Por irregularidades en el diseño, licitación y construcción de la Línea 12, la Contraloría capitalina inhabilitó 20 años al director del Proyecto Metro, Enrique Horcasitas Manjarrez. A pesar de que la Suprema Corte de Justicia ratificó la sanción, el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México la redujo a un año de inhabilitación al considerar que dichas irregularidades fueron “no graves”. La resolución del Tribunal contó con el voto de calidad de su presidente, Jesús Anlén Alemán, compañero de Horcasitas durante la gestión de Marcelo Ebrard como jefe de Gobierno del Distrito Federal.
El Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (TJACM) resolvió que las irregularidades detectadas en el diseño, licitación y construcción de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo-Metro no fueron graves, por lo que redujo de 20 años a uno la inhabilitación que el propio tribunal había impuesto al exdirector general del Proyecto Metro, Enrique Horcasitas Manjarrez, por las irregularidades detectadas en la obra luego de su inauguración.
La resolución favorable a Horcasitas contó con el voto de calidad del magistrado presidente del tribunal local, Jesús Anlén Alemán, quien, coincidentemente, fue su compañero de gabinete durante la gestión de Marcelo Ebrard como jefe de Gobierno del Distrito Federal.
El fallo judicial del TJACM contrasta con la sentencia dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión pública del 8 de mayo de 2018. Esa sentencia ratificó por unanimidad la inhabilitación por 20 años impuesta por la Secretaría de la Contraloría de la Ciudad de México a Horcasitas Manjarrez el 4 de septiembre de 2014.
A pesar de que se trataba de una sentencia que por preceptos constitucionales es definitiva, los abogados del exfuncionario presentaron un incidente de nulidad administrativa en 2019, con el fin de revertir la sanción contra Horcasitas, recurso legal que fue admitido por el tribunal administrativo para volver a revisar el asunto, cuyo fallo de última instancia apenas se dictó el pasado 7 de abril.
Registros judiciales a los que pudo acceder Proceso revelan que la resolución que redujo la sanción a Horcasitas se tomó con cinco votos a favor del proyecto de sentencia y cinco abstenciones, por lo que el magistrado presidente del TJACM, Jesús Anlén, hizo valer su voto de calidad para romper el empate y aprobar la sentencia que resultó favorable a su antiguo compañero en el gobierno de Ebrard Casaubón.
De acuerdo con su síntesis curricular, el magistrado Jesús Anlén fungió como procurador fiscal del Distrito Federal de febrero de 2008 a diciembre de 2011, justo cuando Horcasitas se desempeñaba como director general del Proyecto Metro.
Además, Anlén Alemán fue subtesorero de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del gobierno capitalino entre marzo de 2007 y enero de 2008.
En ambos cargos, el ahora magistrado era subordinado del entonces secretario de finanzas del gobierno local y actual presidente de Morena, Mario Delgado Carrillo, otro de los implicados en los procesos de licitación y contratación para la construcción y operación de la Línea 12 del Metro.
Entrevistado en Tuxtla Gutiérrez sobre el grave accidente que provocó la muerte de 26 personas, incluyendo a un niño de 13 años, y casi 80 lesionados, algunos de los cuales sufrirán secuelas permanentes, Delgado Carrillo aseguró que su intervención en la construcción de la Línea 12 del Metro se limitó a buscar financiamiento para la obra.
“Hay ya una propuesta de la jefa de Gobierno de hacer una investigación seria, a fondo, con el peritaje de una empresa internacional. Como secretario de Finanzas, a mí me tocó conseguir el financiamiento para que esa obra fuera posible”, dijo en una entrevista el miércoles 5.
Los otros cuatro votos que favorecieron a Horcasitas fueron de las magistradas Estela Fuentes Jimenez, cercana a la ministra de la Corte y expresidenta del TJACM, Yasmín Esquivel Mossa; y María Marta Arteaga Manrique, así como de José Raúl Armida Reyes y José Arturo Rosa de la Peña.
Fallo en la opacidad
El fallo del TJACM todavía no se ha dado a conocer debido a que ese órgano jurisdiccional dejó de publicar las resoluciones dictadas por su Sala Superior desde el 26 de febrero de 2020, cuando comenzó la emergencia sanitaria.
Sin embargo, en una entrevista que Horcasitas concedió a la periodista Carmen Aristegui el miércoles 5, el exfuncionario aseguró que las responsabilidades por las fallas detectadas en la Línea 12 del Metro “son caso juzgado” y reveló que ya no estaba vigente la inhabilitación que se le había impuesto en 2014 para que no pudiera ocupar cargos públicos por 20 años.
“Nada más hago una precisión: yo en este momento no tengo ninguna sentencia en contra”, aseguró.
La resolución favorable a Horcasitas que dictó la Sala Superior del TJACM todavía puede ser impugnada por la Contraloría de la Ciudad de México ante los tribunales colegiados del Poder Judicial de la Federación en caso de que no se haya vencido el plazo para hacerlo.
Tampoco se sabe si la Contraloría del gobierno capitalino ya fue notificada del fallo.
En la citada entrevista con Aristegui, Horcasitas argumentó que el fallo para revocar la inhabilitación que existía en su contra se dio porque “no tuvo fundamento, porque no existió una falta administrativa” en su actuación como servidor público, pero la sentencia que redujo el castigo de 20 años a uno deja intacta la responsabilidad que se le atribuye en las irregularidades de la Línea 12 del Metro.
