La crisis panista se ahonda

Tras perder la Presidencia, un PAN dividido se asoma al precipicio y, ahora, a su caudal de problemas se suma un nuevo conflicto: el militante Jorge Manzanera solicitó al Instituto Federal Electoral la anulación de los nuevos estatutos de ese partido, aprobados apenas el mes pasado. La razón, dice, es que fueron impuestos a base de prácticas “gangsteriles” del líder blanquiazul Gustavo Madero. El dirigente, sostiene Manzanera, violó la Constitución y se burló de la militancia panista, pues a ésta se le niega la posibilidad de elegir democráticamente a sus líderes.

Los nuevos estatutos del Partido Acción Nacional (PAN) aprobados mediante prácticas “gangsteriles”, “conductas clientelares de líderes corruptos” y otras “artimañas” de Gustavo Madero y sus allegados, quienes presuntamente violaron la Constitución, deben anularse, solicita al Instituto Federal Electoral (IFE) el militante panista Jorge Manzanera Quintana.

En la impugnación presentada ante el IFE contra la cúpula del PAN el miércoles 4, Manzanera asegura que en la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria, clausurada el sábado 10 de agosto, se transgredieron varios principios constitucionales, como la certeza, objetividad y seguridad jurídica, y la libertad de expresión y asociación, con el fin de “burlar” la conquista de los militantes de elegir a sus dirigentes por voto directo.

En la sesión del 10 de agosto, asegura, no se aprobaron los nuevos estatutos con las dos terceras partes de los delegados, como ordenan los vigentes, sino sólo con la declaración del presidente de la mesa, Marko Cortés Mendoza, de que había “evidente mayoría”.

La mayor conquista de la Asamblea Nacional, la elección de dirigentes por el voto directo de la militancia, fue desvirtuada con la “armonización” propuesta por la cúpula del PAN, porque se hizo una “reforma de la reforma” con la modificación de decenas de artículos ya aprobados en la sesión del 16 de marzo, cuando se suspendió por falta de quórum.

Uno de los aspectos más cuestionados por Manzanera es el adelgazamiento de facultades del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) –cuyo presidente y su planilla serán elegidos por la militancia–, que se transfieren a la Comisión Permanente, cuyos integrantes se elegirán por una minoría del Consejo Nacional, con lo cual se “burla” la conquista de los militantes.

“Resulta ilegal que mediante el robustecimiento de facultades de la figura denominada Comisión Permanente se pretenda disminuir la capacidad decisoria de los comités Ejecutivo Nacional y Directivos Estatales para lograr que la participación activa de la militancia de Acción Nacional se vea circunscrita a la elección de órganos partidistas decorativos, burlando un mandato de nuestro máximo órgano de decisión.”

No sólo eso: La sesión del 10 de agosto se celebró sin que hubiera garantías para emitir el voto libre, directo y secreto de los delegados numerarios, y hasta el propio Madero, presidente nacional del PAN, generó “coacción” contra ellos al ostentar desde el presídium el sentido de su voto.

Manzanera cita una fotografía publicada en la edición 1920 de Proceso, donde Madero sostiene en la mano derecha un cartel con su voto, lo cual “hace suponer que era la indicación para que los delegados numerarios emitieran el sufragio en el mismo sentido, bajo la coacción de que, de no hacerlo, podrían verse reprendidos por los dirigentes en el poder, práctica clientelar propia de líderes sindicales autoritarios”.

Por ello y por otros agravios que detalla en su impugnación –de la cual este semanario tiene copia–, Manzanera solicita al IFE dejar sin efecto las modificaciones aprobadas en la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria y ordenar al PAN “la reanudación” de la misma asamblea, “a efecto de que se proceda a la votación mediante el respeto del sufragio universal, secreto y directo” en los artículos no votados por las dos terceras partes de los delegados.

 

“Conducta gangsteril”

 

El IFE debe declarar la validez constitucional y legal de los nuevos estatutos en un plazo de 30 días naturales contados a partir de que le fueron presentados por el CEN del PAN, el pasado 26 de agosto, incluido el desahogo de la impugnación de Manzanera, el cual consta de 130 cuartillas.

