Una auditoría practicada a la Dirección General de Actividades Deportivas y Recreativas (Dgadyr) de la UNAM en el periodo de enero a noviembre de 2010 revela que el head coach Raúl Rivera (el entrenador del equipo universitario de futbol americano) incurrió en distintas faltas: contratación y asignación de sueldos a discreción del personal de honorarios, adquisición y compra directa de material deportivo sin cotizaciones ni contratos de por medio; coordinación y supervisión de la taquilla de los partidos, además de que depositó 144 mil pesos en su cuenta personal y no los entregó a la universidad sino hasta cinco meses después.
A pesar de que el actual titular de la Dgadyr, Severino Rubio, aseguró a esta reportera (Proceso 1819) que las observaciones fueron “menores” y no causaron daño patrimonial e informó que el presupuesto del Programa de Futbol Americano es de 16.7 millones de pesos, la auditoría número 068/CVO/2011 desmiente al funcionario.
De acuerdo con el documento elaborado por la Auditoría Interna de la UNAM, en ese periodo la Subdirección de Futbol Americano (SFA) –que supuestamente encabeza Manuel Rentería pero que en los hechos maneja Raúl Rivera– realizó erogaciones por 22 millones 787 mil pesos. De esa suma 6 millones 800 mil fueron para pagar honorarios, otros 2 millones 923 mil se usaron para la compra de artículos deportivos y 2 millones 800 mil pesos más en la adquisición de materiales diversos.
La auditoría desglosa el resto de las erogaciones que dan la suma de 22 millones 787 mil pesos.
Rivera se tomó la atribución de realizar el trabajo que compete al secretario administrativo de la Dgadyr, Gustavo Martínez, de tal suerte que compró los artículos deportivos contraviniendo la Normatividad en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
“No se mostró evidencia documental de la elaboración de solicitudes o justificación de las compras, ni de la obtención de cotizaciones y cuadros comparativos que sustentaran la selección de proveedores, no se fincaron pedidos y órdenes de compra y se carece de evidencia documental que dé testimonio del destino de los artículos adquiridos”, dice la auditoría.
De los 2 millones 923 mil pesos erogados en este rubro, 55% de las compras (equivalente a 1 millón 623 mil pesos) las hizo Rivera sólo con dos proveedores: Brígido Guadalupe López Méndez y REC Operadora de Tiendas y Marcas, pero con ninguno de los dos se celebraron contratos.
“Cabe mencionar que el mismo C. Rivera es el responsable de coordinar al personal de almacén de utilerías (bodegueros) para la recepción de los artículos y su entrega a los jugadores, siendo estas funciones incompatibles porque se resta transparencia al proceso.”
La Auditoría Interna de la UNAM también señala que la SFA captó recursos por ingresos extraordinarios del orden de 6 millones 378 mil pesos, de los que fueron auditados 4 millones 193 mil, que corresponden a entradas de partidos e inscripciones en el programa infantil.
Se identificó que el head coach es quien coordina y supervisa la taquilla de los partidos, resguarda el efectivo y entrega los recibos internos utilizados acompañados del dinero al Área de Ingresos Extraordinarios de la Secretaría Administrativa de la Dgadyr, no obstante que dichas actividades, según la normatividad, son competencia del secretario administrativo.
“Durante la revisión, Auditoría Interna identificó en 11 eventos seleccionados, en los que se recaudaron recursos por 144 mil 200 pesos de taquilla, que el head coach incurrió en demoras promedio de cinco meses entre la captación de los recursos y su entrega en la Secretaría Administrativa; en ocho de los casos entregó los recursos mediante cheques expedidos de su cuenta personal con importe global de 118 mil pesos y los restantes 26 mil los presentó en efectivo.”
El artículo 4 del Reglamento Sobre los Recursos Extraordinarios de la Universidad Nacional Autónoma de México establece que “corresponde al Patronato de la UNAM la administración de los ingresos extraordinarios, incluidos los de apoyo a la docencia o la investigación a que se refiere el presente reglamento, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley Orgánica de la misma. Las dependencias de la UNAM deberán concentrar en la Tesorería-Contraloría o depositar en las cuentas bancarias autorizadas por ella, dentro de los dos días hábiles siguientes a aquel en que se reciban, todos los ingresos extraordinarios que perciban”.
Auditoría Interna solicita que el head coach suspenda de inmediato esta práctica, ya que él no debe ser responsable de manejar los ingresos extraordinarios: “El procedimiento debe contemplar los mecanismos que aseguren el depósito de los ingresos captados en la cuenta institucional correspondiente, dentro del plazo establecido en el Reglamento de Ingresos Extraordinarios”.
También se detectó como una anomalía que Rivera es quien contrata al personal de honorarios y decide el salario que devengarán. La SFA no tiene expedientes completos en 75 casos de los 81 que fueron revisados, todos ellos de personas que fueron contratadas por el head coach. Se detectaron diferencias en los pagos que van de los 2 mil a los 15 mil en 23 personas que realizan actividades idénticas.
“De la aplicación del procedimiento de confirmación relacionado con la contratación de 68 personas a las que se les efectuaron pagos por 5 millones 339 mil pesos, se identificó que en 19 casos no se mostró evidencia documental de las actividades que desarrollaron y en 14 casos no se localizaron las personas durante los días (uno o dos) en que Auditoría acudió a buscarlos ni se mostró soporte documental que justificara su ausencia.”








