Señor director:
Le agradecería la publicación de estas aclaraciones a los comentarios vertidos por los señores Larry Brooks y Roberto G. Rivera en el reportaje Guionistas y compositores del cine mexicano ceden derechos a una compañía estadunidense (Proceso 1238).
1. El señor Larry Brooks miente al negar que fue (¿o es?) empleado de ARRC. Durante 1996 y 1997 ARRC cursó diversa correspondencia con algunos autores mexicanos, y se refería al señor Brooks como su agente comercial en México. También miente cuando afirma que “se les dejó el contrato cuatro o cinco semanas para que, antes de comprometerse, lo analizaran con sus propios abogados”. El señor Brooks hacía la cita mediante un empleado contratado al efecto, y en la entrevista mostraba el contrato y ofrecía dinero para la firma, a cuenta de regalías. Supuestamente se trataba del rescate del dominio público de nuestras obras en Estados Unidos, pero su oferta incluía títulos de películas que no estaban bajo este supuesto. El señor Brooks no permitía sacar el documento de las instalaciones del hotel El Diplomático, donde se desarrolló mi entrevista. Ahí le pedí una copia del contrato para que la estudiaran mis abogados. Él se negó, pero ante mi insistencia se comprometió a mandármela posteriormente, cosa que nunca sucedió. También miente cuando afirma que “la Sogem y la SACM no nos informaron nada”. Durante 1996 y 1997 varios escritores acudimos a la Sogem y ahí nos recomendó su director jurídico que no firmáramos. Durante 1997 se trató el tema en algunas reuniones de la rama de cine de nuestra sociedad.
2. El señor Roberto G. Rivera miente y mal informa al afirmar que “las sociedades no nos han brindado el apoyo, cuando tienen obligación de darnos su asesoría y demostrar con hechos que no se ha cometido ningún ilícito”.
En 1996, durante la presidencia de José María Fernández Unsaín, la Sogem estuvo en contacto, por medio de su director jurídico, licenciado Ramón Obón, con la empresa ARRC, y le solicitó cambiar numerosos términos y cláusulas del contrato tipo, para claridad del mismo y en beneficio de los escritores nacionales. La empresa dio por terminadas las pláticas al no responder la última propuesta de la Sogem. En 1997, bajo la presidencia de Luis Reyes de la Maza, la Sogem convocó a varias juntas de rama para tratar este asunto, al tiempo que el Departamento Jurídico de la Sogem -encabezado por la doctora Angelina Cue de noviembre de 1997 a principios de 1999- sostuvo una serie de reuniones con el despacho Arochi, Marroquin & Linder, S.C. en representación de ARRC, mismas que concluyeron a mediados de diciembre de 1997, cuando los representantes de la empresa se negaron a cambiar algunos puntos del contrato que beneficiaban a los autores nacionales. De todo esto se informó oportunamente a los socios de la Sogem en diversas reuniones y asambleas.
A lo anterior hay que agregar que durante 1998 la Sogem envió una circular a todos los autores de cine para brindarles la asesoría necesaria. Esta decisión fue ratificada en la pasada reunión de rama celebrada el 7 de abril de 2000.
La Sogem no tiene la obligación de “demostrar con hechos que no se ha cometido ningún ilícito”, como lo afirma Rivera. Eso le corresponde a la Corte de Texas, donde se está litigando el conflicto ARRC contra Productores Mexicanos, tal y como lo ha documentado el artículo de Columba Vértiz. De igual manera, corresponde a los tribunales mexicanos -donde se ventilan varios juicios al respecto- dar su veredicto. (Carta resumida.)
Atentamente
Víctor Ugalde








