De Jesús Ferral Novoa

De Jesús Ferral Novoa
Señores:
En la primera semana de diciembre apareció en Proceso un desplegado patrocinado por el Conaculta-INAH, cuyo fin es justificar el papel del Estado Cultural, descalificando la solicitud de juicio político interpuesta ante el Congreso por un grupo de ciudadanos
Según este desplegado millonario, el Estado Cultural nunca ha desviado recursos en proyectos comerciales inmobiliarios, ni mucho menos violado las leyes al alquilar las zonas arqueológicas para la presentación de conciertos de opereta Añade que las denuncias ante la PGR han sido sobreseídas, y habla del brillante papel en cuanto a la difusión de los descubrimientos
Por lo anterior, y como ciudadano consciente de la falacia del desplegado, deseo manifestar lo siguiente:
1- Las denuncias interpuestas ante la PGR con motivo de los conciertos en Chichen Itzá y San Juan de Ulúa se encuentran en la Fiscalía Especial, en la Mesa 3, ante el licenciado Luis Mariano Díaz Mejía Se hallan vivas en espera de recibir la línea política para la aplicación de la ley
2- Los daños aducidos allí no son de tipo material, sino de índole histórica y espiritual, y están previstos en los primeros artículos de la Ley Federal de Monumentos Arqueológicos, cuya finalidad principal es la protección y respeto de estas joyas invaluables para reforzar nuestra nacionalidad con el amor a la patria y el respeto a nuestra historia
Las demandas se fundamentan en el hecho de que fue anulado el carácter público y social de estos monumentos, pues al alquilar el patrimonio de todos los mexicanos se ha puesto al servicio de las élites que pueden acudir a presenciar estos espectáculos de etiqueta, a pesar de que la ley protege estos valores, que se encuentran fuera del comercio y que no son susceptibles de enajenación
3- La Unesco no es la instancia legal que nos va decir a los mexicanos lo que está bien y lo que está mal; estos bienes, antes que nada, son de carácter nacional, y las leyes que los protegen son de orden público
4- En el caso de Plaza Jaguares en Teotihuacán, se autorizó la explotación comercial por parte de la iniciativa privada de un terreno declarado Zona de Monumentos Dicha violación es punible, pues según la legislación ningún particular puede obtener ningún beneficio Se trata de un tráfico con joyas arqueológicas, delito contra el patrimonio de la nación que nunca prescribe (Averiguación previa 1653/94 Fesple PGR)
5 Puede alegarse también la profanación de templos, que fueron considerados sagrados por quienes los construyeron y siguen siendo sagrados para muchos, aunque esto cause risa a los mercaderes de la cultura (Conaculta-INAH)
6- Finalmente, cabe señalar que quienes forman este aparato cultural (a quienes resulta imposible comprender el sencillo concepto de metro teotihuacano: hunab = 1059463) proceden de una manera similar a la de la Inquisición, en donde el poder se encontraba muy por encima del saber
Por favor, señores de Conaculta-INAH, si desean dar respuesta, háganlo por este mismo medio y no continúen derrochando, con desplegados, los recursos que pertenecen al pueblo de México (Carta resumida)
Atentamente
Licenciado Jesús Ferral Novoa
Reforma número 4,
San Sebastián Xolalpan
Teotihuacán (280-66-27)