Señor director:
En nuestro carácter de representantes jurídicos de la señora doña Ivonne Camil Garza, nos estamos permitiendo con fundamento en la Ley de Imprenta vigente, rogar a usted sea tan gentil de insertar estas líneas, en el lugar pertinente de su revista Proceso en debida contestación a las infamantes apreciaciones de su reportero Carlos Puig, aparecidas en la página 81, del número 948, publicado el día 2 de enero de 1995.
Al respecto, debemos sostener:
a) En la carta dirigida a usted y publicada por su revista, nuestra cliente señora Camil Garza, no se confundió, ni se equivocó, en un ápice en sus consideraciones. Sin embargo, el que sí lo hizo fue su reportero, al inferir consideraciones fuera de tono, ya que del propio texto de la publicitada misiva, se desprenden hechos fácticos demostrables, y no apreciaciones esotéricas e incongruentes, a las que parece ser afin su colaborador señor Puig.
Precisamente en esa comunicación, se estima que los hechos punibles de que trata, se ventilan en los tribunales competentes, estimando que Proceso no resulta el medio idóneo para dirimir ninguna controversia, de lo que resulta irrelevante que el sagaz e informado reportero, estime que los periodistas, son jueces civiles y penales e incluso policías, lo que rompería por si mismo, nuestro decantado estado de derecho.
b) El señor Carlos Puig, –sin estar debidamente enterado– lamentablemente confunde una Corte Superior, que no existe en nuestra legislación, con un juez de distrito, lo que de por sí resulta diametralmente diferente.
Comunica que en el caso, existe un juicio penal federal, lo que resulta falso, existiendo sin embargo una averiguación previa en la Procuraduría General de la República, en contra del héroe de su reportero, Evaristo Zambrano Paez, por el delito de acopio de armas, en la que por obvias razones, tanto la señora Camil Garza, como los suscritos, somos totalmente ajenos.
Debiendo decirse, por ser la verdad histórica en la especie, que lo afirmado por su reportero en el sentido de que ninguno de los juicios en los que se promueve, “no ha sido resuelto en favor de ninguna de las partes”, devienen en inexacto, si se estima, que la Procuraduría General del Distrito Federal, consignó a juez competente –4o penal– a Evaristo Zambrano Paez, por el delito de fraude genérico en agravio de nuestra patrocinada, el juez de referencia, dictó orden de aprehensión contra el acusado, y en el término constitucional, fue declarado formalmente preso por el referido ilícito, y posteriormente, revocó su libertad bajo fianza, por lo que dicho indiciado se ha convertido en prófugo de la justicia. En lo que estamos de acuerdo con el reportero, es como lo afirma, que esta discusión no le compete.
c) La nota del reportero Puig, que provoca estas aclaraciones, describe mal la experiencia penal de Zambrano, convirtiéndolo de prófugo de la justicia en héroe de novela barata, al sublimar una “supuesta carta de amor” que resulta ser ni más ni menos, la esencia del ilícito por lo que fue acusado, esta víctima de sus propias conductas ilícitas.
d) Sin entender razones, sólo el de la descarada proclividad a Evaristo Zambrano, el reportero Carlos Puig, miente con desparpajo digno de mejor suerte, al sostener que trató de comunicarse con nosotros, mientras preparaba el texto de su “respuesta” y como mentirosamente no le devolvimos sus llamadas, en descarada venganza, no trató “amablemente” como era lo correcto, a la señora Ivonne Camil Garza.
Jamás nos hemos negado a contestar las llamadas telefónicas de nadie, y mucho menos, de una casa editorial que estimamos amiga.
Si lo hubiera hecho, como impúdicamente afirma, habría evitado tanto yerro, que hacen risible y mal intencionada, su “Respuesta del Reportero”.
e) Vuelve a mentir sin fundamento alguno, cuando calumniosamente afirma, que los suscritos como abogados de la ofendida, “hicimos todo lo posible para que la señora Carmela Azcarraga, fuera exonerada en el proceso penal contra su esposo”. Aquí sí cabe sostener al reportero, que no somos jueces penales, ni agentes del ministerio público, para tal efecto.
f) Por lo que toca al antepenúltimo párrafo de su “respuesta”, resulta nuestro deber informarle: que el delito de encubrimiento al que alude la “posdata” que tanto le molestó, se contraé al artículo 400 del Código Penal, que textualmente ordena: “se aplicará prisión de tres meses a tres años y de quince a sesenta días de multa, al que:
Fracción IV.- Preste auxilio o cooperación de cualquier especie al autor de un delito, con conocimiento de esta circunstancia…”
No se aplicará la pena prevista en el artículo que se cita, cuando se trate:
a) Los ascendientes y descendientes consanguinios o afines.
b) El cónyuge la concubina, el concubinario y parientes colaterales por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo;
c) Los que estén ligados con el delincuente por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad derivados de motivos nobles.
Todo lo anterior, sí esta previsto por el título Vigésimo Tercero del Código Penal.
Si el reportero Carlos Puig, está ligado con el delincuente Evaristo Zambrano Paez, por cualquiera de los supuestos eximentes de pena a que se refiere la fracción IV del precepto citado, no tendría responsabilidad penal en el delito de encubrimiento. Pero esta circunstancia explicaría plenamente su pasión por defender al prófugo de la justicia, calumniarnos a nosotros e infamar a la señora Ivonne Camil Garza.
Por último, al disculparnos por la extensión que ha motivado la “Respuesta del Reportero”, sólo nos quedaría sostener: Que la señora Camil Garza, quiere que se le haga justicia plena en el ilícito que se cometió en su perjuicio, no quiere a los periodistas callados, sino que digan la verdad, sin mentiras y calumnias, como en el caso.
Todo ello, aunque al reportero le pese, en nombre de los valores tradicionales de la mujer mexicana, a quien al parecer, éste no respeta.
Atentamente
Lic. Xavier Olea Muñoz
Lic. Víctor Olea Peláez.
(NdeR.- Se transcribe el texto tal como fue entregado a Proceso. Los errores ortográficos o mecanográficos son responsabilidad de los formantes.)
RESPUESTA DEL REPORTERO
Más allá de los adjetivos a los que tan proclives son los abogados Olea, me permito hacer las siguientes precisiones sobre su carta.
–Los juicios se resuelven cuando hay sentencia. En los procesos en contra de Zambrano aún no hay ni una sola sentencia.
–No miento. Mi trabajo es público. La reputación de los abogados y el bufete que hoy me difaman, también.
–Los periodistas nos basamos en hechos. Carmela Azcárraga, acusada por su cliente de “cómplice”, está hoy en completa libertad después de ser exonerada –no axonerada– por la justicia mexicana.
–Insisten los Olea en insinuar que soy delincuente. Que tengan por seguro los firmantes que el día que tengamos la sociedad que ellos proponen, donde los periodistas son perseguidos por hacer su trabajo, dudaría en acudir a ellos para mi defensa.
Atentamente
Carlos Puig








