Desde el 1º de enero prácticamente no existe Poder Judicial en México, pues dejó de funcionar la Suprema Corte de Justicia de la Nación al ser jubilados los 25 ministros que la integraban, y el presidente Ernesto Zedillo no ha enviado a la Cámara de Senadores los nombres de los nuevos, para que sean aprobados o rechazados por ese órgano legislativo.
“El que el presidente Zedillo, con sus reformas recientes a la Constitución, haya suprimido la Corte, viene a agravar la situación general en que desgraciadamente se encuentra el país. Aunque lo de Chiapas y lo de la devaluación del peso son problemas diferentes e inconexos, la desaparición de la Corte puede dar origen a una inestabilidad social que se manifieste en actos de violencia y en levantamientos contra el gobierno”, dice el constitucionalista Ignacio Burgoa Orihuela.
Añade: “Esta acción representa un atentado contra la Constitución, porque ningún Poder, llámese Legislativo, Ejecutivo o Judicial, puede suspenderse, ni mucho menos desaparecer como es el caso. No se ha creado la nueva Corte por negligencia del Ejecutivo Federal. El Senado está fuera de período de sesiones y positivamente está esperando que el Presidente llame a un período extraordinario para corregir la anomalía.
“Mientras, los mexicanos permanecemos sin protección alguna de posibles actos anticonstitucionales. Simplemente porque no hay órgano encargado de velar por las garantías individuales, ni lo habrá hasta que el Presidente lo decida. Que en México pase esto es un caso único en la historia: un país sin jueces no es un país democrático”, enfatiza.
Los antiguos 26 ministros que integraban la Corte fueron jubilados conforme al segundo artículo transitorio de la reforma judicial del gobierno zedillista, que en su totalidad hizo más de 60 modificaciones al contenido de 26 artículos relativos a la materia.
Por ahora, en la Suprema Corte de Justicia sólo funciona la Comisión de Gobierno y Administración –encabezada por los ministros Ulises Schmill Ordóñez, Carlos de Silva Nava y Juan Díaz Romero–, en espera de que el Senado de la República apruebe cuando menos siete de las 18 propuestas de nuevos magistrados que el presidente Zedillo debe enviarle.
“Ciertamente, en estos momentos existe un vacío en el Poder Judicial, que permanecerá hasta que los nuevos ministros sean designados. En estas circunstancias, la Suprema Corte está imposibilitada para dictar resoluciones en materia de constitucionalidad de leyes, por lo que es urgente que se termine esta situación”, comentó el panista Fernández Pérez Noriega, presidente de la Comisión de Justicia en la Cámara de Diputados.
El líder de la fracción panista en el Senado, Gabriel Jiménez Remus, dijo que tal situación implica eventuales violaciones a las garantías individuales, que podrían ser irreversibles ante la inexistencia de un órgano supervisor de la Constitución.
Deslindó: “El Senado quedó indefenso para revisar las propuestas de ministros y proceder a su ratificación, como consecuencia del retraso del Ejecutivo para entregar la lista de los prospectos”.
Desde el lunes 2 de enero, la sede de la Suprema Corte, situada a un costado de Palacio Nacional, permaneció sin actividades. En pasillos, elevadores, baños y escalinatas de esta imponente estructura de acero y concreto, los pocos trabajadores de confianza que asistieron especulaban sobre su futuro.
Entre los más de 120 secretarios de Estudio y Acuerdo crecía la incertidumbre sobre su destino: “No sabemos qué es lo que va a pasar con nosotros. La mayoría tenemos nuestras bases en diferentes estados de la República y desconocemos si nos van a regresar o enviar a otro lado. Es una gran incertidumbre”.
La mayor soledad se observó en el tercer piso, donde se encuentran las cuatro salas –penal, civil, administrativa y laboral– y los despachos de los 26 ministros.
Algunos de estos sacaron sus pertenencias desde el 15 de diciembre cuando, por motivo de las vacaciones navideñas, fueron suspendidas las labores de la Corte. Otros como el general de división, Carlos García Vázquez, de la Cuarta Sala, todavía el jueves 5 dirigía a una cuadrilla de trabajadores que, sin prisa, empacaban libros y documentos personales
Sólo los ministros Mariano Azuela, Clementina Gil de Lester, Carlos Sempe Minvielle, Luis Fernández Doblado, Irma Cue Sarquis, Anastacio González Martínez y Noé Casteñón León, no habían quitado, como lo hicieron sus demás compañeros jubilados, las placas que, a un lado de las puertas, mostraban sus respectivos nombres.
La mayor actividad se concentró en el segundo piso, donde el expresidente de la Corte, Schmill Ordóñez, continúa despachando como encargado de la Comisión de Gobierno y Administración. De no ser por la docena de hombres de seguridad que custodian la oficina del magistrado, la presencia del funcionario pasaría inadvertida.
