La Comisión de Apelación y Arbitraje Deportivo (CAAD) es un organismo central para el deporte mexicano: dirime las mayores controversias que surgen al respecto en el país. El problema es que su titular, Rafael Rodríguez Sánchez, se muestra como un servidor público desobligado: ni siquiera suele asistir a las dos sesiones semanales de la institución, aun cuando por su cargo percibe 85 mil pesos al mes. Esto tal vez se explique porque Rodríguez tiene otro trabajo: es director jurídico en TV Azteca…
El titular de la Comisión de Apelación y Arbitraje Deportivo (CAAD), Rafael Rodríguez Sánchez, fue requerido a una audiencia por el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública (SEP): Incumplió observaciones realizadas en marzo por una auditoría y raramente se presenta a desempeñar sus funciones.
Además, Rodríguez dobletea: en el sector privado se desempeña como director jurídico de TV Azteca y en la administración pública es el máximo responsable de la CAAD (Proceso 2024).
Esto significa, al menos, que Rodríguez no le dedica todo su tiempo a la delicada –y muy bien pagada– tarea pública que tiene a su cargo. A veces ni siquiera se presenta los días en que sesiona el pleno (lunes y jueves) de la CAAD, según consta en las actas en poder del secretario general, Jaime Moreno Agraz.
Peor todavía: Con frecuencia –denuncian algunos afectados– tampoco se entera de las querellas y reclamos promovidos por atletas, entrenadores y presidentes de asociaciones interpuestas ante este órgano encargado de la justicia deportiva en México, según mandata la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Así, desde hace varios meses, las labores resolutivas del CAAD recaen en sólo dos miembros, pese a que la ley ordena que el pleno esté conformado por cinco elementos, incluido su presidente.
En el citatorio 11/OIC/RS/5953, del que Proceso tiene copia, se le informa a Rodríguez Sánchez que la titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control (OIC) en la SEP turnó el expediente original, con número de registro DE-1925/2012, por presuntas irregularidades administrativas atribuidas al presidente de la CAAD.
Dicha área le comunicó a Rodríguez: “Del 25 de abril de 2010 a la fecha ha desatendido sus horarios de labores y la responsabilidad de participar en sesiones ordinarias y extraordinarias y/o análisis del pleno. Salvo algunas excepciones, no ha acudido a las sesiones de la Comisión Interna de Administración y Comité de Control y Desarrollo Institucional de esa propia comisión y a las juntas, sesiones o reuniones de trabajo que convoca el Consejo Directivo del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, por prestar sus servicios en una empresa privada, desempeñándose en días y horarios en que debe desarrollar sus funciones para el citado órgano desconcentrado, incumpliendo sus funciones como titular del mismo”.
En virtud de lo anterior, el OIC le puntualiza que su conducta puede constituir “el incumplimiento a la obligación legal” prevista en el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, según el cual todo servidor público tendrá, entre otras, las siguientes obligaciones:
“I.- Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión (…) IV.- Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones que tenga conferidas y coadyuvar en la rendición de cuentas de la gestión pública federal, proporcionando la documentación e información que le sea requerida (…) VI.- Observar buena conducta en su empleo, cargo o comisión (…) IX.- Abstenerse de disponer o autorizar que un subordinado no asista sin causa justificada a sus labores, así como de otorgar indebidamente licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldo y otras percepciones (…) el incumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan.”
Según el enunciado 13 de la referida ley, las sanciones por falta administrativa consistirán en: I.- amonestación privada o pública, II.- suspensión del empleo, cargo o comisión por un periodo no menor de tres días ni mayor a un año; III.- destitución del puesto; IV.- sanción económica, y V.- inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
“Cuando la inhabilitación se imponga como consecuencia de un acto u omisión que implique beneficio o lucro, cause daños o perjuicios, será de un año hasta 10 años si el monto de aquellos no excede de 200 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, y de 10 a 20 años si excede de dicho límite. Este último plazo de inhabilitación también será aplicable por conductas graves de los servidores públicos”, establece el citado artículo.
En el oficio que turna al presidente de la CAAD, Julio César Pérez Santacruz –titular del Área de Auditoría Interna, en suplencia y por ausencia del titular del Área de Responsabilidades del OIC– le precisa que, como servidor público, “tenía y tiene la obligación de abstenerse de cualquier acto u omisión que implicara un incumplimiento de cualquier disposición legal, reglamentaria o administrativa, lo cual no hizo”.
Por tal motivo, Rodríguez fue citado a comparecer en la audiencia prevista a las 12:00 horas el miércoles 11, para que, acompañado por un abogado, declarara respecto de la responsabilidad que se le imputa.
