Sobre El seguro de desempleo, benéfico para los ricos

De los diputados Aureoles Conejo, García Medina y Salinas Narváez

 

Señor director:

 

En el reportaje El seguro de desempleo, benéfico para los ricos (Proceso 1952), signado por Jesusa Cervantes y Juan Carlos Cruz Vargas, existen afirmaciones que no corresponden con rigor a la realidad, por lo que es importante dar a conocer varias aclaraciones.

La diputada Luisa María Alcalde dice que en la aprobación del seguro de desempleo “colaboró la izquierda”, y los reporteros retoman la aseveración al señalar que “gracias al voto de 46 legisladores del PRD” se aceptó esta reforma.

Según la legisladora: “La tarde del 18 de marzo pasado el PRI, el Panal y el PVEM sólo juntaban 241 votos cuando se debatía el seguro en el Congreso. La cantidad no les alcanzaba: se quedaban cortos por 10 sufragios.

“En ese momento, los perredistas cercanos a la fracción de Los Chuchos entregaron mucho más de los 10 votos que faltaban: 46.”

Decir que el PRD avaló el seguro de desempleo y que además gracias al PRD se alcanzó su aprobación es faltar a los hechos.

En tribuna, diversos legisladores del PRD se pronunciaron en contra del seguro de desempleo, pues a consideración de la fracción el esquema propuesto por el Ejecutivo resulta inadecuado, dado que su financiamiento debiera ser, en todo caso, tripartita, con aportaciones del patrón, el trabajador y el Estado, y no tomarse de las aportaciones patronales al fondo de vivienda. Eso daría viabilidad financiera de largo plazo y no pondría en riesgo los derechos de los trabajadores para acceder a un crédito, para pagarlo en un periodo menor, y tampoco disminuirá el fondo de vivienda propiedad de los trabajadores que administra Infonavit. Esa fue la propuesta que presentó el PRD en el marco de la discusión de la reforma laboral en septiembre de 2012.

En el PRD tampoco coincidimos con excluir de este derecho a los trabajadores sujetos al régimen del apartado B del artículo 123 constitucional, pues si bien es cierto que un sector de éstos tiene mayor estabilidad en el empleo, no representa a un gran conjunto de trabajadores de nuevo ingreso, eventuales, de honorarios, de lista de raya y otros esquemas de simulación que los ponen en un estado de vulnerabilidad similar o peor que el afrontado por quienes están sujetos al régimen del apartado A.

Por eso nuestro partido reservó para su votación en lo particular el conjunto de disposiciones relacionadas con el seguro de desempleo, aunque algunos legisladores acompañamos la votación en lo general por diversas razones: el mismo dictamen sobre seguro de desempleo incluía la aprobación de una pensión para las personas de 65 años y más; reformas a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a favor de proteger los ahorros de los trabajadores, y un artículo transitorio que obliga a la integración de un grupo de trabajo de expertos, plural y multidisciplinario, que revise el sistema de cuentas individuales y aporte soluciones al problema de las pensiones en un plazo de seis meses, contados a partir de la vigencia del decreto. Lamentablemente, no se logró que las anteriores reformas, muy importantes, se votaran de manera separada a la relativa al seguro de desempleo.

Por ello, los diputados que votaron en lo general el dictamen no votaron a favor del seguro de desempleo, ni su voto fue numéricamente el que determinó la aprobación. La aprobación del dictamen en lo general fue por 287 votos a favor y 177 en contra. Sin los votos del PRD, de todos modos el dictamen hubiera sido aprobado en lo general.

Es importante recordar que los dictámenes que expiden o reforman leyes se aprueban por la mayoría de los diputados presentes en la sesión. En la votación en lo general que refiere la diputada Alcalde –en la que, se reitera, no se votó el seguro de desempleo– había 33 diputados ausentes, por lo que el bloque PRI-PVEM-Panal no necesita 251 votos para hacer mayoría, sino 234, estando presentes 241 de éstos.

Cuando se votaron los artículos reservados, incluyendo los referidos al seguro de desempleo, el PRD votó consecuentemente en contra. Dichas reservas se aprobaron por 240 votos a favor (PRI, PVEM, Panal y dos votos del PAN) y 202 votos en contra (PAN, PRD, PT y MC).

La reforma a las leyes del Seguro Social, Federal del Trabajo y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores que crea el seguro de desempleo como parte del régimen obligatorio del Seguro Social, crea un sistema de financiamiento basado en dividir las aportaciones patronales de 5% del salario base de cotización para el fondo de vivienda en dos subcuentas: una, que se queda para financiar los créditos hipotecarios, con 2 puntos porcentuales, y otra “subcuenta mixta” (no “fondo mixto”, como lo denominan los reporteros), con 3 puntos porcentuales, que financiaría, de acuerdo con la elección del trabajador, créditos de vivienda, prestaciones del seguro de desempleo o el pago de retiros al final de la vida productiva. A esto se le agregará una aportación estatal de 0.5% del salario base de cotización (no de un salario mínimo, como se afirma en el reportaje) para un fondo solidario que complementaría el financiamiento de las prestaciones en caso de ser insuficientes los recursos acumulados en la subcuenta mixta (ver en la minuta la adición del Título Segundo, con un Capítulo VII Bis a la Ley del Seguro Social, LSS).

