Establece IFT reglas para must offer y must carry

Azcárraga y Salinas, dueños de Televisa y TV Azteca, respectivamente.
Foto: Miguel Dimayuga

MÉXICO, D.F. (apro).- En un adelanto de lo que serán las nuevas reglas en materia de retransmisión de televisión abierta en señal restringida (must offer y must carry), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) estableció que todas aquellas señales con una cobertura mayor a 50% o más del territorio nacional “son aquellas identificadas con los nombres comerciales del Canal de las Estrellas, Canal 5, Azteca Siete y Azteca Trece”.

Es decir, son los cuatro canales que pertenecen a la cobertura nacional de Televisa de Emilio Azcárraga, y de TV Azteca de Ricardo Salinas Pliego.

El IFT estableció que los concesionarios sólo pueden retransmitir dichos canales dentro de la misma zona de cobertura en la que operan actualmente. Para ello, el organismo publicará en su portal de Internet los listados de las localidades donde deben ser retransmitidas esas señales.

El instituto publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que todos los concesionarios de televisión restringida deben retransmitir de manera obligatoria las señales radiodifundidas de instituciones públicas federales como TV UNAM, Canal Once del IPN, Televisión Metropolitana o Canal 22 y el Organismo Promotor de Medios Audiovisuales (OPMA).

Hasta ahora, solamente el Grupo Dish ha reaccionado a estos nuevos lineamientos. Consideró que el IFT interpreta “de manera correcta” la reforma constitucional y aprovechó para responder a la polémica que se ha generado con Televisa y TV Azteca.

“Contrariamente a lo que dolosamente se ha pretendido hacer creer, en el sentido de que la retransmisión de las señales de TV abierta por Dish era furtiva y clandestina, queda de manifiesto que la actuación de Dish México siempre estuvo apegada al texto y al sentido de la Constitución”, afirmó la compañía de Joaquín Vargas.