Hasta Raúl desde Almoloya y en video, en el juicio del caso H-95-3182

Hasta Raúl desde Almoloya y en video, en el juicio del caso H-95-3182
En defensa propia, los Salinas saldrán a exculpar a Mario Ruiz Massieu, en la Corte Federal de Houston
Carlos Marín
Con cuatro nuevos testigos bajo protección en la nómina del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, este lunes 10 comienza, en la Corte Federal de Houston, el juicio por algo más de 9 millones de dólares que se disputan Mario Ruiz Massieu y el gobierno estadunidense
El exsubprocurador general de México afirma que el dinero es legítimo y la fiscalía sostiene que proviene del narcotráfico
Se trata de un proceso civil que, de acuerdo con dos fragmentos de los testimonios que presentó apenas hace tres semanas el Departamento de Justicia (Proceso 1059), puede convertirse en juicio criminal
La declarante identificada como Magdalena Ruiz Pelayo afirma que las familias Salinas y Ruiz Massieu, encabezadas por el padre del expresidente Carlos Salinas de Gortari —Raúl Salinas Lozano—, se dedicaban al comercio ilegal de drogas, y que sus piezas clave fueron Raúl Salinas de Gortari, en la operación, y Mario Ruiz Massieu, a cargo de la protección
En su testimonio, Ruiz Pelayo asegura que tanto José Francisco Ruiz Massieu como Luis Donaldo Colosio (asesinados en febrero y septiembre de 1994) “robaron mucho dinero” generado por el negocio del narcotráfico
Durante el juicio, declararán también: agentes encubiertos, investigadores de la DEA y el FBI, oficiales de Aduanas, Migración e Inteligencia, según comunicó a la juez Nancy F Atlas el Departamento de Justicia
La lista de testigos protegidos —de nacionalidad mexicana— aumentó la semana pasada con cuatro exoficiales de la Policía Judicial Federal: Víctor Zúñiga García, Gilberto Barrios Ramos, Raúl Macías y César Alonso Domínguez Becerra
Para desacreditar los testimonios en contra de Mario Ruiz Massieu, sus abogados llevarán en grupo ante la Corte a Juan José Salinas Pasalagua, hijo de Raúl Salinas de Gortari; a un primo de éste, también llamado Juan José (que trabaja en Agualeguas, Nuevo León) y a un cuñado de Adriana Salinas de Gortari, Sergio Yáñez de la Barrera
Como elemento “esencial y vital” de descargo, la defensa de Mario Ruiz Massieu confía, inclusive, en presentar un testimonio de Raúl Salinas de Gortari grabado en video, cuya realización —dada la imposibilidad de que el juicio se posponga— podría ocurrir en los primeros días de esta semana
Para la fiscalía estadunidense, de prosperar, la diligencia videograbada se obtendría en un plazo mínimo de dos semanas
Por decisión de la juez, el Departamento de Justicia tramitará ante la Secretaría de Relaciones Exteriores de México la rogatoria mediante la cual el gobierno de los Estados Unidos solicita al de México que permita la ejecución de esa diligencia
Si bien las rogatorias son comunes entre gobiernos que tienen suscritos los acuerdos respectivos, lo excepcional de la solicitada por la Corte de Houston es que no hay precedente respecto de testimonios grabados y, menos aún, en la prisión de máxima seguridad de Almoloya, en el Estado de México
La juez propone un sitio improbable para la obtención del testimonio de Raúl Salinas de Gortari: la embajada de los Estados Unidos en la Ciudad de México, o en un lugar alterno, seguro y protegido, como lo determinen las autoridades mexicanas, las cuales tienen bajo su custodia a Raúl Salinas de Gortari
Tony Canales, defensor de Mario Ruiz Massieu, fue quien promovió ante Nancy F Atlas la “videodiligencia”, en la que estarían presentes: uno de los tres jueces de turno con sede en Toluca; los representantes del gobierno estadunidense (fiscalía), Jesse Rodríguez y Susan Kempner; los de la defensa, Tony Canales y Cathy Fleming; un transcriptor de la Corte; un intérprete, y el abogado de Raúl, Eduardo Luengo Creel
La petición de la defensa tuvo lugar el 26 de febrero, y fue sustentada en el supuesto —argumenta la juez— de que lo que diga Raúl “es necesario para aclarar las supuestas relaciones con su cliente que le atribuye un testigo de la fiscalía” y cuyo nombre no es revelado todavía
Ese testigo afirmó que en dos ocasiones entregó dinero a Mario Ruiz Massieu por “protección” y que en una estuvo presente Raúl Salinas de Gortari Como tal, dijo Tony Canales, “Raúl Salinas de Gortari es un testigo esencial y vital para que la defensa demuestre la total falta de credibilidad del testigo”
Pese a la oposición de los fiscales a la solicitud de la defensa, la juez Nancy razonó:
