Con la designación por el Senado, el jueves 26, de los once ministros que integrarán la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concluyó la reforma del Poder Judicial emprendida por el presidente Ernesto Zedillo, la cual mereció elogios, pero también críticas y reclamos.
Desde que fue aprobada por el Congreso en diciembre pasado, la iniciativa provocó inconformidades por la disposición, “radical” y “autoritaria”, de jubilar a 26 ministros y suspender las funciones de la Corte hasta que se integrara el nuevo pleno.
Después de que en la tercera semana de enero el presidente Zedillo envió al Senado una lista de 18 candidatos a ministros, y tras la comparencia de los mismos, ese órgano legislativo escogió a los siguientes: José Vicente Aguinaco Alemán, Mariano Azuela, Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel, Juventino Castro Castro, Olga María del Carmen Sánchez Cordero, Juan Nepomuceno Silva Meza, Humberto Román Palacios, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, José de Jesús Gudiño Pelayo y Guillermo Iberio Ortiz Mayagoitia.
La bancada del PRD en el Senado diferenció su voto por considerar que el mecanismo de elección fue una “farsa”, en tanto que los senadores priístas y panistas eligieron a los once ministros, a quienes el viernes 27 tomaron su protesta. Esta semana deberán convocar a un pleno para elegir a su presidente.
El miércoles 25, durante el seminario “Reformas al Poder Judicial”, en el que participaron 16 ponentes entre juristas, investigadores, politólogos, filósofos, sociólogos, legisladores y catedráticos de varias instituciones universitarias, la iniciativa del presidente Zedillo fue criticada.
Inaugurado por el rector de la UNAM, José Sarukhán, en el acto participaron como ponentes José Trinidad Lanz Cárdenas, Juan de Dios Castro, Máximo Carbajal Contreras, Elisur Arteaga Nava, Roberto Ortega Lomelín, Arturo Salvador Lelo de Larrea, Arnaldo Córdova, Mario Melgar Adalid, Omar Guerrero Orozco, María Teresa Gómez Mont, Alfonso Lujambio Irazabas, Emilio O. Rabasa, Ignacio Carrillo Prieto, René González de la Vega, José Luis Soberanes Fernández y Arnaldo Córdova.
Entre otras cosas, se dijo:
La reforma judicial está muy lejos de garantizar una adecuada procuración e impartición de justicia en México. Tolera la “injerencia” de los poderes Ejecutivo y Legislativo en la autonomía del Judicial. Y pone “filtros” o “candados” para el pleno ejercicio del juicio de amparo y demás acciones legales con que, a partir de la nueva ley, cuentan los ciudadanos para protegerse de posibles arbitrariedades de la autoridad.
Además, la forma en que fue redactada incurre en la misma ambigüedad de conceptos que en el pasado provocaron desviaciones e interpretaciones particulares de la ley, como ocurre con el término “justicia”, que no está plenamente especificado o acotado. La reforma rehúye de nuevo el tratamiento de los conflictos electorales, a pesar de que son asuntos del orden federal. Y politiza los métodos de selección de los ministros.
En suma: urge reformarla. Fue el consenso de los participantes.
Arnaldo Córdova, con el tema “Perspectivas de la nueva justicia”, sintetizó:
“El actual Poder Judicial, hay que decirlo, no es el que el Estado y la nación necesitan, ni siquiera después de la reforma. Sus limitaciones y rezagos son, bien lo sabemos, un producto de la historia, y no se trata únicamente de la sujeción del mismo a los otros poderes de la Unión, en particular al Ejecutivo, sino de su propio desarrollo institucional.
“Si de veras queremos convertirlo en un auténtico Poder, tenemos que darle atribuciones y facultades que hagan efectivo su fin principal, que es el controlar la acción de los otros dos Poderes. Ni el Ejecutivo ni el Legislativo deben salirse de los límites que la Constitución les fija, y de que no lo hagan debe encargarse el Judicial.”
Aseguró que, desde su origen, la reforma de Zedillo incurre en imprecisiones al no aclarar la confusión que existe entre los significados de “Sistema Judicial” y “Poder Judicial”.
“Para que un poder lo sea realmente, debe contar con una base social, popular, que sólo puede obtenerse mediante elecciones. No cabe duda de que el Ejecutivo y el Legislativo son verdaderos poderes representativos de la voluntad popular. ¿Y el Judicial a quién representa, si sus miembros siempre han sido elegidos por el Presidente, y, ahora, en conjunto con el Senado?”
La propuesta de Arnaldo Córdova, que supondría la búsqueda de sistemas de elección democráticos para los cargos de ministros, es declarar a la SCJN como el órgano residente del Poder Judicial, desprendiéndolo incluso de sus órganos secundarios, como los tribunales de circuito y los juzgados de distrito.
“No se justifica que los tribunales y juzgados federales formen parte de ese poder, por la sencilla razón de que no tiene, ninguno de ellos, esa facultad que lo define y que es el control de la constitucionalidad. Creo, por lo demás, que todos los órganos jurisdiccionales deberían estar bajo la soberanía de la Corte, y no del Ejecutivo. Pero pienso, además, que el Ministerio Público debería organizarse como una institución autónoma de todos los poderes, incluido el Judicial.”
El senador panista Juan de Dios Castro Lozano dijo en su ponencia “La reforma constitucional en materia de justicia y el Estado de derecho”:
“El Consejo de la Judicatura no escapa a deficiencias. En que el Ejecutivo nombre a uno de sus integrantes y el Senado a dos, se corre el riesgo de partidizar los nombramientos, con los riesgos que ello conlleva sobre la idoneidad de quienes son designados con este procedimiento.”
Alfonso Lujambio Irazabas, director de la licenciatura en ciencia política del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), señaló que el artículo 105 no toma en cuenta la sobrerrepresentación del PRI en los órganos legislativos, lo que implica una protección para el Ejecutivo en los casos en que se le demande por acciones inconstitucionales.
“La iniciativa original planteaba que las demandas de inconstitucionalidad de aplicación general podrían ser presentadas, no por ciudadanos en lo individual, sino sólo por el 45% de los miembros de la Cámara representativa o por el procurador general de la República, porcentaje difícil de sumar para las oposiciones frente a la enorme sobrerrepresentación que las leyes electorales ofrecen al partido mayoritario en prácticamente todas las Cámaras legislativas del país.
“Finalmente se logró que la ley se aprobara con un porcentaje del 33%, lo cual abrió el tamiz del filtro, pero el filtro permanece.”
Durante sus respectivas comparecencias, salvo el caso de Juventino Castro Castro, quien advirtió las limitaciones que tiene la nueva ley en lo referente a las facultades del Poder Judicial –”sería conveniente que la Corte tuviera facultades para iniciar leyes”, defendió–, el resto de los ministros elegidos evitó hacer cuestionamientos.
Incluso, el ministro Góngora Pimentel llegó a decir:
“El juez no puede disponer de la espada, que pertenece al Poder Ejecutivo, ni de los tributos que maneja el Poder Legislativo, a través de sus leyes; todo lo que el juez tiene, su verdadero patrimonio, no es otra cosa que la confianza que en él tenga el pueblo. Esto es algo que el juzgador debe proteger celosamente.”








