Algunos gasolineros, como el propietario de la Mega Gasolinera Especializada, que se construye indebidamente sobre avenida Circunvalación, son protegidos por algunos magistrados del Tribunal de lo Administrativo (TAE), quienes aprovechan las indefiniciones de las autoridades tapatías para instalar estaciones de servicios, aun cuando contravienen el Reglamento de Zonificación Específica para Estación de Servicio o Gasolineras del propio ayuntamiento. Y cuando los vecinos protestan, los empresarios simplemente los amenazan.
Apesar de que no existe ningún impedimento legal, las autoridades se rehúsan a clausurar una gasolinera que carece de la licencia correspondiente y que, además, se construye en las inmediaciones de una guardería, con lo que viola el Reglamento de Zonificación Específica para Estación de Servicio o Gasolineras del propio ayuntamiento tapatío.
Ubicada en avenida Circunvalación 1116, esquina con Bilbao, en la colonia Santa Mónica, a dos cuadras de la Secretaría de Movilidad, la obra de la denominada Mega Gasolinera Especializada se inició en noviembre de 2011 con un amparo que le proporcionó el Tribunal de lo Administrativo (TAE), luego de que el ayuntamiento no respondió a tiempo a la solicitud del propietario de la estación sobre si podía o no construirla –acción legal conocida como afirmativa ficta–.
Cuando Gamaliel Padilla Domínguez, administrador general de la guardería Desarrollo Infantil Integral –que se localiza en las inmediaciones– observó los trabajos en el predio de Circunvalación 1116 e investigó si el establecimiento contaba con la licencia correspondiente. El 3 de agosto de 2012 solicitó a la dirección de Inspección y Vigilancia del ayuntamiento cancelar la obra.
En su escrito, Padilla Domínguez pidió iniciar “un juicio de lesividad”, puesto que, dijo, la construcción de expendio viola la norma. En caso de que el propietario no tenga el permiso, arguyó, la obra debe clausurarse.
Dos semanas después, el 17 de agosto, mediante el oficio SG/DIV/UDIC/1215/2012, el jefe de la Unidad Departamental de Inspección a Construcción, Fernando Díaz Castillón, respondió a Padilla que el establecimiento contaba con una suspensión otorgada por la Sexta Sala Unitaria del TAE (expediente 39/2012), por lo cual no podía actuar.
Meses antes, el 19 de enero de 2012, el representante legal de la gasolinera, José Jesús Jorge Carbajal Sánchez, presentó ante el TAE un procedimiento de declaratoria afirmativa ficta a favor de 16 empresas, incluida la Mega Gasolinera.
Según los gasolineros implicados, el ayuntamiento de Guadalajara fue omiso en responder a la solicitud de licencia de construcción de las 16 empresas, por lo cual apelaron a tribunal y éste les otorgó el permiso.
Las influencias
El empresario Carbajal Sánchez es compañero de despacho de Alberto García Cadena en el bufete jurídico Barba Sais y Asociados, donde trabaja Julio Barba, sobrino del magistrado Alberto Barba Gómez.
Barba Gómez –presidente de la Sexta Sala del TAE, donde está radicada la querella de las 16 empresas– es acusado por varios empresarios de recibir hasta 1 millón de pesos por la apertura de cada estación de servicio (Proceso Jalisco 417 y 433).
El 14 de enero último, la guardería Desarrollo Infantil Integral insistió ante el TAE para que se le reconociera como tercero perjudicado dentro del procedimiento 39/2012. Según Padilla Domínguez, administrador de la estancia infantil, su representada podría resultar perjudicada con la gasolinera “en razón de que es subrogada para el servicio de Guarderías Infantiles del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) delegación Jalisco, y actualmente tiene instalada una, en la calle Félix Palavicini 2274”.
La petición de Padilla fue desechada. La Sexta Sala Unitaria del TAE respondió que “se afectaría su interés jurídico desde el momento en que la autoridad municipal expida la licencia municipal, y el actuar de este tribunal sólo se constriñe a analizar si el solicitante presentó su solicitud ante la autoridad competente, si exhibió todos y cada uno de los requisitos que al acto administrativo exige, y si ya transcurrió el tiempo que tuvo la autoridad municipal para que diera contestación presentada por el promovente (Mega Gasolinera)”.
Informó también que Carbajal Sánchez se desistió el 22 de enero último del trámite de la afirmativa ficta de dos estaciones de servicio, una de las cuales es precisamente la Mega Gasolinera.
El 25 de abril pasado, Padilla Domínguez envió un escrito al director de Inspección y Vigilancia, Armando Salvador Orozco Santillán, para informarle que “con el ánimo de brindar a los niños y al personal que labora en la guardería un lugar confiable que cumpla con las medidas de seguridad y protección civil que marcan las leyes y reglamentos de la materia, y principalmente de tomar las debidas precauciones para evitar cualquier tipo de afectación y riesgo de los 250 bebés y niños, al personal operativo y a la colectividad (me permito informar que) a escasos metros de donde se ubica la guardería subrogada del IMSS se continúa construyendo una estación de servicio”.
Además, le pidió a Orozco Santillán le informara si la gasolinera tenía autorización de edificación, e insistió en que si carecía de permiso, se clausurara; y si lo tenía, se iniciará un juicio de lesividad.
Padilla entregó el oficio en el ayuntamiento con copia para el presidente municipal Ramiro Hernández García; el secretario general Tomás Vázquez Vigil; el síndico Luis Ernesto Salomón Delgado y el presidente de la comisión edilicia de Asuntos Metropolitanos, el regidor panista Alberto Cárdenas Jiménez.
