Calambres en el STJ

La forma desaseada y aun inconstitucional en que fueron designados en 2009 los magistrados Aurelio Núñez López y Leonel Sandoval, este último padre del alcalde tapatío Jorge Aristóteles Sandoval, causaron polémica en el Poder Judicial. Desde el principio, varios jueces presentaron su inconformidad y pidieron anular los nombramientos. Tras varias peripecias legales, el 30 de junio último el Juzgado Cuarto de Distrito en materia administrativa ordenó la remoción de Sandoval, lo que mereció el aplauso de los querellantes, entre ellos el de Marissa Vargas Castolo.

Las designaciones viciadas e inconstitucionales de los magistrados Leonel Sandoval Figueroa, padre del alcalde tapatío Jorge Aristóteles Sandoval, y Aurelio Núñez López en noviembre de 2009, exhiben y enfrentan a los poderes Judicial y Legislativo de Jalisco, cuyos integrantes aprovechan la lentitud de la justicia federal para tomar decisiones a partir de criterios políticos.

Molestos porque el proceso no se ciñó a la norma, Marissa Vargas Castolo, Miguel Ángel Cárdenas Rodríguez y Gabriel Rodríguez Rodríguez, quienes concursaron en aquella ocasión, interpusieron juicios de amparo en un intento por invalidar los nombramientos de Sandoval y Núñez.

Después de año y medio, el Juzgado Cuarto de Distrito en materia administrativa del trabajo en la entidad ordenó, el 30 de junio último, la remoción del padre del alcalde, adscrito al Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco (STJ).

A Sandoval Figueroa, diputado del PRI en el Palacio de San Lázaro durante la LIX Legislatura, se le señala por tráfico de influencias, así como por solapar irregularidades en la operación de restaurantes y giros restringidos en la administración municipal de su hijo Jorge Aristóteles (Proceso Jalisco 329).

La Carta Magna y la Constitución local destacan que como magistrado se debe nombrar de manera preferente a los aspirantes que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la administración de justicia, o que lo merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica.

Además, en el expediente de Sandoval Figueroa –el 226/1991– destaca que él tiene antecedentes de “falta de probidad” que provocaron su despido como juez mixto de Zapotlanejo el 17 de enero de 1992.

Marissa Vargas Castolo, actual titular del Juzgado Sexto de lo Civil, se muestra satisfecha porque, dice, finalmente el tribunal Cuarto de Distrito en Materia Administrativa del Trabajo le dio la razón el 30 de junio pasado, al ordenar que “el pleno del Congreso local someta nuevamente a votación la plantilla de aspirantes” a ocupar la silla vacante en el STJ.

Este semanario obtuvo copias certificadas de la resolución dictada por Juan Manuel Villanueva Gómez, adscrito al Juzgado Cuarto de Distrito en materia administrativa y de trabajo en Jalisco (amparo 1870/2009).

Siete días después, el jueves 7 el impartidor de justicia federal notificó a Vargas Castolo sobre la separación de Sandoval Figueroa, aunque aclara que debe considerarse válido todo lo actuado por el magistrado “hasta el momento de su separación, sin que proceda exigirle el reintegro de las percepciones recibidas”.

Villanueva Gómez también indica que en el proceso para la designación del magistrado que sustituirá a Sandoval Figueroa, los diputados de la LIX Legislatura local “deberán purgar los vicios de inconstitucionalidad advertidos en esta resolución”.

Acto de justicia

 

Marissa Vargas Castelo labora en el Poder Judicial en 1992, donde ha sido juez en materia familiar en el primer partido judicial. Entrevistada en su oficina, comenta que tuvo que recurrir al amparo para pelear un lugar en el STJ como mínimo “acto de congruencia”, e insiste en que la elección de jueces y magistrados debe hacerse con criterios objetivos y en procedimientos transparentes.

“El amparo me lo concedió el juzgado el 30 de junio pasado y en él  señala al Congreso la serie de irregularidades cometidas a la hora de realizar la elección de los magistrados Leonel Sandoval Figueroa y Aurelio Núñez López (…)

“(A los aspirantes) no se nos midió con la misma vara, toda vez que mientras en la convocatoria se nos exigía que el currículum que presentábamos fuera soportado con la documentación correspondiente, y la gran mayoría de los participantes lo realizamos, esas dos personas (Sandoval Figueroa y Núñez López) no lo hicieron”.

A la pregunta de si el tema de fondo es que en el Congreso las magistraturas se reparten por cuota política, la entrevistada sostiene que “esto es lo que refleja el resultado” Y relata que en un amparo anterior al que ella presentó en noviembre de 2009, su compañero Gabriel Rodríguez Rodríguez hizo “los mismos señalamientos a los diputados”. Les dijo que no habían evaluado adecuada y objetivamente a los participantes.

En su petición de juicio de amparo, Vargas Castolo presentó como prueba de las deficiencias en la designación un acta elaborada por el Consejo de la Judicatura el 16 de junio de 2008. Según la copia del documento obtenido por Proceso Jalisco, Sandoval y Núñez no acreditaron su currículum vitae.

