Nadie ha asumido su responsabilidad

Nadie ha asumido su responsabilidad
Por acción y por omisión se violan en la UNAM leyes federales, locales y universitarias
Raúl Monge y Francisco Ortiz Pardo
Nadie, ni autoridades ni paristas universitarios, ni menos aún los gobiernos federal y local, terminan por asumir su responsabilidad en el conflicto que tiene paralizada a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) desde hace seis meses
Por acción y omisión, unos y otros han incurrido, en el ámbito de sus competencias y en estricto sentido jurídico, en conductas contrarias a las que se establecen en la legislación universitaria, así como en los Códigos Penales y de Procedimientos Penales Federal y Local, acusa el subcoordinador de la Comisión de Derecho Penal de la Barra Mexicana Colegio de Abogados, Luis Alfonso Madrigal Pereyra
Y molesto por lo que considera una pasividad cómplice de las partes involucradas, refuerza:
“Jurídicamente, la acción y la omisión son faltas graves, pero desde el punto de vista político lo es más la omisión”
Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Diego Valadés refuerza en cierto modo la visión anterior En respuesta a un cuestionario por escrito, dice que “la autonomía universitaria es un derecho académico, no una licencia para delinquir”
Añade que la cuestión no es si la policía interviene en la UNAM, sino si un grupo de provocadores, que se escuda en el CGH, debe permanecer impune o no
La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) se declara expresamente fuera de competencia:
En una interpretación entregada por escrito a Proceso, afirma que si bien la UNAM “no es un territorio que se encuentre al margen del imperio de la ley”, se trata de un organismo descentralizado del Estado Federal, por lo que “es la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal la que determina qué delitos son de carácter federal y, por ende, esta ley es definitoria de la competencia de la Procuraduría General de la República (PGR) y de los jueces federales de distrito”
Presidente de la Comisión de Justicia del Senado, el panista Juan de Dios Castro considera, sin embargo, que “en este movimiento, desde mi perspectiva, se han cometido delitos de naturaleza local y federal que las autoridades correspondientes no han seguido”
Advierte, además, que la extrema cautela con que se ha manejado el conflicto “sólo exhibe una plena abstención del Estado” La UNAM, dice, no es una ínsula
Las omisiones del rector
Experto en Derecho Penal, Madrigal Pereyra no ve, por ejemplo, que la actuación del rector Francisco Barnés se haya ajustado, hasta ahora, a lo que marca la legislación universitaria en el capítulo de sus derechos y obligaciones:
El Estatuto General de la UNAM establece en el artículo 30 del Título Tercero, capítulo III que:
() “En asuntos contenciosos y judiciales, la representación de la Universidad corresponderá al abogado general (Gonzalo Moctezuma Barragán), quien podrá delegarla cuando lo juzgue necesario para la defensa de los intereses de la institución y otorgar poderes generales o especiales para el mismo fin”
El artículo 34, fracción X:
() “Velar por el cumplimiento de este estatuto, de sus reglamentos, de los planes y programas de trabajo y, en general, de las disposiciones y acuerdos que normen la estructura y el funcionamiento de la Universidad, dictando las medidas conducentes”
La fracción XI no deja lugar a dudas: “Velar por la conservación de un orden libre y responsable en la Universidad, dictar las medidas y aplicar las sanciones correspondientes, en los términos del Estatuto General y los reglamentos ()”
El capítulo de Responsabilidades y Sanciones, título sexto, contiene otros elementos que refuerzan la tesis del jurista de que autoridades y paristas han violentado, por igual, el marco legal interno
El artículo 90 señala, por ejemplo, que los miembros de la universidad son responsables por el incumplimiento de las obligaciones que específicamente les imponen la Ley Orgánica, el Estatuto y los Reglamentos, pero el artículo 91 establece que el rector sólo será responsable ante la Junta de Gobierno
En el artículo 93 se penaliza la actuación de maestros y estudiantes:
Los miembros del personal académico y los alumnos serán responsables ante el Tribunal Universitario, previa remisión que de los casos se haga por las autoridades señaladas en el artículo 3¼ incisos tres y cinco de la Ley Orgánica, así como los directores del plantel y de centros a que aluden respectivamente los artículos 43 y 52-E de estatuto y 7¼ del reglamento General de Centros de Extensión Universitaria
Tratándose de indisciplina de los alumnos, el Rector y los directores de las entidades académicas a que se refiere el párrafo anterior podrán sancionarlos de manera inmediata con amonestación Así mismo, podrán suspenderlos o expulsarlos provisionalmente con la finalidad de salvaguardar el orden y la disciplina universitaria
