Niegan amparo a la FMB contra desafiliación a la Codeme

* La Confederación Deportiva Mexicana sólo tomó conocimiento de la decisión de la Federación de Baloncesto, considera el juez Tovilla
* La medida pone en duda la celebración del premundial de la especialidad en Monterrey

México, D F, 11 de noviembre (apro)- La fracturada Federación Mexicana de Baloncesto, que preside el yucateco Enrique Basulto, recibió hoy un violento revés en sus propósitos de celebrar el Premundial de la especialidad 2005, en virtud que el juez noveno de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, Álvaro Tovilla, le negó el amparo contra su desafiliación en la Confederación Deportiva Mexicana (Codeme)
Los planes de Basulto y su federación dieron un repentino vuelco una vez que un asombrado presidente del Comité Olímpico Mexicano, Felipe El Tibio Muñoz –uno de los dos respaldos con los que contaba esta federación– admitió ante los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte de la Cámara de Diputados que respetará la resolución del juez
Sin entrar en detalles, porque dijo desconocer el dictamen, Felipe Muñoz afirmó que su apoyo a esta federación fue en estricto apego a la Carta Olímpica; pero el fracaso de la Federación Mexicana de Baloncesto también podría repercutir en breve en la federación internacional de esta disciplina, hasta ahora el organismo que reconocía al comité ejecutivo encabezado por Basulto
El juez resolvió que el acto reclamado por la Confederación Deportiva Mexicana –en el acuerdo número 20040104, contenido en el oficio CDM/CD/001/04 del 15 de diciembre de 2004– fue el indicado, puesto que la Codeme simplemente se limitó a tomar conocimiento de la determinación unilateral de la federación de baloncesto por desafiliarse de la misma, el 18 de diciembre de 2003
Por lo tanto, el juez precisó que fue voluntad de esta federación desafiliarse de la Codeme, motivo por el cual el juicio de garantías resulta improcedente cuando se trata de un acto derivado de otro consentido
La Federación Mexicana de Baloncesto fundamentó sus reclamos para solicitar su desafiliación de la Codeme en los siguientes acontecimientos, entre otros puntos:
1 Instruir y constituir una comisión de honor y justicia el 13 de noviembre de 2003, que actúo el día 11 de noviembre del mismo año sin apegarse al estatuto de la Codeme en su artículo 46 fracción III, y sin haber recibido recurso alguno interpuesto por algún asociado
2 Violación al artículo 106 del reglamento de la Codeme
3 Violación al artículo 57 del estatuto de la Codeme por no presentar a quién acusa de la federación y por abstenerse de manifestar las imputaciones o infracciones supuestamente cometidas
Todavía queda un amparo pendiente que interpuso el propio Basulto contra su sanción de dos años ordenada por la Codeme