Pemex Refinación Con licencia para transar

Un grupo de empresarios del ramo gasolinero denuncian la colusión que priva en Pemex Refinación, algunos de cuyos funcionarios aprueban la apertura de estaciones de servicio de manera ligera o en franca colusión con autoridades de Guadalajara y Zapopan. En varias de sus quejan presentadas ante la procuraduría estatal en los últimos meses señalan incluso a un magistrado del TAE y a un peculiar abogado: Enrique Ruiz Cortés.

Al amparo de funcionarios de Pemex y magistrados del Tribunal de lo Administrativo del Estado (TAE), durante los últimos años han aparecido decenas de gasolineras en Guadalajara y Zapopan que operan de manera irregular y sólo benefician a unos cuantos empresarios del ramo.

Integrantes del sector gasolinero tapatío presentaron una denuncia el 21 de febrero de 2011 ante Alfredo Rivera Vázquez, titular de quejas del Órgano Interno de Control en Pemex Refinación, en la cual señalan a Víctor Miguel Cevallos Remes, subgerente de ventas de la paraestatal en la Zona Occidente, como el funcionario que les autorizó de manera irregular permisos para abrir estaciones de servicio.

Según el escrito, fue él quien avaló la apertura de una gasolinera en Zapopan a la empresa Servicio Real Acueducto, S.A. de C.V., que se localiza en avenida Real Acueducto 405-A, colonia Real Acueducto, entre las avenidas Patria y Acueducto, pese a que tiene “un par de irregularidades graves” (constancia de trámite 8388).

La primera, sostienen, viola los preceptos de Pemex Refinación, pues el predio no se encuentra en una esquina ni tiene una superficie mínima de 800 metros con 30 metros lineales como frente principal. “Difícilmente llega a los 25 metros lineales”, arguyen.

La segunda es que la gasolinera tampoco tiene los 150 metros de distancia mínima con un centro de concentración masiva, según la norma, pues colinda con un restaurante ubicado a menos de 10 metros.

Los denunciantes citan otros ejemplos de la “discrecionalidad” de Cevallos Remes: las constancias de trámite CT 9056 y la CT 9103. La primera a favor de Autoservicio Red Gas, S.A. de C.V., fue construida en avenida Patria, esquina Ricardo Güiraldes; la segunda benefició a Becktrop Operadora, S.A. de C.V., y está ubicada en Naciones Unidas, esquina Patria. En ambos casos los expendios incumplen la norma.

También mencionan la constancia CT 8551 emitida a favor de Suministros Energéticos de Calidad para instalar una estación en Prolongación Vallarta 1940, San Juan de Ocotán, “la cual le fue otorgada a sabiendas de que ya había un proceso legal en contra de uno de los socios de la firma, el señor Eduardo Riguero Escoto, quien logró la licencia de construcción alterando y falsificando documentación de Pemex y diversas autorizaciones como las de la SCT y de Protección Civil estatal”.

El 3 de julio de 2012, Rivero Vázquez respondió a los promotores de la demanda mediante el oficio18-576-OIC-Aq-o-1398-2012, en el cual expone que, tras una investigación, el área de quejas detectó “hechos presuntamente irregulares atribuibles a servidores públicos adscritos a la Subgerencia de Ventas de Occidente”.

Por ello, añade, “se ordenó remitir las constancias que integran el expediente DE/032/2011 al área de responsabilidades de este órgano de control interno de Pemex Refinación para que, en uso de sus atribuciones y de considerarlo pertinente, proceda a iniciar el procedimiento administrativo de responsabilidades correspondiente, mismo que quedó registrado y radicado en dicha área bajo el expediente R. 107/2012”.

Proceso Jalisco se comunicó al área de responsabilidades de la paraestatal con Lizbeth Cruz para saber si se sancionó a Cevallos Remes. La funcionaria argumentó que no podía responder porque se trata de un asunto confidencial, pero la reportera se enteró de que Cevallos fue despedido junto con Miguel Ángel Soto, encargado del área técnica, y el superintendente Juan Aramoni.