El rector y los directores de las entidades señaladas en el presente artículo deberán remitir el caso al Tribunal Universitario dentro de un plazo que no exceda de tres días a la suspensión o expulsión provisional, para que resuelva de acuerdo con lo previsto en el reglamento del Tribunal Universitario y de la Comisión de Honor, convirtiéndose en interesados para todos los efectos legales
El artículo 95 exhibe en toda su magnitud la grave omisión en que las autoridades universitarias han incurrido
Son causas especialmente graves de responsabilidad, aplicables a todos los miembros de la Universidad:
—La realización de actos concretos que tiendan a debilitar los principios básicos de la universidad y las actividades de índole política que persigan interés personalista
—La hostilidad por razones de ideología o personales manifestada por actos concretos, contra cualquier universitario o grupo de universitarios;
—La utilización de todo o parte del patrimonio para fines distintos a aquéllos a que está destinado;
—Asistir a la Universidad en estado de ebriedad o bajo los efectos de algún estupefaciente, psicotrópico o inhalante; ingerir o usar, vender, proporcionar u ofrecer gratuitamente a otro, en los recintos universitarios, bebidas alcohólicas y las sustancias consideradas por la ley como estupefacientes o psicotrópicos ();
—Portar armas de cualquier clase en los recintos universitarios, y
—La comisión, en su actuación universitaria, de actos contrarios a la moral y al respeto que entre sí se deben los miembros de la comunidad universitaria
Artículo 98: Las sanciones que podrán imponerse, en los casos que no tengan expresamente señalada una pena, serán las siguientes:
() II A los alumnos:
a) 
Amonestación
b)   
Negación de créditos o cancelación de los concedidos respecto del pago de cuotas;
c)        
Suspensión o separación de cargos o empleos que desempeñen;
d)      
Suspensión hasta por un año en sus derechos escolares, y
e)        
Expulsión definitiva de la facultad o escuela
Diligencia y prontitud
El martes 19, luego de que un grupo de paristas ultras tomó varios institutos y centros de investigación, el rector Barnés anunció públicamente que se procedería, “conforme a la legislación universitaria”, a sancionar a los responsables de esas acciones, a quienes demandaría penalmente por el delito de despojo El viernes 22, la UNAM informó que su abogado general, Gonzalo Moctezuma, había presentado formalmente un nuevo paquete de denuncias penales contra los paristas por los delitos de despojo, robo, daños y lo que resulte, y reactivó, con la ratificación, otras por privación ilegal de la libertad, daño en propiedad ajena, lesiones, robo y amenazas
Según el comunicado de la UNAM, en total son 99 demandas, 31 de ellas por despojo
A la luz de los hechos ocurridos en la UNAM en los seis meses de paro —”estamos hablando de delitos graves, como despojo, lesiones, ataques a las vías generales de comunicación, daños en propiedad ajena y robo”—, Madrigal Pereyra encuentra también omisiones graves en la actuación de la PGR y de la PGJDF
En el caso de la dependencia que dirige Jorge Madrazo Cuéllar, interlocutor en el conflicto universitario ocurrido entre 1986 y 1987 cuando Jorge Carpizo fue rector de la UNAM, afirma que en la comisión de delitos del orden federal, el Ministerio Público Federal está obligado a actuar con diligencia y prontitud, como se establece en los artículos 9 y 9 bis del Código Federal de Procedimientos Penales
“La PGR no ha querido actuar; no ha cumplido con su función; está dejando morir a la UNAM con su desidia para actuar”, se queja
Por todo eso, respalda la petición de algunos maestros eméritos que han solicitado públicamente que se enjuicie políticamente al procurador Madrazo “No puede concebirse la democracia con el abuso de la tolerancia; el exceso de tolerancia está fuera de la ley”
Juan de Dios Castro, presidente de la Comisión de Justicia del Senado, critica la posición del presidente Ernesto Zedillo en el sentido de que es la sociedad la que debe pedir la aplicación de la ley en el caso de la UNAM
“La ley se aplica por parte del Estado —replica el panista— y se sanciona al que la viole por la sola función del Estado”
Durante su comparecencia ante una comisión plural de senadores, el 22 de septiembre, Madrazo planteó un escenario totalmente distinto En respuesta a las preguntas de los legisladores, el procurador comentó:
“Me parece que el escenario es muy distinto al de un delito de despojo, en el que unos paracaidistas se han apoderado de un predio Quienes enfoquen así el problema de la Universidad Nacional, en mi concepto, como Ministerio Público y como universitario, están profundamente equivocados”