El 3 de mayo, Orozco Santillán respondió a Padilla, según el oficio DIV/CJ/0471/2013, que a la gasolinera le fue otorgada por parte de la Sexta Sala Unitaria del TAE la suspensión “para el efecto de que las cosas se queden en el estado que actualmente guardan y no sea decretada ninguna clausura o sanción”.
El 3 de junio Padilla envió otro oficio a Orozco Santillán con copia a los mismos funcionarios municipales. El representante de Desarrollo Infantil Integral reiteró: si la gasolinera carece de licencia municipal, debe clausurarse: si cuenta con ella, tiene que revocarse puesto que contraviene “los artículos 3, 4 y 17 fracción I del Reglamento de Zonificación Específica para Estación de Servicio o Gasolineras del municipio de Guadalajara, de manera específica en lo relativo a la distancia mínima que debe existir entre una estación de servicio –500 metros de radio– y un lugar de concentración pública –75 metros mínimo–, como es el caso de una instancia infantil, así como de otra gasolinera”.
Y subrayó: “Resulta apremiante que el municipio lleve a cabo de manera inmediata las acciones de inspección y vigilancia, y en su caso proceda con la inmediata clausura de la obra”. Dos días después, Orozco Santillán envió a Padilla el oficio DIV/CJ/0578/2013 en el cual le informa que Mega Gasolinera se desistió del procedimiento de afirmativa ficta.
Orozco expone: “En contra del fallo de referencia, la empresa Servicio Mezquite, S.A. de C.V. por conducto de su representante legal interpuso demanda de amparo indirecto, lo cual se sustancia ante el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo en el Estado de Jalisco, bajo expediente 480/2013”.
Prosigue el escrito: “En virtud de lo anterior, es indudable que al estar en suspenso la resolución final pronunciada por la Sexta Sala del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco, en los autos del expediente VI-39/2012, por encontrarse supeditada, es decir, sometida a la resolución final que se dicte en el amparo directo 480/2013, resulta entonces que la primera no podrá ejecutarse hasta en tanto quede firme la segunda.
“En consecuencia de ello, y por lógica jurídica, tampoco el sobreseimiento decretado en relación a la persona moral, Mega Gasolinera Especializada, debe considerarse inmóvil, por ser parte integral.”
La respuesta sólo dejó inconformidad, por lo que el 2 de julio pasado, Padilla entregó otro oficio al director de Inspección y Vigilancia, en el cual le subraya que “atendiendo a lo establecido en el referido artículo 29 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, el desistimiento produce el efecto de que las cosas vuelvan al estado que tenían antes de la presentación de la demanda”.
Y agrega: “En consecuencia, el aludido desistimiento, por lo que respecta al predio de Circunvalación División del Norte 1116, no cuenta con suspensión alguna para el efecto de que no sea decretada ninguna clausura o sanción aplicable a la empresa Mega Gasolinera Especializada, S.A. de C.V., por lo que resulta apremiante que el municipio lleve a cabo de manera inmediata las acciones de inspección y vigilancia y en su caso se proceda con la clausura inmediata de la obra, máxime que de continuar permitiéndose su construcción contraviniendo a todas luces la normatividad aplicable, se estará causando un daño y riesgo inminente y directo a la seguridad de los bebés y niños que acuden a la guardería que represento”.
Vecinos temerosos
Beatriz Anaya, vecina del predio donde se construye la gasolinera se queja: “Nunca nos consultaron. Hace aproximadamente siete meses comenzó la construcción; cuando nos dimos cuenta de que era una gasolinera, nos quejamos ante el ayuntamiento de Guadalajara, incluso hicimos cartulinas, protestamos, renegamos, pero nada pasó, ni siquiera nos recibió ningún funcionario”.
Y se pregunta: “¿Cómo permite el gobierno que se instalen dos gasolineras en la zona, con apenas una cuadra de diferencia –una es la de Circunvalación 1116; la otra está a la vuelta, en las calles Palavicini y Alcalde, incluso ya la acabaron, sólo falta que la echen andar–, cuando hay tres escuelas alrededor? Si pasa algo, ya nos fregamos, además, las casas ya se devaluaron. Para qué queremos tantas gasolineras”.
Subraya que alrededor de la gasolinera de Circunvalación se encuentran tres guarderías: Desarrollo Infantil Integral, La Casita Musical, y la estancia infantil Fluby. Proceso Jalisco quiso hablar con la encargada de esta última guardería, ubicada sobre la calle Bilbao, casi justo enfrente de la gasolinera, pero se negó a declarar.
Otra vecina, quien pide omitir su nombre, asegura que el representante de la gasolinera amenazó a la encargada de la guardería con enviar inspectores del ayuntamiento a clausurar el lugar si daba alguna declaración a los medios o se inconformaba.
Los vecinos de la calle Bilbao cuyas casas están en la misma acera donde se construye la gasolinera, interpusieron el 13 de mayo último un amparo contra la obra ante el Juzgado Quinto en Materia Administrativa y del Trabajo (incidente 977/2013), pero no prosperó pues, según la autoridad, proporcionaron un domicilio incorrecto.
Francisco Rodríguez, quien comparte pared con la gasolinera –la distancia mínima según el Reglamento de Zonificación Específica para Estación de Servicio o Gasolineras con uso habitacional es de cinco metros con respecto al área de trabajo– comenta a este semanario que se acercaron con él unas personas que se identificaron como el propietario del negocio y su representante legal, pero no recuerda sus nombres.
Dice que intentaron convencerlo sobre las bondades de tener una gasolinera justo al lado de su casa, pero en realidad su finalidad era intimidarlo, puesto le advirtieron que si presentaba un amparo y perdía el caso, tendría que pagar a la empresa alrededor de 4 millones de pesos.