Los gasolineros inconformes presentaron otra denuncia el 3 de mayo último contra José Luis Rodríguez Rábago, antecesor de Cevallos en el cargo, a quien acusan de coludirse con el ejecutivo de cuentas José Ernesto Sandoval Díaz y con Alejandro Agustín Rivas Soto, del área técnica de la paraestatal, para la autorización de planos que les permita instalar nuevas estaciones de servicio.

“Se presentaron situaciones de favoritismo con algunos empresarios gasolineros, evidenciando el relajamiento en la aplicación de la normatividad de Pemex Refinación en lo que respecta al otorgamiento de constancias de trámite”, ya que fueron autorizadas 16 estaciones de servicio “en su mayoría con documentación alterada o apócrifa”, señala el documento.

Los denunciantes exponen que en la certificación de los proyectos técnicos de construcción se pasaron por alto distancias de resguardo y se aprobaron proyectos “en predios con medidas inexistentes”. Bastaría, dicen, “una sola visita ocular para constatar las graves irregularidades que estos funcionarios han cometido al autorizar planos técnicos”.

Entre las firmas beneficiadas destacan Mega Gasolinera Especializada, Megaservicio Ecológico de Gasolina, Serviexpress Ecológico, Estación de Gasolinera de Ferrocarril, Autogasolinera Súper Ecológica, Gasolinera Leader Duce Express, Gaservicio Maestros, Estación Gigantes, Mega Servicio Gringas, Advance Gasolinas, Cuali Express, Gasolinera Zeus, Gasoservicio Express Circunvalación, Autogás Alemania, Súper Servicio Pablo Valdez y Combustibles Circunvalación.

También arguyen que esas 16 empresas acudieron al TAE para obtener la licencia de construcción aduciendo la afirmativa ficta “aún cuando varias de ellas se encuentran al 80% de avance de construcción (…) mintiendo con ello al juez administrativo”.

En su denuncia presentada ante el titular de Quejas de Pemex Refinación, los gasolineros aseguran que todas las constancias de trámite están a nombre de los hermanos Rafael, Óscar y Xavier Anceno García, a quienes califican de “pseudoempresarios que han corrompido a la mayoría de los funcionarios de Pemex Refinación que llegan a la zona Occidente, ayudados por los funcionarios Ernesto Sandoval y Alejandro Rivas”.

La lista negra

 

El 19 de enero de 2012 el abogado José Jesús Jorge Carbajal Sánchez presentó ante el TAE un procedimiento de declaratoria de afirmativa ficta –expediente 039/2012– a favor de 15 empresas, que con excepción de Combustibles Circunvalación fueron las denunciadas por los gasolineros, pues el ayuntamiento de Guadalajara fue omiso en responder a su solicitud de trámite de licencia de construcción. Al mes, el ayuntamiento admitió la querella en su contra.

Hay un dato que destaca: las 16 empresas tienen como representantes legales a Carbajal Sánchez y a Jorge Alberto García Cadena, este último litiga para el despacho Barba Sais y Asociados, S.C.

En ese lugar trabaja Julio Barba, sobrino del magistrado Alberto Barba Gómez, presidente de la Sexta Sala del TAE, donde curiosamente radica la querella de las 16 empresas. Barba Gómez es acusado por varios empresarios de recibir hasta 1 millón de pesos por cada apertura de estaciones de servicio.

El 16 de abril de 2012, Barba Gómez dictó sentencia definitiva del expediente 039/2012, y resolvió declarar la afirmativa ficta para la expedición “de las licencias de edificación para estación de servicio de gasolineras” a favor sólo de 14 empresas; la única que quedó excluida fue Advance Gasolinas, puesto que Carbajal Sánchez no pudo acreditar ser el representante de esa firma.