Dicha subcuenta estaría administrada por el Infonavit hasta junio de 2017, y optativamente podrá estar a cargo de las afores, por decisión del trabajador, a partir de esa fecha, siempre y cuando el traspaso sea hacia una administradora con mayor rendimiento neto (ver artículos 217 I de la LSS y el Transitorio Segundo del Decreto, fracción IX). Por lo tanto, la transferencia de 60% de las aportaciones del fondo de vivienda, a partir de la eventual entrada en vigor del decreto, no se iría directamente a fortalecer “bancos y constructoras”, como se afirma. Los recursos se mantendrían en propiedad del trabajador en su cuenta individual y podrán seguir financiando créditos de vivienda, siempre y cuando no se utilicen para desempleo (que esa es la debilidad de este esquema).

Sin embargo, el PRD considera la aportación estatal absolutamente insuficiente, a diferencia del seguro de desempleo que ya se otorga en la Ciudad de México y que se financia con recursos fiscales propios.

De cualquier manera, es pertinente precisar que los requisitos para acceder a las prestaciones del seguro de desempleo son 104 (no 114, como se dice en el reportaje) cotizaciones semanales en los últimos tres años; para los trabajadores por tiempo o por obra determinados, haber cotizado 26 semanas al seguro de desempleo en los últimos 12 meses; no percibir ingresos por concepto de jubilación o pensión, ni realizar por cuenta propia alguna actividad que genere ingresos, y cumplir con programas de promoción, colocación y capacitación a cargo de la STPS. La prestación se otorgará a los 45 días de haber sido dado de baja. La prestación se da una vez cada cinco años (ver artículo 217 B de la LSS).

Y en caso de que un trabajador contrate un crédito de vivienda y posteriormente quede desempleado, tendrá derecho a las prestaciones por desem­pleo con cargo al fondo solidario con el monto de un salario mínimo mensual (LSS, artículo 217 N). No concuerda con lo aprobado la manifestación de que, si alguien ya pidió su crédito de Infonavit, “al quedar desempleado deberá decidir si con el seguro de desempleo paga la mensualidad que debe al Infonavit, si paga la renta o si paga la comida”.

También es oportuno precisar cifras equivocadas. Por ejemplo, se asienta que hay más trabajadores formales que población económicamente activa ocupada. En la página 33, se dice que los patrones entregan las aportaciones de vivienda “a los casi 51 millones de trabajadores formales que hay en México”. Vale recordar que al cuarto trimestre de 2013 el INEGI estimaba la PEA ocupada en 50.2 millones de personas, de las cuales 29.6 millones, que representan 58.8%, son consideradas en trabajos informales.

Por otra parte, la diputada Alcalde asegura que los 3 puntos porcentuales que irían a la subcuenta mixta van “a parar a las afores”, por una suma que calcula en 34 mil 500 millones de pesos. Pero en ánimo de ser precisos, le informamos que la minuta aprobada en la Cámara de Diputados no mandata una transferencia directa de estos fondos (lo que, por cierto, sí venía en la iniciativa del Ejecutivo); como se comentó, la administración de la subcuenta mixta estará en poder del Infonavit y sólo se transferirá a las afores si el trabajador lo decide y bajo determinadas condiciones, ya descritas.

Y en cuanto al señalamiento de la diputada en el sentido de que “el Instituto tendrá 34 mil 439 millones de pesos menos”, es un escenario que se daría si –y sólo si– todos los recursos de todas las subcuentas mixtas se usaran para desempleo y/o se transfieran a las afores en un año. El gobierno estima que durante el periodo 2014-2018 los usarán cerca de 2.2 millones de trabajadores al año: no se podrían vaciar en este lapso los recursos de 16.7 millones de cuentahabientes de Infonavit.

Atentamente

Diputados Silvano Aureoles Conejo,

Amalia Dolores García Medina
y Javier Salinas Narváez

Respuesta de los reporteros

 

Señor director:

 

En relación a la carta enviada por los diputados Aureoles Conejo, García Medina y Salinas Narváez comentamos lo siguiente:

Uno, sólo se consigna la opinión de una diputada. Dos, tienen razón los firmantes: el PRI no requería del respaldo de 46 diputados perredistas que sufragaron en consonancia con ellos, pues tuvo siete votos de sobra para avalar el seguro de desempleo. De ahí que se destaquen los votos en consonancia con el PRI.

Para efectos prácticos, el votar “en lo particular” en contra se convirtió en una acción sin efectos que pudiera detener el seguro de desempleo.

 

Atentamente

Jesusa Cervantes y Juan Carlos Cruz