Se escuchó a los abogados (de la defensa) sobre este asunto, en una audiencia, el 26 de febrero de 1997, y desde ese entonces el gobierno (de los Estados Unidos) ha sometido una carta a la Corte
El gobierno sugiere a la Corte que no puede asegurar la protección de los abogados de los Estados Unidos ni de los del demandante, y que no puede exigir a México que proporcione la protección de ciudadanos privados de los Estados Unidos, y que la Oficina de Asuntos Internacionales de los Estados Unidos ha declarado que el acatamiento de México sobre la solicitud de la deposición, si es indispensable, se tomará de dos a cuatro semanas
Por lo mismo, la resolución concede a los representantes de Mario Ruiz Massieu recoger el testimonio videograbado de Raúl Salinas de Gortari, con algunas condiciones:
—Que se realice ante alguien que transcriba el proceso judicial y que esté autorizado para otorgar juramentos en los Estados Unidos
—Que la defensa y la fiscalía puedan disponer de hasta dos horas, cada parte, para el desahogo de la diligencia
—Que el demandante (Mario Ruiz Massieu) pague los gastos del transcriptor y de la videograbación
La juez pide se atienda su mandato con carácter de urgente, y ordena:
Este mandato está sujeto a todos los protocolos internacionales que se implican El gobierno de los Estados Unidos, inmediatamente, deberá solicitar de los Estados Unidos Mexicanos, a través de los métodos necesarios, incluyendo, sin límite, el Tratado de Ayuda Legal Mutua y/o Cartas de Solicitud, para preparar la deposición de Raúl Salinas de Gortari lo más rápido posible
El gobierno de los Estados Unidos deberá presentar su solicitud sobre la deposición en la manera que se requiere, en o antes del 3 de marzo de 1997, e incluir una solicitud para que los Estados Unidos Mexicanos actúe lo más pronto posible sobre esta solicitud, en vista del juicio con fecha del día 10 de marzo de 1997
Aunque la petición de videograbar a Raúl Salinas de Gortari provino de la defensa de Mario Ruiz Massieu y de que el mandato de Nancy F Atlas debía recorrer los vericuetos de la burocracia de los dos gobiernos, el martes 4, por la mañana, el defensor del hermano del expresidente Carlos Salinas, Eduardo Luengo Creel, consultó al director de Previsión y Readaptación Social de la Secretaría de Gobernación, Luis Rivera Montes de Oca, si era factible obviar la diligencia, con la esperanza de que pudiera ocurrir el viernes 7
La respuesta —cuenta a Proceso el litigante— fue dada el jueves 6, en el sentido de que lo mejor era que la petición se oficializara de gobierno a gobierno
“Me pareció factible, toda vez que en Almoloya tuvo lugar cuando menos una diligencia irregular videograbada, la del examen de salud mental que hizo Pablo Chapa Bezanilla al principal acusador de Raúl Salinas de Gortari, Fernando Rodríguez González, aquélla en que le dio instrucciones de lo que debía declarar, y que forma parte del proceso contra mi defendido” (Proceso 1033)
Los abogados defensores luchan contra el tiempo; pero expresan su confianza en que el gobierno mexicano difícilmente rehusará la solicitud del gobierno estadunidense
Se niegan, sin embargo, a opinar si una respuesta afirmativa puede tener relación con la actual embestida de congresistas estadunidenses para que el gobierno de los Estados Unidos retire la certificación sobre narcotráfico
Dado el interés en el testimonio de Raúl Salinas de Gortari y lo apretado de los tiempos, Tony Canales envió a México, por mensajería, una copia certificada de un mandato y una solicitud que firmó la juez Nancy, el miércoles 5
Luengo recibió los documentos el viernes 7 y será este lunes 10, coincidiendo con el inicio del juicio en Houston, cuando realizará los trámites necesarios en Relaciones Exteriores, y luego en Gobernación para que, a su vez, solicite al juez de turno en Toluca que se ejecute la diligencia en el penal de Almoloya, “quizás el martes o miércoles”
El mandato de la juez dice:
CORTE DEL DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS
DISTRITO DEL SUR DE TEXAS
DIVISION DE HOUSTON
EN REFERENCIA A:
La Carta de Solicitud a los Estados Unidos Mexicanos, en la Confiscación en Contra de $9,041,59868 (NUEVE MILLONES CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES Y SESENTA Y OCHO CENTAVOS)
ACCION CIVIL NUM: H-95-3182
MANDATO
