Sobre “Colaboradores de Osorio Chong, bajo la sombra de la corrupción y el narcotráfico”

Señor director:

En atención a la nota publicada en el semanario Proceso 2285 del 15 de agosto de 2020, Colaboradores de Osorio Chong, bajo la sombra de la corrupción y el narcotráfico, en los que se me señala infundadamente como colaborador de un grupo criminal, con fundamento en el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como su Ley Reglamentaria, me permito expresar lo siguiente:

1. La información que se publica en la nota respecto a mi persona es falsa e inexacta.

2. Niego categóricamente estar o haber estado ligado a algún grupo u organización criminal. 

3. La nota de Áxel Chávez tergiversa información y descontextualiza una averiguación previa de 2009 por la cual nunca resulté sujeto a proceso, precisamente por falta de pruebas que sustentaran los dichos de José Augusto Vega Pacheco respecto a que estaba relacionado con el crimen organizado; no obstante otros imputados de la misma investigación, en contra de quienes el Ministerio Público también ordenó la acción penal, fueron privados de su libertad, sujetos a proceso, juzgados y en la mayoría de los casos, absueltos de los señalamientos de tales investigaciones con procesos de reparación del daño.

4. El autor de la nota descontextualiza la declaración de la investigación a la que hace referencia el punto 3 del presente, para dar a entender que, mientras me desempeñaba como comandante de la entonces Policía Ministerial del Estado de Hidalgo, colaboraba con el narcotráfico; dicha información carece de pruebas y sustento fáctico o legal. Sin ánimo de aparentar heroísmo donde solamente existe compromiso profesional y ético con el desempeño en la seguridad pública, así como un profundo amor y lealtad por México, me permito expresar que mi vida ha peligrado como consecuencia de actos de probidad durante el desempeño de mi función policial. 

5. El autor miente deliberadamente al afirmar que, dentro de mis competencias o facultades, estuvo el manejo discrecional de recursos por 64.1 millones de pesos durante el desempeño de mis funciones como director de Seguridad y Protección Civil de la Secretaría de Gobernación; a propósito, me permito precisar que a la fecha no he sido notificado por el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Gobernación o la Secretaría de la Función Pública o la Auditoría Superior de la Federación sobre algún proceso administrativo en mi contra por los supuestos contratos “SG/CPS/40/2018” y “SG/CPS/41/2018”.

Muy respetuosamente me permito sugerirle a usted, Áxel Chávez, que revise el Código Internacional de Ética Periodística de la UNESCO para evitar la difusión de información tergiversada, inexacta y falsa; entiendo que el ejercicio de la libertad de prensa se basa en el flujo de información, conocimiento, opiniones e ideas fundamentales para la rendición de cuentas, construcción de la democracia y estado de derecho; sin embargo la criminalización infundada de mi nombre y persona en la nota que nos ocupa alimenta conceptos a partir de juicios de valor que desacreditan y estigmatizan infundadamente una carrera policial de casi de 30 años.

A usted, Jorge Carrasco Araizaga, de la manera más atenta y respetuosa que conozco le solicito sirva girar instrucciones a los responsables de edición, publicación y difusión de la revista Proceso, para que sea publicada íntegramente la presente réplica en el mismo espacio, con el mismo despliegue y jerarquía de la nota original de manera inmediata en todas las versiones, (digitales o impresas) de la revista.

Lo anterior en los términos de los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 11, 12, 14, 15, 17, 18 de la Ley Reglamentaria del Artículo 6°, Párrafo Primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia del Derecho de Réplica, así como la Tesis 2a. XLVI/2018 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación “Derecho de réplica. Su procedencia contra la crítica periodística no contraría el derecho humano a la libertad de opinión”.

Atentamente,

Licenciado Juan Cristóbal Orozco Priego

Respuesta del reportero

Señor director:

La publicación no lo señala como colaborador de un grupo criminal –afirmación que usted vierte en su derecho de réplica, motivo de su “negativa categórica”–, sino que da cuenta del hecho de que fue referido en una averiguación previa, parte de una causa penal por narcotráfico en Hidalgo, lo cual usted reconoce. 

Erróneamente acusa una “descontextualización”, cuando la ubicación temporal y de lugar (Hidalgo, sexenio de Miguel Osorio Chong), así como de circunstancia, como era la penetración del crimen organizado en el estado –afirmación no del autor, sino parte de los motivos expuestos por un juez federal en su sentencia– fue presentada siempre a lo largo del texto. 

Es una interpretación suya que el reportero “da a entender” que cuando usted se desempeñaba como comandante de la entonces Policía Ministerial del Estado de Hidalgo colaboraba con el narcotráfico, porque no es el autor, sino el expediente de José Augusto Vega Pacheco –como usted antes reconoce– del que provienen declaraciones, ubicadas, como se expuso en el párrafo inmediato anterior, en su contexto: entorno físico o de situación, político e histórico en el que se considera el hecho; el hecho es la declaración rendida ante la SIEDO (ahora SEIDO), que, se reitera, usted reconoce y, por lo que expresa, sabe de su contenido. 

Respecto a que no ha sido notificado sobre algún acto administrativo por contratos otorgados por la Segob cuando usted fue director de Seguridad y Protección Civil de esa dependencia, comento lo siguiente: el hecho de que no tenga conocimiento de una investigación, porque no se le ha notificado, no significa que ésta no exista; es decir, el desconocimiento del hecho no valida la inexistencia. 

Atentamente,

Áxel Chávez