De hecho, el fallo del tribunal capitalino no exonera al exfuncionario de las responsabilidades administrativas que le impuso la Contraloría capitalina en el expediente administrativo número CG DGAJR DRS 0113/2014.
Lo que favoreció a Horcasitas fue una reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México que entró en vigor el 1 de septiembre de 2017, cambio legal que cataloga como “falta administrativa no grave” cualquier omisión que cometan los servidores públicos encargados de supervisar a otros de menor jerarquía y de reportar, a su vez, las omisiones en que pueden llegar a incurrir sus subordinados.
Aprobada durante la gestión de Miguel Ángel Macera como jefe de Gobierno capitalino, la ley aplicable a los funcionarios locales señala en el artículo 49, fracciones II y VI, así como en el 75, último párrafo, que las faltas administrativas no graves sólo pueden ser sancionadas con una inhabilitación máxima de un año para ocupar un cargo público.
De acuerdo con el expediente, el exdirector general del Proyecto Metro fue sancionado originalmente con una inhabilitación por 20 años de conformidad con lo establecido en los artículos 47, 53 y 54 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos vigente en 2014, el cual consideraba grave las omisiones imputadas a Horcasitas.
Contra esa determinación, los abogados de su defensa presentaron recursos de apelación y juicios de amparo que fueron perdiendo uno a uno hasta que la Primera Sala de la Suprema Corte resolvió negarle la protección de la justicia en noviembre de 2018, dejando firme la sanción en su contra.
Sin embargo, dichos abogados aprovecharon dos reformas legales que entraron en vigor en 2016 y 2017, es decir, de forma posterior al inicio del procedimiento sancionador en su contra, para solicitar que se volviera a revisar la sanción impuesta.
La primera fue la expedición de las nuevas leyes anticorrupción que entraron en vigor el 18 de julio de 2016, que contenían un artículo transitorio que obligaba a las 32 entidades federativas a expedir leyes locales que fueran acordes con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
En consecuencia, el 1 de septiembre de 2017 se expidió la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, que se aplica de manera exclusiva a los servidores públicos que trabajan en el gobierno capitalino, lo que abrió una rendija legal para que los abogados de Horcasitas solicitarán al TJACM revisar de nuevo la sanción impuesta al exdirector general del Proyecto Metro, aplicando las leyes locales en lugar de las federales en el caso de las omisiones que se le imputaron en el castigo administrativo original.
El juicio de nulidad administrativa presentado por Horcasitas fue resuelto a su favor el 26 de septiembre de 2019 por la Primera Sala Ordinaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Derecho a la Buena Administración del TJACM, según consta en el expediente TJ/I-4416/2019.
En la sentencia dictada por la Sala Ordinaria del tribunal capitalino se declaró la nulidad de la inhabilitación para ocupar cargos públicos por un periodo de 20 años que pesaba contra Horcasitas, argumentando que debería emplearse el principio constitucional de aplicar la ley más benéfica en caso de que una norma fuera sustituida o reformada por una nueva.
En la sanción original, conforme a las leyes federales, las omisiones atribuidas a Horcasitas por la falta de supervisión a los responsables de la construcción de la Línea 12 del Metro fueron catalogadas como graves por la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México.
Sin embargo, con la aprobación de la Ley de Responsabilidad Administrativa de la Ciudad de México, en los artículos 49 y 75 de la citada norma, las omisiones en la supervisión fueron catalogadas como no graves, por lo que su aplicación al caso de Horcasitas “trae como resultado que, utilizando la ley más benéfica a favor del actor, se considerara procedente la aplicación retroactiva en beneficio del accionante”, señala la resolución.
La reducción de la inhabilitación de Horcasitas fue apelada por la Contraloría de la Ciudad de México a través de la Directora de Seguimiento a Resoluciones. La Sala Superior del TJACM revisó el asunto y confirmó el fallo: determinó que aun cuando la sanción impuesta a Horcasitas “se encuentra firme al haberse reconocido como válida”, es posible tomar en consideración la existencia de normas sancionadoras más favorables para el infractor sin que se viole el principio de cosa juzgada y sin que se resuelva sobre la culpabilidad y las infracciones que se le atribuyen.
“Es claro que tanto en el Derecho Penal como en el Derecho Administrativo Sancionador (…) la retroactividad en beneficio no incide sobre la conducta, pues la misma puede haberse comprobado o acreditado, sino sobre la sanción, pues es ésta la que puede disminuir (o incrementarse) al entrar en vigor una nueva legislación”, destaca la sentencia.
Por lo tanto, la reducción de la sanción lograda por Horcasitas no equivale a una exoneración por las omisiones que se le atribuyen en el proceso de construcción de la Línea 12 del Metro, como la recepción de la obra del consorcio constructor aun cuando las actas notariales indicaban que había irregularidades y que el proceso todavía no estaba completamente concluido.
Así, la resolución del TJACM abrió las puertas para que Horcasitas pudiera regresar al servicio público próximamente, libre de sanciones por el caso de la Línea 12 del Metro, pero no de las responsabilidades, lo cual quedó firme en un expediente administrativo que jamás pudo desacreditar ante el Poder Judicial de la Federación.