Bajo la consideración sobre la solicitud hecha por parte del demandante Mario Ruiz Massieu, por la cual se opuso Estados Unidos, y así como también se opuso a la moción presentada por parte de los Estados Unidos de América, solicitando la ejecución de una carta de solicitud (vea anotación 1-A1) por parte de las autoridades judiciales adecuadas en los Estados Unidos de México, como lo ordenó esta Corte
POR ESTE MEDIO SE ORDENA que se conceda la moción y,
ADEMAS, SE ORDENA que se le presente a la Corte, en duplicado, la carta de solicitud, una original para los archivos de la Corte y la otra original que deberá de ser firmada por parte de la Corte, y de entregarse al abogado representante de (Ruiz) Massieu para la traducción de tal; y
ADEMAS, SE ORDENA que una vez que ese documento sea traducido, la carta de solicitud firmada, junto con la traducción de tal, deberá de ser enviada a Jesse Rodríguez, abogado asistente de los Estados Unidos, para que él lo transmita, o envíe a las autoridades judiciales apropiadas en los Estados Unidos Mexicanos, a través de la manera que les sea más conveniente a ellos
Fecha: 5 de Marzo de 1997
Nancy F Atlas Juez
Distrito de los Estados Unidos
Carta de Solicitud 1-A1: “Solicitud que le hace un juez a otro, pidiéndole a este segundo que supervise el interrogatorio de un testigo y su testimonio”
La solicitud al gobierno mexicano
CORTE DEL DISTRITO
DE LOS ESTADOS UNIDOS
DISTRITO DEL SUR DE TEXAS,
DIVISION DE HOUSTON
EN REFERENCIA A:
La Carta de Solicitud(1) a los Estados Unidos Mexicanos en la Confiscación en Contra de $9,041,59868 (NUEVE MILLONES CUARENTA Y
UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES Y SESENTA Y OCHO CENTAVOS)
ACCION CIVIL NUM H-95-3182
CARTA DE SOLICITUD (Vea Anotación 1-A1) INTERNACIONAL
La Corte de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito del Sur de Texas envía saludos a las autoridades judiciales de los Estados Unidos Mexicanos y solicita respetuosamente la ayuda de las cortes de los Estados Unidos Mexicanos respecto a un asunto civil La Corte del Distrito de los Estados Unidos del Distrito del Sur de Texas le afirma a las cortes de los Estados Unidos Mexicanos (México) y a las autoridades judiciales adecuadas elegidas para la ejecución de esta solicitud, que las cortes de los Estados Unidos tienen la autorización de ayudar a tribunales del extranjero en la ejecución de cartas de solicitud (A1) para la ayuda en asuntos civiles
HECHOS
El Abogado de los Estados Unidos, que es procurador federal de este distrito, está tratando de confiscar $9,041,59868 en moneda de los Estados Unidos, declarando que el dinero proviene de ganancias de la venta de drogas y está expuesto a ser confiscado de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos
Se alega que el dinero fue entregado por los traficantes de drogas en México a Mario Ruiz Massieu (Massieu), antiguo Procurador (en realidad subprocurador general especial NR) General de México, como pago para garantizar la seguridad de las drogas y de los traficantes de drogas en México En diciembre de 1993, Massieu estableció una cuenta bancaria en los Estados Unidos con la ayuda de Jorge Anastasio Stergio (Stergios) Comenzando desde el mes de Marzo de 1994 hasta el mes de Febrero de 1995, por parte de Massieu, Stergio hizo varios viajes desde México hacia el interior de los Estados Unidos, llevando consigo el dinero para ser depositado en un banco de los Estados Unidos
El hacer o aceptar pagos de las ganancias provenientes de la venta de drogas para facilitar el tráfico de drogas que entra a los Estados Unidos, es contra la ley de los Estados Unidos Además, también es contra la ley de los Estados Unidos el depositar en exceso de $10,00000 en una institución financiera (banco) en los Estados Unidos, ganancias provenientes de la venta de drogas
Massieu ha presentado un reclamo del dinero, alegando que él es el dueño y que el dinero no proviene de las ganancias por la venta de drogas Además, Massieu ha solicitado a esta Corte que se le permita tomar una deposición (testimonio) de Raúl Salinas de Gortari (Salinas) en México Salinas está detenido en la cárcel por parte de las autoridades de México para responder por los cargos de violación de las leyes mexicanas Massieu le ha informado a esta corte que Salinas es un testigo esencial y que él tiene una declaración que tal vez pueda ser pertinente a la confiscación del dinero Por lo tanto, Massieu le ha solicitado a esta Corte que expida esta carta de solicitud (A1)
ESTATUTOS DE CONFISCACION
18 USC&981 (a) (1) (A) Propiedad Sujeta a ser Confiscada
Cualquier Propiedad, personal o relacionado (3), o que tomó parte en un trato comercial o el intento de un trato comercial en violación al Título 18 USC && 1956 y 1957