Por ello, según la juez, la destitución de Sandoval como juez mixto de Zapotlanejo en enero de 1991 es una “resolución que no fue impugnada en su momento y, por tanto, quedó firme”. E insiste: eso era motivo suficiente para eliminarlo de la lista de aspirantes a la magistratura en 2009.

Vargas Castolo indica que la justicia habrá de prevalecer, aun cuando el magistrado afectado (Sandoval Figueroa) puede solicitar la revisión del juicio. No obstante, advierte que los trámites podrían durar un año “con la gravedad de que personas que no son aptas para ocupar el cargo lo siguen ejerciendo”.

Al igual que Vargas Castolo, Miguel Ángel Cárdenas Rodríguez, actual titular del Juzgado XIII de lo Civil, también se inconformó por la designación de Sandoval y de Núñez y se amparó. Él también obtuvo una resolución favorable y está en espera de que se confirme la revisión sobre el caso:

“Esperamos que se resuelva a la mayor brevedad para llegar a feliz término en beneficio de la ciudadanía. Mi asunto está en la revisión desde el año pasado, pero en virtud de que el Tribunal Colegiado tiene mucho trabajo lo mandó a Morelia y espero que en dos o tres meses llegue la respuesta”, dice.

El caso de Núñez López

 

Los vaivenes en torno a los magistrados Leonel Sandoval y Aurelio Núñez se iniciaron en junio de 2008. El día 13 de ese mes, mediante un acuerdo legislativo el Congreso estatal determinó la no ratificación de los magistrados José Francisco Ramírez Estrada y Bonifacio Padilla González, cuyos periodos de cuatro y siete años habían concluido, aun cuando tenían derecho a ser ratificados por un último periodo de 10 años más.

Cuatro días después, el 17 de junio, Leonel Sandoval sustituyó a Padilla González, y Aurelio Núñez ocupó en lugar de Ramírez Estrada. El juez Gabriel Rodríguez Rodríguez (amparo 1414/2008) impugnó los nombramientos “por vicios en el procedimiento de designación”.

En cumplimiento del amparo, el 12 de noviembre de 2009, el Congreso estatal designó a los mismos magistrados, pero invirtió las sustituciones: Núñez quedó en lugar de Padilla González y Sandoval suplió a Ramírez Estrada, quien se jubiló antes de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitiera el fallo.

El proceso de sustitución fue impugnado de nueva cuenta por los jueces Marissa Vargas y Gabriel Rodríguez. En diversas resoluciones se sobresee (se da por concluido el juicio) en contra de la nueva designación de Aurelio Núñez porque los jueces federales consideran que su nombramiento quedó sin efecto. Lo anterior a causa de que, según la controversia constitucional 49/08, la no ratificación de Padilla González dejó sin efecto el nombramiento de su sustituto.

En consecuencia, el 22 de junio de 2010 el Congreso acordó dejar sin efecto el dictamen de no ratificación de Padilla y ordenó su reinstalación, tal como notificó al pleno del STJ en días subsecuentes. De igual modo, los legisladores invalidaron la designación de Núñez.

El afectado interpuso un amparo y solicitó la suspensión correspondiente. La autoridad se la concedió, a condición de que el acto reclamado por Núñez –dejar sin efectos su nombramiento– no fuera consecuencia de cumplimiento de una controversia constitucional.

Sin embargo, el 13 de agosto siguiente el pleno del STJ reinstaló al magistrado Padilla González en sus funciones en la Séptima Sala, “en sustitución del magistrado Aurelio Núñez”, pero contravino la legislación al ordenar que éste permaneciera en el cargo.

El acuerdo, tomado por mayoría, provocó que el pleno del máximo tribunal del estado tuviera 35 magistrados en lugar de 34, como ordena la ley. Los integrantes del STJ respondieron que habían actuado de esa manera para respetar la suspensión concedida a Núñez por el Juzgado Quinto de Distrito en materia administrativa en el estado de Jalisco (expediente 1471/2010), a pesar que fue dada con una condicionante.

El 1 de febrero pasado quedó vacante la magistratura que cubría Gregorio Rodríguez Gutiérrez, decano del STJ, quien decidió jubilarse. Siete días después, el mismo tribunal acordó notificar al Congreso el retiro del magistrado e informarle que no se generó vacante alguna en virtud de que “se adscribió al magistrado Aurelio Núñez a la Novena Sala, por gozar de una suspensión definitiva”.

Magistrados consultados sobre el tema advierten que es inconstitucional que entre el 13 de agosto de 2010 y el 8 de febrero de 2011 hayan estado en funciones 35 magistrados. El Congreso local reaccionó y el 29 de marzo último interpuso la controversia constitucional –la 40/2011–contra el Poder Judicial, por considerar que invadía sus funciones en lo relativo a la designación de los magistrados.

La controversia se encuentra en trámite, por lo que Núñez sigue en funciones.