La reforma constitucional en materia de telecomunicaciones pasó de lo ideal a lo posible. Si bien se lograron cambios importantes en materia de rendición de cuentas por parte del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), así como la incorporación del acceso libre a internet, las radios comunitarias e indígenas y el derecho de las audiencias –principios plasmados en el artículo 28 de la Constitución–, quedaron temas pendientes y muy importantes.
Los poderes fácticos hicieron su tarea en el Senado y convencieron a algunos legisladores de la supuesta protección a la libre empresa y a los empresarios, por lo que en reuniones privadas que tuvieron con algunos de los negociadores se comprometieron a proteger a las principales empresas del país, entre ellas a los consorcios televisivos.
Por este motivo no se aceptó en comisiones ni en el pleno del Senado que se ampliaran los criterios para determinar cuándo una empresa es dominante en materia de radiodifusión: el Ifetel podrá medir a las empresas de radio y televisión únicamente a través de los niveles de audiencia, con lo que se dejan de lado los ingresos por publicidad y los servicios de telecomunicación, producción y distribución. De esta manera la posibilidad de declararlos monopólicos queda totalmente ambigua en la reforma.
También por presiones del Consejo Coordinador Empresarial se propuso reinstalar en los juicios de amparo contra las decisiones del Ifetel y la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) la suspensión provisional, con el argumento de que las empresas se verían afectadas de forma irreparable y se ahuyentaría la inversión en todos los rubros de la economía.
Esto hace que en las decisiones de la Cofeco esta medida sólo podrá aplicarse cuando se trate de multas ruinosas o desincorporación de activos, con lo que nuevamente se abre la impunidad para las empresas que abusan de los consumidores con prácticas monopólicas y con juicios eternos para no cubrir las sanciones impuestas por el órgano correspondiente.
Asimismo se eliminó de facto la posibilidad de que el Ifetel o la Cofeco le den vista al Ministerio Público cuando a raíz de las investigaciones que se realicen por parte de estos dos órganos en materia de prácticas monopólicas, se encuentren indicios de que se está cometiendo un delito, con lo que nuevamente se favorecen la impunidad y el abuso de los empresarios a los consumidores.
De igual forma, con la intención de tratar de favorecer a posibles exempleados o exasesores de las empresas monopólicas en telecomunicaciones y en radiodifusión, inexplicablemente se disminuyeron los requisitos para poder integrar aquellos órganos autónomos. Sólo se exigirán tres años de experiencia en el ramo y no cinco, como inicialmente decía la minuta de la Cámara de Diputados.
También se redujo de cinco a tres años el tiempo en que no hayan laborado en ninguna empresa de las que pueden ser afectadas o beneficiadas por las decisiones del Ifetel y la Cofeco. Y lo más grave es que el requisito de no haber sido diputado, senador, gobernador, procurador o alto funcionario del gobierno –con lo que se quería evitar que se politizaran estos órganos–, pasó de cinco años anteriores a la fecha de su designación a un año, con lo que se prevé que nuevamente estaremos frente al reparto partidista de los comisionados, como ya sucede en la práctica en el IFE, en el Trife y hasta en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Otro de los puntos peligrosos que se rechazaran es que la redacción en materia de propiedad cruzada regresará a los términos en que fue planteada por la iniciativa del Pacto por México, ya que en ésta se pedía que una sola empresa no pudiera participar en las cinco plataformas utilizadas para generar opinión pública: Satélite, fibra óptica, cable, espectro radioeléctrico y prensa escrita.
Con esta regulación hubiéramos evitado que una sola empresa que participa en estas cinco plataformas se convierta en la dueña absoluta de la opinión pública del país, como sucede en Estados Unidos o Inglaterra, donde existe la prohibición expresa de que una de ellas sea dominante en más de una plataforma.
Al no ser aceptado este control en materia de propiedad cruzada, se mantiene a las empresas actualmente dominantes en radio y televisión como entes altamente influyentes en la opinión pública del país, con lo que no se logra la democracia informativa que inicialmente perseguía esta iniciativa.
Finalmente, sin desdeñar los avances que representa esta reforma, dista mucho de ser la ideal, como fue planteada en el Pacto por México, puesto que los poderes fácticos una vez más con la complicidad de algunos diputados y senadores frenan el avance en la materia, por lo que debemos ser muy precavidos cuando se presenten las reformas secundarias, puesto que como dicen en el argot de los contratos: “En las letras chiquitas está el diablo”. Yo diría: “En las letras chiquitas están los poderes fácticos”. l
*Senador panista por Colima, presidente de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y secretario de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.