18 USC&981 (a) (1) (B)
Cualquier propiedad personal o relacionado, dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos, constitutivo, derivado o proveniente de algún producto o ganancia obtenidos directa o indirectamente de un delito en contra de una nación extranjera, implicando la fabricación, importación, venta o distribución de una sustancia controlada con castigo de encarcelamiento por más de un año en la nación extranjera y en los Estados Unidos, si el manejo hubiera sucedido en los Estados Unidos
VIOLACIONES CRIMINALES
18 USC&1956 (A) (1) (a) Lavado de Dinero
(A) (1) Quien quiera que sepa que la propiedad está involucrada en un trato financiero que representa las ganancias de algún tipo de actividad ilegal, lleva a cabo o intenta llevar a cabo tal trato financiero, el cual de hecho involucra las ganancias de una actividad ilegal específica
(A) (1) con el propósito de fomentar a que continúe la actividad ilegal específica: deberá de ser sentenciado a una multa que no sobrepase los $500,000 o el doble valor de la propiedad involucrada en el trato comercial, cualquiera que sea más alto o encarcelamiento que no sobrepase los veinte años o ambos
18 USC&1957 Lavado de Dinero
(a) Quien quiera en cualquiera de las situaciones establecidas en la sección (d) (d) (1) que el delito bajo esta sección se lleve a cabo en los Estados Unidos, a sabiendas toma parte en, o intenta tomar parte en un trato de dinero en propiedad derivada como criminal que tiene un valor mayor de $10,000 y es derivado por una actividad ilegal específica, deberá de llevarse a cabo el castigo a como se estipule
(b) (1) el castigo por un delito bajo esta sección, es una multa bajo el Título 18, del Código de los Estados Unidos o encarcelamiento que no sobrepase los 10 años o ambos
SOLICITUD DE AYUDA
La Corte del distrito de los Estados Unidos para el Distrito del Sur de Texas, solicita que la autoridad judicial adecuada elegida para la ejecución de esta carta de solicitud (A1) internacional haga lo siguiente:
DEPOSICION (DECLARACION) NECESARIA
Por favor permita la videograbación y la deposición oral de Raúl Salinas de Gortari en la fecha y lugar que ustedes consideren apropiados de acuerdo con sus leyes y reglamentos Los interesados que participarán en la deposición serán los abogados de Massieu, Tony Canales y Cathy Fleming; los abogados representantes de los Estados Unidos, Jesse Rodríguez y Susan Kempner Otras personas que participarán en la deposición será un transcriptor de la Corte (4), un intérprete y el abogado que representa a Raúl Salinas de Gortari Se solicita que, si se llega a aprobar la deposición, ésta sea planeada lo más pronto posible
El juicio correspondiente a la confiscación del dinero está programado en comenzar el 10 de Marzo de 1997, así que el tiempo es esencial:
Por favor acepten nuestro gran aprecio
Fecha: 5 de Marzo de 1997
Nancy F Atlas Juez
Distrito de los Estados Unidos
Transcriptor de la Corte: “Persona que transcribe lo sucedido en un proceso judicial”
Carta de Solicitud A1: “Solicitud que le hace un juez a otro pidiéndole a este segundo que supervise el interrogatorio de un testigo y su testimonio”
Sello: SECRETARIO DE LA CORTE DEL DISTRITO DEL SUR DE TEXAS REGISTRADO, 6 DE MARZO DE 1997, MICHAELN MILBY, SECRETARIO DE LA CORTE
En opinión de Luengo Creel, un interrogatorio “a fondo” de Raúl Salinas “desinflaría” fuerza a las imputaciones en su contra que, se sabe, intenta hacer valer el Departamento de Justicia mediante sus testigos, respecto del dinero que Mario Ruiz Massieu quiere recuperar
“Sólo así se explica la oposición de la fiscalía; pero es tan procedente el tratamiento de Raúl, que la resolución de la juez concede razón a lCanales, en cuanto a la importancia del testimonio, y urge a las autoridades mexicanas a acelerar los trámites”
En todo caso, comenta, “no me imagino al gobierno mexicano rehusándose a cumplir una solicitud ciento por ciento lógica Pese a que el juicio arranca ya, supongo que lo peor que puede provocar la diligencia en Almoloya es que la Corte en Houston resuelva un receso de un día o dos, en espera del video, que puede llegar esta misma semana”
Al abogado del hermano incómodo le parece “imposible creer que un juicio de la trascendencia de éste, en que se implica no solamente a personas representativas de la clase política de México, sino a muy importantes instituciones del Estado, se resuelva legalmente sin el testimonio que se solicita de gobierno a gobierno”