Ante la irregularidad cometida por el TAE, el 30 de abril Enrique Ibarra Jiménez, representante la empresa Red Nacional de Combustibles y Servicios, decidió interponer una demanda de amparo directo contra varias instancias públicas, entre ellas el Congreso local, el gobernador Emilio González Márquez, el magistrado Barba Gómez y el titular de Obras Públicas de Guadalajara.

Ibarra Jiménez exige al Congreso la aprobación de la Ley de Justicia Administrativa, en especial, el capítulo XVII “de los procedimientos especiales”, en el cual se establece la figura de afirmativa ficta; asimismo pide al Ejecutivo publicarla, mientras que al magistrado Barba Gómez le reclama por negarle el carácter de tercero interesado. Pues una de las gasolineras autorizadas por él está a sólo 100 metros de la del propio demandante, lo que, arguye, contraviene la ley

Al titular de Obras Públicas, Ibarra Jiménez le pide emitir la licencia de construcción para Autogasolinera Súper Ecológica de avenida Américas 202, donde, precisa, tuvo que derribarse una casa considerada monumento artístico. Asimismo, indica que esa estación de servicio opera desde hace una década.

Dice que el 22 de marzo de 2012 su empresa se enteró de que Autogasolinera presentó ante el TAE el procedimiento especial de afirmativa ficta, por lo que el 28 de ese mismo mes su representada ingresó un escrito ante la Sexta Sala “solicitando su carácter de tercera interesada”, pero el 12 de abril Barba Gómez le negó dicho carácter por “ser una figura supuestamente no contemplada en el capítulo XVII de la Ley de Justicia Administrativa”.

Es por ello que el afectado alega ante el juez de distrito en Materia Administrativa y del Trabajo que el capítulo XVII de la Ley de Justicia Administrativa de Jalisco viola la garantía de audiencia prevista en el artículo 14 constitucional y la garantía de acceso a la justicia prevista en el artículo 17, “al no contemplar la figura del tercero interesado”, por lo que pide se le otorgue el amparo indirecto contra leyes.

Un litigante singular

 

Entre 2006 y 2009, el abogado Enrique Ruiz Cortés logró abrir en Zapopan con un mismo amparo –el número 674/2006–, al menos 19 estaciones de servicio que no cumplían con la normatividad.

Empresarios contactados por Ruiz Cortés cuando tramitaban en el ayuntamiento zapopano la apertura de una gasolinera refieren que el abogado les vendía su amparo en 500 mil pesos para facilitarles esa gestión administrativa.

Si alguno se negaba a comprarlo, dicen, Ruiz Cortés lo amenazaba y les decía que él se encargaría de que no abrieran ningún establecimiento, exponen algunos de los afectados, quienes ya interpusieron su denuncia correspondiente contra el abogado ante la Procuraduría General de Justicia estatal.

Ruz Cortés obtuvo el amparo 674/2006 del juez primero de Distrito en Materia Administrativa en el estado de Jalisco, Francisco Olmos Avilés, y de Javier Alonso Quintero Zazueta el 15 de agosto de 2006, a efecto de que “las autoridades responsables no apliquen a los quejosos, en el presente y en lo futuro, los artículos 7 y 9, fracción III del Reglamento para el Establecimiento de Gasolineras y Estaciones de Servicio en el municipio de Zapopan, Jalisco, viciados de inconstitucionalidad”.

El artículo 7 establece una distancia mínima de mil metros entre una estación y otra, “sujetándose invariablemente a los lineamientos y normas de uso de suelo que señala el Plan de Desarrollos Urbanos Municipal y acatando las especificaciones generales (expedidas por Pemex)”.

El artículo 9, a su vez, indica que el predio donde se ubicará una gasolinera debe estar a una distancia mínima de 150 metros de centros de concentración masiva y a 30 metros de líneas de tensión, vías férreas y de las que transportan productos derivados del petróleo.