En caso de que el IFE avale los estatutos del PAN, aprobados “mediante verdaderas artimañas”, Manzanera –o el militante que se diga agraviado– puede impugnarlos también ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Hasta el viernes 6, la de Manzanera era la única impugnación promovida ante el IFE pues –como adelantó en la entrevista con este semanario hace tres semanas (Proceso 1920)– en el PAN “hay una total ruptura del estado de derecho interno”, como se evidenció en la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria.

La “falta de probidad” de la cúpula del PAN llega al extremo de la burla: Manzanera solicitó al CEN copia de las videograbaciones de las 15 cámaras instaladas en la Arena Ciudad de México, donde se celebró el Asamblea Nacional, y le enviaron un spot promocional del PAN.

La impugnación de Manzanera no remite sólo a la sesión del 10 de agosto, cuando se aprobó la armonización de manera viciada, sino a la del 16 de marzo, como se detalla en el documento que presentó ante el IFE.

En efecto, en la sesión del 16 de marzo –suspendida por falta de quórum después de que la militancia logró elegir a sus dirigentes con su voto– se hicieron modificaciones al proyecto de estatutos, pero no fueron sometidos a votación ni se aprobaron con las dos terceras partes de los votos computables, como ordena el artículo 95 de los estatutos vigentes.

Es el caso de las propuestas formuladas por Rafael Guarneros, Fernando Macías Olvera, Jorge Luis Preciado y Juan Antonio García Villa, a las que “se allanó” la comisión de redacción propuesta por el CEN, ni siquiera se sometieron a votación, con lo cual se violó el principio de legalidad.

Pero la parte más dura de la impugnación de Manzanera, como lo fue también el 10 de agosto, es el proceso en el que se  aprobó la “armonización” de los estatutos, conducido por Cortés Mendoza, quien presidía la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria y en segundos pidió la votación y la declaró aprobada: “Por favor, sírvanse manifestarlo con el SÍ (…) Muchísimas felicidades, evidente mayoría. ¡Tenemos armonización aprobada!”.

Cortés Mendoza, advierte Manzanera, al momento de llevar a cabo la votación del proyecto de armonización, nunca tomó en cuenta el parecer de los escrutadores que fueron aprobados por la propia Asamblea Nacional para poder determinar si efectivamente se cumplió con la aprobación de las dos terceras partes de los votos computables, lo cual vulnera el principio de legalidad previsto en la Constitución.

Para ello, los escrutadores debieron tomar la votación de cada una de las delegaciones acreditadas ante la Asamblea Nacional Extraordinaria, integradas conforme a lo que ordenan los artículos 29 y 30 de los estatutos vigentes, un complejo mecanismo que prevé el número de miembros activos, los distritos de cada estado y la votación recibida en la elección federal previa.

Juzga que es “ilegal y contrario a nuestra Carta Magna que se pretenda la procedencia constitucional y legal de la reforma de estatutos del PAN bajo el amparo de haberse aprobado mediante una mayoría simple de votos del total de delegados presentes, tal y como en su momento lo anunció el C. Marko Cortés Mendoza, aunado a que esa mayoría simple no permite que se pueda conocer el número de votos que de manera específica otorgó cada delegación estatal y la del Comité Ejecutivo Nacional, con el fin de contar con la certeza de que las reformas fueron aprobadas por las dos terceras partes de los votos computables, tal y como lo refiere el artículo 95 de los Estatutos Generales del Partido Acción Nacional”.

Añade: “Era obligación del presidente y secretario de la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria determinar por números, de acuerdo con los sufragios específicos de cada delegación, el voto a favor de las dos terceras partes de las reformas, y no pretender dar por válida la votación en la que no fueron computados o contabilizados los votos, y la hoy responsable se limitó a establecer que ante la evidente mayoría la armonización se encontraba aprobada”.

Nada de eso se tomó en cuenta, afirma Manzanera, quien en su escrito de impugnación anexa notas informativas de medios como Reforma y Milenio, así como el propio audio de Cortés, para poner en duda la aprobación de la “armonización” como ordena el estatuto.