Sostuvo que siempre ha pensado que la ley es una “herramienta para solucionar problemas”, no para agravarlos ni crear otros nuevos “Yo pienso en la ley como instrumento de justicia y así es como lo he tratado de aplicar”
Luego de informar a los senadores que la PGR había desahogado medio centenar de denuncias relacionadas directamente con el conflicto en la UNAM, a partir de las cuales se abrieron 30 averiguaciones previas, Madrazo borró de antemano cualquier tinte delictivo, al asegurar: “Los universitarios no son delincuentes”
Y remató:
“Creo que hay buena fe, pero existen algunos enfoques simplistas sobre la forma como se puede resolver el conflicto universitario, aquéllos que dicen: ‘Hay que aplicar el Estado de derecho’ Atrás de esas palabras, lo que están diciendo es: ‘Hay que hacer una aplicación coactiva de la ley’; es decir, ‘hay que utilizar la fuerza pública para resolver el conflicto’, como si los universitarios fueran delincuentes”
Exprocurador general de la República y actual director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Diego Valadés comparte el punto de vista de Madrazo: “El caso de la UNAM no puede ser visto esencialmente como un problema de despojo Se trata, en cuanto a la propuesta del rector, de un asunto académico, y, en cuanto a la respuesta del CGH, de un conflicto político”
Pero tiene claro también que “la autonomía es un derecho académico, no una licencia para delinquir”, por lo que opina que, igual que en 1997, cuando el entonces procurador general Oscar Flores Sánchez pidió al regente Carlos Hank González el uso de la fuerza pública para desalojar a trabajadores afiliados del STUNAM de las instalaciones, después de que la Junta de Conciliación y Arbitraje declaró ilegal su movimiento de huelga, Madrazo puede hacer lo mismo con Rosario Robles, la actual jefa de Gobierno de la Ciudad de México
—¿En qué sentido debe intervenir la policía: para ejecutar órdenes de aprehensión o desalojar a los paristas?
—Nunca he sido partidario de convertir procesos sociales en procesos judiciales
El GDF, ajeno al conflicto
El secretario de Gobierno capitalino, Leonel Godoy, coincide en esto último con Valadés, pero descarta de antemano el uso de la fuerza pública para resolver el conflicto universitario:
“Estamos ante una situación donde no necesariamente hay el ánimo premeditado de delinquir, sino de utilizar un movimiento social, una huelga, como instrumento de lucha política Por eso tendría mis dudas de enmarcar la actuación de los paristas en hechos delictuosos”
Subprocurador general de Justicia en Michoacán durante el mandato del Cuauhtémoc Cárdenas priísta, Godoy sabe, como abogado, que sólo por mandato judicial el gobierno de la ciudad podría hacer uso de la fuerza pública, pero ve remota esa posibilidad dado el carácter estrictamente federal del asunto
Le molesta, sí, que tanto el ala más ultra del CGH como las autoridades universitarias y no pocos medios de comunicación consideren, “equivocadamente”, que el gobierno de la capital tiene la obligación legal de actuar en el conflicto
“Nosotros no tenemos ninguna atribución para intervenir ni es en las calles donde se va a resolver el conflicto Lo mejor que podemos hacer es no meter las manos y respetar irrestrictamente la autonomía universitaria”
El jueves 21, en el marco del décimo primer Simpósium Internacional de Derecho del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM), la presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Mireille Roccatti, se sumó al coro de juristas que demandan la pronta intervención de la PGR en la UNAM:
“En este problema, yo no hablaría de represión, hablaría de acatar el Estado de derecho cuando se está cometiendo un delito flagrante, y aquí el deber de la autoridad es aplicar el derecho”
En el mismo sentido se pronunció el coordinador de Derecho Constitucional de la Barra Mexicana Colegio de Abogados, Clemente Valdés Sánchez, quien aseguró que la intervención de la fuerza pública en la UNAM es factible
Integrante del Consejo Estudiantil Universitario (CEU) en el movimiento universitario de 1986-87, Martí Batres acusa al rector Barnés de ser el único responsable de lo que sucede en la UNAM “Con la propuesta de reformas al Reglamento General de Pagos se infringió la Constitución y la legislación universitaria, y metió en su peor crisis a la Universidad”
No le preocupa menos que el rector solicite la intervención de la fuerza pública “Lo que quiere es que haya represión; está tratando de desgastar al gobierno de la ciudad y de acabar con la conciencia crítica de la nación”
El presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del DF dice: “Como universitario, espero que quepa la prudencia en el rector y en el CGH para poner fin, cuanto antes, al problema en la UNAM”