MADRID, (apro).- Por seis votos a favor y uno en contra, el Tribunal Supremo absolvió este lunes a Baltasar Garzón por el caso de las investigaciones relacionadas con los crímenes del franquismo.
El máximo tribunal español consideró que Garzón incurrió en un error de origen al calificar los hechos como crímenes contra la humanidad, lo cual derivó en que sus siguientes resoluciones en esta causa judicial reprodujeran nuevos errores. No obstante, advierte que no se acredita que haya cometido el delito de prevaricación.
La resolución de hoy llega cuatro día después de que fuera separado de la carrera judicial por un lapso de 11 años por ordenar la intervención de comunicaciones de los responsables del caso Gürtel, la mayor trama de corrupción política en España.
El pasado jueves 23, el pleno del Consejo General del Poder Judicial formalizó la salida de Garzón de la carrera judicial y el retiro de los honores que no se vio simplemente como una exclusiva coincidencia, cuando se cumplieron 31 años de la asonada de golpe de Estado de 1981, año en que un grupo de guardias civiles y militares pretendió tomar el poder.
Días atrás había quedado archivada también la causa por los cobros de cursos en la Universidad de Nueva York, debido a que había prescrito. Sin embargo, en el entorno del exjuez se valoró que ésta, pese a haber sido archivada, lo dejaba en la indefensión para defenderse por los duros términos en los que se dirigió el juez Manuel Marchena sobre Garzón, a quien acusó de haber cometido un delito, supuestamente por quedarse con el dinero para esos cursos, pero que lo archivaba por haberse vencido el término para juzgarlo.
En este tercer juicio, el del franquismo, el máximo tribunal criticó que aquí se pretenda iniciar lo que calificó como juicios de la verdad, como los que vivió Argentina.
El fallo precisa que en España no es posible este tipo de juicios, porque solo es posible investigar cuando existe una persona física a la cual investigar, y en el caso del franquismo, tanto el dictador Francisco Franco como sus ministros y responsables políticos están muertos.
Explica que a estos responsables, a los que les imputa un plan sistemático de exterminio, ya habían fallecido cuando se inició la investigación de Garzón.
La sentencia dice: “El derecho a conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal y solo tangencialmente puede ser satisfecho”, de manera que no se pueden aplicar las características del sistema penal de enjuiciamiento con este caso.
Añade: “Difícilmente puede llegarse a una declaración de verdad judicial, de acuerdo con las exigencias formales y garantistas del proceso penal, sin imputados, pues estos fallecieron, o por unos delitos, en su caso, prescritos y amnistiados. El método de investigación judicial no es el propio del historiador. En definitiva, ni son patentes las diferencias entre memoria e historia y también lo son las que existen entre ésta y las resultantes de una indagación judicial realizada con una finalidad distinta de la que persigue el historiador”.
Sin embargo, el tribunal considera que la “búsqueda de la verdad” corresponde al Estado a través de otros organismos, y debe contar con el concurso de todas las disciplinas y profesiones, como los historiadores, “pero no corresponde al juez de instrucción” cuya función define la ley procesal con un objeto de indagación, y los métodos de indagación del juez de instrucción “no tienen nada que ver con el proceso investigador del historiador. No procede mezclar la verdad histórica con la forense”.
El tribunal reconoce que hubo una “objetiva desigualdad” entre las víctimas de uno y otro bando, porque el bando reprimido son víctimas que nunca fueron reconocidas ni resarcidas, y que Garzón buscó “subsanar” esa desigualdad.
El caso ha tenido una repercusión mediática a nivel global. Al menos 70 medios de comunicación españoles y extranjeros han seguido las distintas etapas del juicio, debido a la notoriedad internacional alcanzada por Garzón, por sus juicios en contra de algunos de los dictadores sudamericanos, como el chileno Augusto Pinochet y el argentino Adolfo Galtieri, por sus sentencias contra líderes de la mafia internacional y contra organizaciones terroristas como ETA o Al Qaeda.
Su caso ha sido seguido también por observadores enviados ex profeso por Amnistía Internacional, Human Right Watch y la Comisión Internacional de Juristas, entre otros organismos.
La acusación popular, en este caso las organizaciones ultraderechistas sindicato Manos Limpias y Libertad e Identidad, pedía contra Garzón una inhabilitación de 20 años y que fuera multado, además de pagar los costos del juicio.
Estas organizaciones, vinculadas al pensamiento franquista, consideran que el exmagistrado de la Audiencia Nacional vulneró la Ley de Amnistía de 1977, al declararse competente para investigar los crímenes del franquismo. En contra, además de la defensa de Garzón, la Fiscalía del máximo tribunal pidió su absolución Garzón y el archivo de la causa en su contra.












