Rechaza INAI pedir a Sedena que abra averiguación previa sobre caso Tlatlaya

La bodega en Tlatlaya donde militares ejecutaron a civiles.
Foto: Miguel Dimayuga

MÉXICO, D.F. (apro) Con un voto cerrado -cuatro a tres— el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (INAI) rechazó la apertura de la averiguación previa realizada por la Procuraduría Militar en el caso Tlatlaya.

Tras una larga discusión, los comisionados concluyeron que se trata de delitos del fuero militar por desobediencia, y ya ha sido consignado al juez castrense. Sólo acordaron reducir la reserva invocada por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) de 12 a dos años o “hasta que cause estado”.

El proyecto de resolución original fue presentado por el comisionada Francisco Javier Acuña, quien dio la razón a la Sedena de reservar la información por tratarse de delitos sólo de índole de indisciplina militar y no de violación grave de los derechos humanos como se argumentó en el recurso de revisión interpuesto ante el INAI.

Los comisionados Areli Cano, Joel Salas y Óscar Mauricio Guerra no estuvieron de acuerdo con ese planteamiento y realizaron cuestionamientos procedimentales y de fondo a la resolución.

De entrada, la comisionada Cano advirtió sobre la violación de la Sedena al desahogo procedimental debido a que la dependencia negó el acceso a la información solicitada para que el INAI verificara si la causal invocada no estaba asociada a violaciones graves de derechos humanos.

Por ley, abundó la comisionada, el INAI tiene facultad para confirmar el sustento de la reserva o improcedencia, pero al no tener acceso, subrayó, el instituto no pudo verificar si efectivamente la Procuraduría Militar investigaba sólo la indisciplina de los soldados involucrados o si esas conductas indebidas, de acuerdo con el código militar, estaban directamente asociadas con violación grave a derechos humanos.

De haber sido así, sostuvo, se habría anulado la posibilidad de invocar la causal de reserva.

Cano aclaró que la Sedena atendió los requerimientos que hizo la ponencia a cargo del caso, pero no permitió el acceso a la averiguación previa o a la información clasificada.

Y acusó:

“Es un hecho que al no haberse tenido una respuesta favorable para permitir a este órgano garante la diligencia de acceso a la información, el sujeto obligado no sólo dificultó el ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales del Instituto, sino también ha soslayado la oportunidad de acreditar que las instituciones del Estado mexicano encargadas de defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación, así como de realizar acciones cívicas y obras sociales que tienden al progreso del país, están comprometidas con las mejores prácticas de rendición de cuentas y transparencia”.

La comisionada agregó que el hecho de tener acceso a la averiguación previa de la Procuraduría Militar, no implicaba ordenar su apertura “a priori”, sino determinar si efectivamente está fundada la reserva o si se vincula con violaciones graves de derechos humanos.

Por esa razón la comisionada pidió modificar la resolución original para solicitar a la Sedena fundamentar su reserva.

En su oportunidad, el comisionado Joel Salas se enfocó en las omisiones de la Sedena al no permitir al INAI el acceso a la información y determinar si la invocación de la reserva estaba fundamentada.

“Creemos que en esta actitud del sujeto obligado (la Sedena) hay un desafío real a lo que establece el último párrafo del artículo 17 de la ley de la materia”, en el sentido de que en todo momento el INAI debe tener acceso a la información para determinar sus resoluciones.

La comisionada presidenta, Ximena Puente y el comisionado Rosendo Monterrey, salieron en defensa de la Sedena al sostener que “tratándose de delitos de fuero militar”, no procede una causal de apertura.

Además, justificó Puente, se trata de una averiguación que ya fue consignada a un juzgado militar por la probable responsabilidad en la comisión de delitos de desobediencia militar, que en ningún ordenamiento se asocia con violación grave de derechos humanos.

“Al tratarse de delitos del ámbito castrense, que no violan los derechos humanos, se encuentra plegada al derecho de reserva invocado, ya que de lo contrario, se violentaría el derecho de los imputados a una defensa adecuada por el principio de presunción de inocencia”, argumentó por su parte la comisionada presidenta.

Monterrey secundó a la comisionada Puente e insistió en que los hechos relacionados con los soldados involucrados en el caso Tlatlaya competen “exclusivamente” al fuero militar por tratarse de delitos de desobediencia militar.

Así, junto con tres comisionados más avaló la resolución de reserva de información invocada por la Sedena.

El comisionado Monterrey reconoció que procedimentalmente podría cuestionar la falta de acceso a la información para el INAI, pero en el fondo, sostuvo, se trata de un caso en que es procedente la reserva porque no está asociado directamente a la violación grave de derechos humanos.

Acuña, el comisionado ponente, insistió en que en las audiencias, representantes del juzgado militar acudieron a invocar que se trataba de un asunto que estaba ya en la fase jurisdiccional, por lo que no era dable su apertura.