Aprueba Senado Ley de Personas Extraviadas

MÉXICO, D.F. (apro).- Con el voto a favor de todos los partidos, el Senado aprobó la nueva Ley de Registro Nacional de Datos, Personas Extraviadas o Desaparecidas que obliga a las diferentes entidades encargadas de procurar justicia en el país a desahogar con mayor diligencia las investigaciones, a dar seguimiento a los casos denunciados y a crear un padrón nacional de personas bajo ese estatus.

Según la legislación aprobada, el padrón deberá incluir la información relacionada con el personal que atienda a los denunciantes, así como de aquellas que estén a cargo del resguardo, detención o internación, y de aquellas que se desconocen sus datos de filiación, identificación y domicilio.

Precisa la ley:

“El extravío o no localización de personas puede estar asociada a una serie de ilícitos que afectan gravemente la unidad familiar y constituye uno de los grandes problemas de seguridad pública en nuestro país.

“Por lo que resulta necesario atender dicha problemática desde el ámbito administrativo y penal. No es para nadie ajeno el fuerte problema de inseguridad por el que actualmente atraviesa el país, y que una de sus expresiones lo constituyen los delitos que pueden derivar o estar asociados con la desaparición o el extravío de una persona”.

El objetivo de la Ley, que consta de 14 artículos y 4 transitorios, es dar seguimiento a los casos denunciados y proporcionar apoyo en las investigaciones para su búsqueda, localización o ubicación de su familia y lugar de residencia.

Con ella, toda autoridad administrativa o judicial que tenga conocimiento de una persona extraviada o reciba alguna denuncia por desaparición, deberá de comunicarlo al Registro Nacional, que será administrado por el Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP).

El SNSP, por su parte, deberá presentar un informe anual al Consejo Nacional de Seguridad Pública y remitir una copia al Congreso de la Unión que contenga las estadísticas que arroje el Registro, mismas que serán públicas.

El dictamen de la Ley, que tuvo su origen en la iniciativa presentada por los senadores priistas Mario López Valdez, Adolfo Toledo, Fernando Jorge Castro Trenti y Renán Cleominio Zoreda, será enviado al Ejecutivo federal para su eventual publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En tribuna, el perredista Valentín Guzmán Soto recalcó que es importante la nueva legislación ya que las desapariciones forzadas no son cosa del pasado.

Refirió que aunado a los más de 700 desaparecidos durante la guerra sucia de los setenta que están en la impunidad, hasta diciembre pasado la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) investigaba los expedientes de más de 2 mil 500 personas que fueron privadas de la libertad de manera forzada y que no han sido encontradas.

La ley prevé sanciones, en el caso de uso indebido de documentos y medios de licitación relacionados con ese registro de datos, así como su uso para un lucro indebido y que incluyen multas de 2 mil a 15 mil salarios mínimos.

Avanza Manual de Protección Ciudadana

En otro tema, el Senado aprobó también las reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública que obligan a las autoridades a elaborar un Manual de Protección Ciudadana que garantice la protección de la población en situaciones de riesgo en las que intervienen las fuerzas del orden, incluidos los retenes.

La reforma prevé que los tres niveles de gobierno se tendrán que coordinar para aplicar un manual de protección ciudadana y prevención de riesgos, al argumentar los senadores que es necesario establecer una serie de reglas para preservar la vida de los ciudadanos ante la violencia asociada con el combate a la delincuencia.

Se destaca en el dictamen que las autoridades deberán contar con reglas que regirán el comportamiento de las personas en cualquier acción que realicen las fuerzas armadas o cuerpos policiacos, durante las acciones para combatir al crimen organizado.

Las comisiones dictaminadoras de la iniciativa, que fue propuesta por el senador Tomás Torres, concluyeron que es necesario que las autoridades que participen en este tipo de acciones, y que deberán regirse por los principios de legalidad, eficiencia, racionalidad, profesionalismo, corresponsabilidad y respeto a las garantías y los derechos humanos.

La reforma a diversos artículos de la citada ley, obligan a las autoridades a fortalecer los sistemas de seguridad social de los servidores públicos, sus familias y dependientes, e instrumentar los complementarios a éstos.

“Aplicar un manual de protección ciudadana y prevención de riesgos como política permanente, sistemática, continua y evaluable, que sea difundido en todas las instancias de gobierno y a la sociedad civil de forma periódica”.

El manual deberá ser elaborado por el Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana.