Caso Cineteca Nacional: revoca IFAI reserva sobre polizas de fianza

MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) revocó la reserva manifestada a un particular por parte de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), sobre el expediente en el que el Fideicomiso para la Cineteca Nacional reclama el pago de dos pólizas de fianza a la Afianzadora Insurgentes.
Pese a que la Condusef declaró que no contaba con esa información y en alegatos sostuvo que dicho expediente se encontraba clasificado como reservado por un periodo de 12 años, es decir hasta 2018, el IFAI instruyó a ese organismo para que entregue copia digital del expediente por la reclamación de las fianzas del año 2006 con números 2303507900010001040000000000 y 2303507900010001040000000000.
En el análisis del caso, luego de que el particular interpuso un recurso de revisión y precisó el número de expediente DGOC/DC/SFSAR/3654/2006, referente a la reclamación de las dos fianzas, la comisionada Jacqueline Peschard sostuvo que para que proceda la calificación de reserva debían existir los siguientes elementos:
Que exista un proceso deliberativo; que la información concierna a opiniones, recomendaciones o puntos de vista que se presentan dentro de dicho proceso, y que no se haya tomado una determinación del proceso deliberativo, es decir, que se encuentre en trámite
Peschard explicó que la decisión definitiva dentro del procedimiento que le compete a la Condusef ya fue tomada, por lo que la reserva no puede estar sujeta a la condición futura e incierta de que las partes recurran o no ante una autoridad judicial.
En este sentido, la comisionada ponente propuso revocar la clasificación invocada por el sujeto obligado e instruir a que ponga a disposición del recurrente la información consistente en el expediente DGOC/DC/SFSAR/3654/2006, conformado por la reclamación de fianzas presentada ante la Condusef por el Fideicomiso para la Cineteca Nacional, en contra de Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., por el pago de dos pólizas de fianza.
Más aún, dijo que en caso de que el expediente pudiera contener información clasificada como confidencial, como son los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para su difusión, deberá elaborar versión pública.