen la responsabilidad de hacer cumplir las órdenes judiciales, es una obligación que impone la ley.”
–¿Aun cuando se esgriman consideraciones de carácter político?
–Sin consideraciones políticas, porque este caso (la ejecución de las órdenes de aprehensión) ya no está en manos de la Procuraduría ni del presidente; está en manos de la justicia federal. El Ministerio Público tiene la obligación constitucional de perseguir los delitos y a los delincuentes.
En contrario, José Luis Soberanes juzga que las autoridades de la PGR no incurren en desacato a la orden del juez:
“Sería absurdo que se promulgara una ley de amnistía y por el otro lado fueran a perseguir a estas personas. Por otro lado, no se está revocando ni se está desconociendo la orden de aprehensión; simple y sencillamente se suspende un momento para que el Congreso determine lo que proceda.”
Reflexiona: “cumplir una orden de aprehensión como ésta implicaría una pérdida de vidas e iniciar prácticamente una situación de guerra. Creo que por sentido común –el derecho está íntimamente relacionado con él– hay que esperar a que el Congreso decida y diga cuáles son las condiciones de la amnistía, y ver si la dirigencia del EZLN se acoge a esa ley”.
–¿Cabe la excepción en este caso? –se le pregunta al penalista Zamora Pierce.
–Dentro del marco estricto y formal del derecho, no, no cabe. Las normas legales deben ser cumplidas.
El panista Juan de Dios Castro afirma que la orden librada por un juez de distrito tiene que ser cumplimentada, de acuerdo con el artículo 16 constitucional, pese a que Chiapas sea un caso “anormal”.
“En el derecho no hay casos de excepción: o hay Estado de derecho o se quebranta; no hay de dos sopas”, afirma.
–El no cumplir las órdenes de aprehensión, ¿quebranta en este caso el Estado de derecho?
–Siento que sí. Siento que esto es un quebrantamiento del orden jurídico. O sea, el manifestar que no habrá ninguna búsqueda para cumplimentar las órdenes de aprehensión.
“En un predicamento” por su triple condición de legislador, compañero de partido del procurador –sin bien con licencia– y jurista –”soy muy amigo de Platón, pero soy más amigo de la verdad”–, De Dios Castro analiza:
Lozano Gracia, como procurador, cumplió “con cautela” y conforme a la ley la integración de la averiguación previa, ejercitó la acción penal y solicitó a un juez el libramiento de la orden de aprehensión, que la autoridad judicial consideró procedente.
Pero, reconoce, “siento que sí es un quebrantamiento del orden jurídico manifestar que no habrá búsqueda ninguna para cumplimentar la orden de aprehensión”.