“Al analizar las notas periodísticas en su conjunto se puede arribar a la conclusión de que el audio que obra adjunto al presente recurso adquiere valor probatorio pleno de que la votación nunca fue obtenida en términos de lo previsto por el artículo 30 de los estatutos vigentes de Acción Nacional, debido a que, tan sólo a mano alzada y sin tomar en cuenta a los escrutadores, la persona encargada de dirigir los trabajos de la Asamblea Nacional Extraordinaria, faltando al principio de honestidad, tal cual conducta gangsteril, pretendió aprobar un documento del que la militancia que era la única facultada para decidir, no estaba de acuerdo”.

Por ello solicita al IFE “dejar sin efectos la ilegal determinación y requerir al mencionado partido político para que lleve a cabo los trabajos necesarios para la continuación legal de los trabajos de la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria, respetando el derecho de la militancia para elegir al presidente y miembros del CEN y comités directivos estatales, con todas las facultades que en su momento la asamblea celebrada el 16 de marzo próximo pasado tuvo a su alcance y evitar hacer creer que nuestro partido es democrático, cuando en realidad sólo se busca que se elijan órganos administrativos y dotar de mayores facultades a un Comité Ejecutivo Nacional disfrazado bajo el nombre de Comisión Permanente Nacional”.

 

Burla a la militancia

 

Según Manzanera, el CEN del PAN presidido por Madero actuó con “incoherencia y falta de probidad” al crear la Comisión Permanente, supuestamente para “evitar una concentración de facultades que merme los equilibrios necesarios para el funcionamiento del partido”.

Sin embargo, es una “reforma de la reforma” para “burlar” la decisión de la Asamblea Nacional tomada en marzo para que la militancia elija con voto directo a sus dirigentes, porque se eliminan facultades al CEN y se le transfieren a la Comisión Permanente, cuyos integrantes serán elegidos sólo por los integrantes del Consejo Nacional.

Así, los militantes elegirán a su presidente y a un CEN “vacío de facultades, ya que las decisiones definitivas serían asumidas por la Comisión Permanente, que elegirían el Consejo Nacional y estatales, como hasta ahora”.

Manzanera refiere que el 10 de agosto, 23 artículos sufrieron una “modificación sustancial”, pese a ya haber sido analizados y votados en la asamblea de marzo, y se crearon cuatro nuevos artículos.

Razona: “Al momento de llevar a cabo la modificación e inclusión de diversos articulados para sustituir el nombre de ‘Comité Ejecutivo Nacional’ o ‘Comité Directivo Estatal’ por el de ‘Comisión Permanente’, a efecto de evitar que sea la militancia la que elija de manera directa a nuestros dirigentes, nos coloca ante la presencia de una modificación sustancial de los estatutos de nuestro partido, que conlleva necesariamente la realización de una nueva Asamblea Nacional Extraordinaria, razón por la que acudo ante esta H. instancia jurisdiccional, con el fin de que se preserve el estado de derecho en el Partido Acción Nacional y se contenga jurídicamente a la hoy responsable para que no se erija en un órgano arbitrario”.

El CEN del PAN, afirma Manzanera, “bajo un argumento falaz y falto de probidad, pretende menoscabar las facultades de los comités Ejecutivo Nacional y Directivos Estatales, a efecto de burlar la determinación asumida por el máximo órgano de Acción Nacional, o por lo menos, de permitirle el voto sobre órganos administrativos y no deliberativos tal y como fue asumido en los trabajos desarrollados el 16 de marzo de la anualidad que transcurre durante la celebración de la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria”.

Y por ello pide al IFE revocar esta ilegal determinación, respetar los artículos aprobados en marzo y ordenar al PAN “llevar a cabo una nueva Asamblea Nacional Extraordinaria, a efecto de que se someta a consideración de los delegados numerarios el resto de los articulados, mediante el respeto irrestricto del derecho de sufragio universal, libre, secreto y directo, a efecto de que se logre evitar la posible coacción ante la emisión del voto mediante cédula, propio de las conductas clientelares de líderes corruptos”.