Señor director:
Quiero hacer algunas precisiones al reportaje titulado Guionistas y compositores del cine mexicano ceden derechos a una compañía estadunidense (Proceso 1238), no sobre el trabajo de la reportera Columba Vértiz, sino sobre las declaraciones de algunos de los entrevistados.
Larry Brooks dice erróneamente que ni la Sogem ni la Sacm informaron nada respecto a este problema. Omisión comprensible, pues nunca se ha visto al señor Brooks asistir a asamblea alguna. Si lo hubiera hecho, se habría enterado de que en Sogem se informó, mucho antes de 1994, de las gestiones que se estaban realizando ante la Secretaría de Gobernación, entonces a cargo de Manuel Bartlett, para denunciar esa ilegal caída de dominio público de las películas mexicanas, solicitando la intervención del gobierno mexicano para que ante su homólogo de Estados Unidos, y a través de una proclama presidencial en ese país, se restituyeran esas películas al dominio privado. De esa comunicación hay prueba en los archivos.
El señor Brooks omite señalar que la Sogem -a través de la Dirección Jurídica, entonces a mi cargo- sostuvo correspondencia con su empresa ARRC, para llegar a un convenio adecuado en el que se hablara específicamente de regalías, y no se afectaran derechos de otras personas, como es el caso de los productores cinematográficos, titulares de los derechos de explotación de las películas por ellos producidas. La correspondencia se encuentra en los archivos de Sogem, y ahí se constata que el señor Brooks recibió y firmó las comunicaciones que Sogem envió a ARRC, con las respuestas correspondientes. Cuando se llegó a un punto donde no había más que aceptar el convenio, la compañía estadunidense guardó silencio y no volvió a reaparecer sino hasta la gestión del señor Reyes de la Maza al frente de Sogem, y con idénticos resultados.
Falso que a los autores se les hubiera otorgado un “bono de buena fe” que nada tenía que ver con regalías. El propio contrato de ARRC desmiente al señor Brooks, así como la correspondencia cursada por esta empresa con los autores, la que también, por cierto, vuelve a desmentir al señor Brooks que niega haber sido o ser empleado de esa empresa trasnacional.
Dice el señor Brooks que el contrato “nunca habla de películas, sino de guiones y canciones”. Entonces que explique cuál es el alcance de la cláusula segunda de ese contrato propuesto a los autores.
No es cierta la manifestación del señor Roberto G. Rivera, con quien me une una vieja amistad. Jamás acepté que “no había ningún problema” en firmar esos contratos. El mismo memorándum que se señala en la nota de Columba Vértiz habla claramente de mi postura: El contrato no debía firmarse porque involucraba derechos que no correspondían a los autores. Tampoco José María Fernández Unsaín avaló dichos documentos. El caso es que la postura de Sogem contra el contrato de ARRC fue la que externó el Jurídico entonces a mi cargo, y de ello tenía pleno conocimiento Fernández Unsaín.
Por último, es totalmente erróneo que yo haya formulado demanda alguna contra los autores en 1997. Lo que actualmente existe son dos denuncias penales acumuladas, en las que yo nada tengo que ver. Reitero: No he demandado a ningún escritor por este concepto. Estoy asesorando como experto a los productores mexicanos para que reivindiquen sus derechos. Lo hago no sólo como abogado postulante, con la convicción de que ellos tienen razón, sino también como cinematografista y mexicano al que le indigna que, por intrincados e injustos legalismos de las leyes estadunidenses, que atentan contra los más elementales postulados del Convenio de Berna, la gran mayoría del acervo cinematográfico mexicano se pierda en ese territorio que, desafortunadamente, hasta ahora es tierra de nadie para los derechos de los cinematografistas mexicanos. (Carta resumida.)
Atentamente
Ramón Obón