Varias veces se hizo el intento de entrevistar a Schmill Ordóñez y el reportero siempre encontró una negativa. Carlos Ravelo Galindo, encargado de Comunicación Social, justificó la actitud del funcionario:
“Fue un acuerdo de todos los exmagistrados no dar ninguna declaración política que pudiera ser motivo de publicidad”, dijo.
Después, él mismo mostró el sentimiento de incertidumbre que priva en la institución: “A mí ahora puede llegar a tocarme el nuevo director de Comunicación Social y decirme que por favor desocupe su oficina. Y ni modo, así son las cosas en el gobierno. Uno tiene que acatar las decisiones del nuevo gobierno”.
“IMITACION EXTRALOGICA”
El artículo 29 de la Constitución establece que sólo en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, el Presidente de la República, con la autorización del Senado, podrá suspender las garantías individuales dentro del territorio nacional.
“Después de este precepto –dice Burgoa Orihuela–, no existe otro en la Constitución que faculte al Poder Ejecutivo para suspender los derechos de los ciudadanos y mucho menos la función de alguno de sus poderes.”
La excepción fue el período revolucionario, cuando la Corte interrumpió su función al entrar en vigencia un Estado anómalo. Apunta:
“En una revolución interior, se rompe, se quebranta todo el orden constitucional y puede ser justificable la suspensión de la Corte, aunque legalmente no lo sea. El caso actual es un fenómeno totalmente distinto al de aquella época. Aquí conservamos un régimen de derecho, no hay revolución, no hay guerra civil y, sin embargo, se hizo desaparecer la Corte anterior que venía funcionando desde 1917.”
Burgoa Orihuela afirma que las modificaciones del presidente Zedillo deben reformarse en cuanto a quitar al Presidente la facultad de proponer ternas de magistrados.
“Nuestra propuesta es que el Senado los nombre, a partir de las listas que le proporcionen las instituciones independientes de abogados y de maestros de las facultades de Derecho en el país, a fin de evitar que las designaciones obedezcan a razones de carácter político, favoritismos o amiguismo del Presidente en turno.”
El constitucionalista asegura que esta facultad, otorgada al Ejecutivo a partir de 1928, aceleró el proceso de deterioro del Poder Judicial, dado que la designación de ministros cada vez más fue recayendo en “políticos” y no en prestigiados juristas.
En 1928, el entonces presidente Plutarco Elías Calles, “por un espíritu de imitación extralógica”, reformó la facultad de designar a los ministros de la Corte, adoptando el sistema imperante en Estados Unidos, donde desde hace 200 años es facultad exclusiva del Ejecutivo, bajo la aprobación del Senado.
Antes de esta enmienda, la Constitución confería esa facultad al Congreso de la Unión.
“Hasta la fecha –concluye Burgoa–, la designación de ministros sigue sin obedecer a un análisis, una ponderación o una evaluación de todas las cualidades que debe tener un jurista para formar parte de la Corte.”
“EN RUEDA DE PLATA”
Antes de la reforma de Ernesto Zedillo, los presidentes José López Portillo y Miguel de la Madrid, intentaron modificar la estructura del Poder Judicial.
Cercano el término de su período presidencial, en 1987, De la Madrid impulsó una reforma que proporcionaba a los tribunales colegiados la atribución de crear su propia jurisprudencia dentro del ámbito de su competencia. Contradictoriamente, concedía a la SCJN la última palabra en el amparo contra las leyes. Atribuciones que la reforma de Zedillo delega ahora en el Consejo de Judicatura Nacional.
En noviembre de 1977, López Portillo propuso facultar a la Suprema Corte de Justicia para conocer y juzgar acerca de los conflictos derivados de los procesos electorales.
El rechazo en esa ocasión provino de Alberto Vázquez del Mercado, expresidente de la SCJN, quien aseguró que la medida llevaría a un mayor sometimiento del Poder Judicial ante el Ejecutivo: “Bajo este esquema, la acción de la Corte será política y estará, por tanto, sometida al mandamás político del país: el Presidente de la República” (Proceso 53).
Vázquez del Mercado se había ganado fama de prestigiado jurista, luego de que el 13 de mayo de 1931 –siendo presidente Emilio Portes Gil– solicitó su renuncia como ministro ante “el sometimiento” de la Corte.
Un año antes, en 1930, Vázquez del Mercado había escrito una carta al presidente Emilio Portes Gil, presentándole su renuncia por violaciones a la autonomía del Poder Judicial, cuando el entonces secretario de Guerra, Plutarco Elías Calles, había nombrado un juez de Distrito.
Desde entonces, denunció: “Se nombra como ministros a gente muy sometida y, por lo general, que muy poco sabe. Se concretan a ver las portadas de los libros de Derecho y leen algunos artículos de las leyes que tienen que ver inevitablemente. Este es un gran defecto. Pero lo extraordinariamente grave es su sumisión como cuerpo y como individuo. Un maestro me decía la justicia rueda, pero en rueda de plata”.