Con el amparo, Ruiz consiguió en 2006, cuando el priista Arturo Zamora Jiménez estaba al frente del ayuntamiento zapopano, que el entonces director general de Obras Públicas, Ignacio Vázquez Ceseña, le autorizara abrir dos gasolineras.

Una se construyó en prolongación Vallarta entre Periférico y avenida Aviación, pese a que el Plan Parcial de Desarrollo Urbano contempla que es un área para comercio y de industria ligera de bajo riesgo; la otra se abrió en avenida Tepeyac 6578, esquina Moctezuma, donde el Plan Parcial indica que es para uso habitacional y comercial.

En 2007, durante la administración del panista Juan Sánchez Aldana, Ruiz Cortés abrió tres gasolineras con el mismo amparo. El entonces  director de Obras Públicas, Carlos Romero Sánchez, dio su visto bueno para que se aprobara el dictamen de trazo, usos y destinos. Las estaciones de servicio se encuentran en:

Anillo Periférico y calzada del Servidor Público, cuyo uso de suelo es habitacional de densidad baja; la carretera a Saltillo 5629 y Chícharo, donde sólo se puede construir vivienda y comercio, y la última en el kilómetro 13.70 de la carretera Guadalajara-Nogales, donde el Plan Parcial sólo permite industria ligera y de bajo riesgo y servicios de comercio.

La última gasolinera la tramitó Ruiz Cortés junto con Carlos Miguel Fernández Pérez, a quien el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa le concedió el amparo 1156/2005 con el fin de “que las autoridades responsables no le apliquen los artículos 7 y 9 del Reglamento para el Establecimiento de Gasolineras y Estaciones de Servicio en Zapopan”.

En enero de 2008, el entonces director de Obras Públicas de Zapopan, Gabriel Hernández Romo, le autorizó a Fernández Pérez abrir una estación de servicio en avenida Patria y León Tolstoi, donde el uso de suelo es habitacional y comercial.

Por su parte, Ruiz Cortés, contraviniendo los planes parciales de desarrollo, logró que le autorizaran cuatro gasolineras más en avenida Guadalupe 5650, donde hay dos expendios a menos de 800 metros de distancia; la carretera Guadalajara-Nogales, a 200 metros del ingreso al club de la Universidad de Guadalajara; en Calzada del Servidor Público y avenida Valle de Atemajac, y una más en carretera a Tesistán y Las Calandrias.

Ese mismo año, el par de amparados consiguieron que el ayuntamiento obedeciera a la justicia federal y se les autorizara la apertura de dos gasolineras: una en avenida Real Acueducto y otra en Mariano Otero, esquina Nicolás Copérnico.

Con el mismo amparo 674/2006, Ruiz Cortés y Fernández Pérez lograron que el municipio les permitiera operar ocho estaciones de servicio, una de ellas por la carretera Guadalajara-Nogales, junto al fraccionamiento Technology Park. Para la tramitación ante Pemex Refinación, de acuerdo con la dependencia federal, los beneficiarios entregaron documentos apócrifos.

En su oficio PXR-SC-GVES-SVRO-SGAC-AC-630-668/2009, Jorge Moreno Velázquez, asesor comercial de la subdirección de ventas Regional Occidente, menciona que sobre “la autorización otorgada por Pemex Refinación para construir y operar una nueva Estación de Servicio, con ubicación en carretera a Nogales Fraccionamiento anexo Technology Park, le informo lo siguiente: De acuerdo con la revisión de los registros de nuestro sistema de información comercial y los expedientes de esta oficina, tanto el número de la constancia de trámite como su contenido no corresponden a los emitidos para esta asesoría comercial y no existe referencia alguna sobre la autorización que se manifiesta en dicho documento, el cual puede presumirse totalmente apócrifo y sin validez para este organismo”.

El registro corresponde a una gasolinera que se encuentra en Tamaulipas.