Al responsable de la CAAD se le advirtió que, de no comparecer personalmente al desahogo de la referida audiencia, “se le tendrán por ciertos los actos u omisiones que se le atribuyen”. Y se le dice que una vez concluida la reunión se le concederán cinco días hábiles para que ofrezca las pruebas de descargo que estime pertinentes, se lee en el expediente R-573/2015.
El martes 11, al mediodía y hasta las 13:00 horas, no había indicios de que el presidente de la CAAD estuviera presente en el Área de Responsabilidades del OIC en la SEP, ubicada en avenida Universidad 1074, colonia Xoco, de la delegación Benito Juárez.
La auditoría
Una auditoría realizada en marzo pasado sobre el desempeño de la CAAD en 2014 dejó ocho observaciones sobre las irregularidades en la gestión de Rodríguez: ausentismo, probable falsificación de firmas, anomalías en los gastos, compras sin justificación, adquisición de artículos de oficina y uniformes cuyo destino se desconoce; renta de computadoras sin motivo y operaciones simuladas.
También se detectaron inadecuados controles contables, presupuestales y cumplimiento de funciones, falta de supervisión por parte del coordinador administrativo y del presidente de la CAAD, excesivos gastos en llamadas telefónicas y desorden en general.
El análisis también detectó que, de acuerdo con sus expedientes personales, ni Rodríguez Sánchez ni el coordinador administrativo de la CAAD, Marcos Pérez Mendoza, reúnen los años de experiencia exigidos en la Descripción y Perfiles de Puestos de la Administración Pública Federal.
Rodríguez ocupa un puesto de confianza en la CAAD, con la clave 001, según el portal de Obligaciones de Transparencia. Su sueldo mensual es de 85 mil 966 pesos con 10 centavos brutos, lo que se traduce en 65 mil 522 pesos por un trabajo al que sólo le dedica entre cuatro y cinco horas a la semana, en el mejor de los casos. Su gestión comenzó el 24 de abril de 2010 y está previsto que termine el mismo mes, pero de 2106.
En la CAAD hay gastos no comprobados por varios miles de pesos. Por ejemplo, la auditoría observó que con el proveedor Diseño, Publicidad y Comercialización Maquil S.A. de C.V., el coordinador administrativo, Marcos Pérez Mendoza, adquirió papelería por 24 mil 663 pesos, además de uniformes (camisas y sacos) por 55 mil 583 pesos. Pero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) halló operaciones inexistentes o simuladas de dicha compañía y la catalogó en la lista de proveedores irregulares.
El coordinador administrativo no presentó evidencia de haber recibido los uniformes ni de su destino y uso. Pasó lo mismo con la papelería.
Así, se puntualizó que las contrataciones efectuadas por el citado coordinador administrativo carecen de transparencia y apego a la normatividad aplicable para cada caso.
Otras irregularidades: el coordinador administrativo no cumplió en tiempo con la presentación al pleno de la CAAD del informe mensual del ejercicio y destino del presupuesto.
“Con lo anteriormente expuesto se concluye que no existe transparencia ni aplicación eficiente, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a la CAAD” por 11 millones 392 mil 781 pesos, asentó la auditoría.
Otro problema: al proveedor Asesores Especializados Neisen S.C., se le pagaron 132 mil 192 pesos por la elaboración de pósters y trípticos. Pero se detectó que no existen procedimientos que demuestren que el coordinador administrativo de la CAAD haya obtenido las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad. Y también se desconoce el destino del material adquirido.
La revisión de la auditoría precisa que no existe transparencia y que resultan inadecuados los controles internos en la CAAD en materia de recursos humanos.
En su mínima expresión
Por ley, el pleno de la CAAD debe integrarse con cuatro miembros titulares y su presidente. No obstante, desde 2014 dicha comisión funciona incompleta. Ese año operaba con cuatro elementos por la renuncia de David Hernández. Al poco tiempo, la cifra disminuyó a tres, al cumplirse el periodo de Gonzalo Zubillaga.
Y como la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade, dirigida por Alfredo Castillo) no se preocupa por designar a los nuevos miembros, las decisiones en el pleno son resueltas por sólo dos miembros titulares: Norma Olivia González y Luis Fernando Jiménez.
El Manual de Operación de la CAAD establece que en las sesiones del pleno las decisiones deben tomarse por la mayoría de los miembros. Es decir, estando presentes tres –cuando asiste su titular–, la mayoría, es de dos. Sin embargo, la norma se incumple cuando sólo dos elementos sesionan en el pleno.
Esto coloca a los dos integrantes que sí trabajan en la disyuntiva de desahogar los casos o esperar hasta que el presidente se digne aparecer… lo que puede implicar una violación a la Ley General de Cultura Física y Deporte, la cual establece tiempos para fallar los asuntos.
Generalmente los funcionarios prefieren seguir la máxima de que es preferible atender todos los procedimientos a posponerlos indefinidamente.








