Señor director:
Desde el 15 de agosto de 2012 fui despedida de la Universidad de Guanajuato (UG) bajo circunstancias injustas, arbitrarias, fuera de la ley y después de sufrir acoso laboral durante varios meses.
Por lo anterior, inicié una demanda por despido injustificado, y en mayo de 2014 la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje para Asuntos Universitarios de Guanajuato resolvió a mi favor, por unanimidad.
El 27 de febrero de 2015 se debió realizar mi reinstalación como coordinadora B en el Colegio del Nivel Medio Superior (CNMS) por parte de la Dirección de Recursos Humanos de la UG.
Cuando las autoridades laborales, mediante el actuario de la Junta Especial, acompañado por elementos de Seguridad Pública, dieron inicio a la diligencia, Alberto Ramírez Moncada, jefe del Departamento de Relaciones Laborales de la UG, expresó que no era posible mi reinstalación dado que el domicilio en el que se encuentra mi lugar de trabajo no es el señalado por la Junta Especial de Conciliación, y manifestó que se oponía a la reinstalación “por órdenes de sus superiores inmediatos”.
Es importante mencionar que esta fue la segunda vez que la Junta Especial establecía fecha para la reinstalación. La primera se efectuaría el 20 de noviembre de 2014, derivada del laudo que quedó firme de la Junta Especial y que fue confirmado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo dentro del expediente del Amparo Directo 469/2014 perteneciente al XVI Circuito.
La UG promovió entonces un incidente de oposición a la sentencia dictada por las dos autoridades mencionadas, con una serie de argumentos fuera del procedimiento principal, ante el cual la Junta Especial de Conciliación declaró “improcedente el incidente de oposición”.
Como estrategia dilatoria, las autoridades de la Rectoría de la UG utilizan el pretexto de la ubicación para retrasar la reinstalación, violando en mi perjuicio por dos años, seis meses y días mis derechos humanos, la Constitución, la Convención Americana de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención de Viena de 1969.
Es lamentable además que las autoridades universitarias continúen pagando salarios caídos que siguen acumulándose en mi caso y en el de otros compañeros que han sido despedidos injustificadamente a capricho de quienes dirigen actualmente la Rectoría General, ejerciendo abuso de autoridad, violando los derechos fundamentales de los trabajadores, cometiendo actos de discriminación y acoso laboral (que hoy es también un delito), por no ser parte del grupo que se denomina el equipo de trabajo que dirige la Máxima Casa de Estudios.
Aparte de que el pago de salarios caídos nos cuesta a todos, el daño moral que se ha ejercido y los perjuicios que nos han ocasionado a los trabajadores bajo mis circunstancias –en los aspectos profesional, personal, económico, familiar y de salud física y emocional– no sólo es un asunto de unos cuantos, sino que compete a toda la sociedad, ya que somos quienes pagamos las consecuencias de los gobiernos universitarios que continúan con una visión reduccionista, ejerciendo conductas tiranas, caprichosas e injustificadas, conduciéndose como líderes autocráticos que se consideran dueños de las instituciones y se benefician de ellas, incapaces de gobernar para una sociedad diversa. (Carta resumida.)
Atentamente
Rose Jill Barrios Martínez
rosejill888@hotmail.com








