Señor director:
Le solicito publicar la siguiente petición, dirigida al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF), doctor Édgar Elías Azar.
Doctor Elías Azar: Solicito su apoyo en un juicio testamentario a bienes del de cujus Ángel Román Ferrat Solá. Este juicio testamentario fue abierto por mi relación con el empresario y político mexicano Ángel Román Ferrat Solá, quien, luego de ser mi pareja sentimental y de vivir conmigo casi 20 años, falleció el 7 de agosto de 2008. Ambos procreamos dos hijos: Jorge Ángel Ferrat García y María Teresa Ferrat García. El primero fue declarado clínicamente con un retraso mental “crónico e irreversible” mediante juicio de interdicción ante la juez undécima de lo familiar, María de Lourdes Loredo Abdalá, el 6 de diciembre de 2010.
El caso recayó primero en el Juzgado 37, el cual se excusó sin causa legal alguna, y luego quedó radicado en el Juzgado 38 de lo Familiar, a cargo del doctor Juan Tapia Mejía (expediente 112/2012).
Ante nuestra gestión legal, dicho juzgado solicitó al Archivo General de Notarías del Distrito Federal que en caso de existir un testamento del señor Ferrat Solá le remitieran copia certificada del mismo.
Para mi sorpresa, el 11 de septiembre de 2009 remitieron al juez un testamento elaborado por el notario público 93 del DF, licenciado Pedro Porcayo Vergara, que además de ser apócrifo está plagado de irregularidades, como se ha probado plenamente en el juicio de nulidad que está pendiente de resolverse. Dicho notario se prestó al juego sucio de elaborar ese testamento falso con fecha 12 de abril de 1980, resaltando que esa fecha correspondió a un sábado, aunque es conocido que los notarios no trabajan ese día.
El testamento apócrifo pretendió formalizarse mediante el instrumento notarial número 8872, a cargo del protocolo del notario Pedro Porcayo Vergara, para ser remitido al Archivo General de Notarías el 7 de noviembre de 2008 con el número de control interno de registro 5231; esto significa que dicho testamento apócrifo fue formalizado 28 años después del año en que supuestamente se realizó, lo cual viola la Ley del Notariado para el Distrito Federal, pues en aquel año la norma era dar aviso de manera inmediata al Archivo General de Notarías.
Otra situación irregular es que el testamento fue hecho por “Román Ferrat Solá”, cuando el nombre completo de mi expareja era “Ángel Román Ferrat Solá”; asimismo, descubrí que la fecha de nacimiento asentada también era incorrecta: 30 de marzo de 1939, siendo que Ángel Román Ferrat Solá nació el 30 de marzo de 1938, y el notario ni se enteró de tales datos de identidad.
Por si fuera poco, Marcela García Paniagua se autonombró albacea del testamento falso con el claro objetivo de apoderarse de la masa hereditaria, y los nombres de los supuestos testigos también están incompletos; es decir, uno de ellos se llama Francisco Benjamín Sánchez Cadena, mientras que en el documento falso aparece como “Francisco Sánchez Cadena”, y el otro, de nombre José de Jesús Medina Vargas, sólo fue registrado como “Jesús Medina Vargas”. Además, contamos con audio y cinta de video donde el supuesto testigo Francisco Benjamín Sánchez Cadena desconoce por completo su firma y el testamento.
Dadas las notorias irregularidades detectadas, el juzgado nombró a un perito tercero en discordia, y éste concluyó que la firma de Ángel Román Ferrat Solá no fue realizada de su puño y letra, como tampoco la del testigo Francisco Benjamín Sánchez Cadena.
Doctor Elías Azar, he sido víctima de presiones de todo tipo por parte de Christian Friederich Zínser Cieslik y Alberto Guzmán Bellinghausen, ya que como abogados legales de la señora García Paniagua y con base en presiones e influyentismo político, pretenden despojar a mis hijos de la masa hereditaria que les corresponde por ley del total que integra el acervo patrimonial de mi expareja.
Por otra parte, estoy enterada de que la señora Marcela García Paniagua y sus hijos están vendiendo en forma ilegal las propiedades que integran el acervo hereditario, pues Ferrat Solá nunca elaboró testamento ni fideicomiso alguno; para consumar lo que a todas luces es un saqueo, la señora García Paniagua, en contubernio con sus hijos y el Banco Azteca, S.A., elaboraron un fideicomiso (el F/551) para disponer de los bienes a través de poderes falsos supuestamente otorgados por el señor Ferrat Solá ante la fe del notario público 132 del DF, Roberto Courtade Bevilacqua, quien también participó en actos jurídicos ilícitos.
Le solicito a usted, señor presidente del TSJDF, atender este caso para que impere la justicia y se nulifique de una vez por todas el influyentismo que utiliza la señora Marcela García Paniagua, de modo que la sentencia se apegue a derecho, conforme a las actuaciones procesales y pruebas que hemos aportado a lo largo de casi cuatro años en el juicio que se sigue.
Atentamente
María Guadalupe García Cabello








