Ley de Fomento y Difusión de la Cultura

Como lo había anunciado Sari Bermúdez, presidenta del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta), el presidente Vicente Fox envió el pasado martes 20 de septiembre la iniciativa de Ley de Fomento y Difusión de la Cultura a la Cámara de Diputados
La ley no difiere mucho en la esencia del proyecto de ley con el mismo nombre filtrado hace más un año a la prensa, que fue rechazado por la comunidad cultural, aunque nunca fue reconocido por el Conaculta como propio
Ambos establecen ser reglamentarios de la fracción V del artículo Tercero constitucional respecto de la obligación del Estado de promover y difundir la cultura, dan formalidad al Sistema de Información Cultural, a la Reunión Nacional de Cultura y hablan de la creación de una coordinación intergubernamental
La nueva iniciativa fortalece “legalmente” al Conaculta, manteniéndolo como órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública (SEP) con “autonomía técnica y administrativa” y con las atribuciones para coordinar a las “entidades paraestatales del subsector cultura”, INBA e INAH entre ellas
La versión oficial fue enviada a los medios informativos por el área de Comunicación Social del Conaculta, no obstante que hace un año, cuando legisladores y medios exigieron información al respecto, Bermúdez argumentó estar “impedida legalmente” para abrir la discusión del proyecto
La iniciativa contiene una introducción en la cual se justifica la creación de esta ley Ahí se recuerda que desde la creación del Programa Nacional de Cultura 2001-2006 “se estableció el compromiso de impulsar una reforma al marco legal para el sector cultural”, pero omite que esta iniciativa tardó cinco años en elaborarse y que desde su creación en 1988 el Conaculta carece de ese marco
Indica, además, que se consideraron las propuestas presentadas en el Parlamento de Cultura, organizado por el Congreso de la Unión en agosto pasado, cuando lo cierto es que ahí el consenso fue no legislar al vapor y se pidió no aprobar la iniciativa que presentara el Conaculta
Hace ya un año, algunos intelectuales y legisladores advirtieron que esta iniciativa pretendía sólo legitimar al Conaculta, consolidando con ello un aparato burocrático que controlaría a los institutos nacionales de Bellas Artes (INBA) y de Antropología e Historia (INAH) (Proceso, 1450)
El documento señala que respetará y reconocerá “los ámbitos de actuación que por leyes específicas le corresponden” a los institutos, incluyendo el Mexicano de Cinematografía Pero en un apartado de la propia ley indica que el Conaculta “realizará la revisión y análisis integral de los proyectos de programas de los órganos desconcentrados y entidades del subsector cultura, para asegurar su congruencia global, la optimización de sus recursos y su evaluación, así como para llevar a cabo la gestión presupuestaria correspondiente”
Y en el artículo séptimo transitorio establece:
“Se derogan las disposiciones que se opongan a la presente ley”
En la parte introductoria se indican los elementos básicos del contenido normativo de la iniciativa, que son siete: 1 Principios orientadores de las actividades del gobierno federal para apoyar la cultura y las artes; 2 Instrumentos de apoyo a la cultura; 3 Mecanismos de coordinación intergubernamental y con las entidades federativas; 4 Mecanismos de participación ciudadana; 5 Educación, cultura y ciencia; 6 Vinculación de la cultura con el turismo, los medios de comunicación y la promoción y apoyo a las industrias culturales, y 7 La organización y funciones del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes
La iniciativa consta de 41 artículos Los primeros establecen los objetivos, las definiciones para el Conaculta, el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes (Fonca), la Reunión Nacional de Cultura y las industrias culturales, entre otros conceptos Se definen también los principios “orientadores”
Se establece la creación de una instancia de coordinación, que recuerda a la del proyecto anterior, y que debe integrarse con las “dependencias y entidades” de la administración pública federal que realicen actividades relacionadas con el objetivo y contenido de esta ley En este sentido se ha señalado que si es absurdo que el Conaculta se sobreponga a los institutos nacionales, lo sería más que un organismo se le sobrepusiera al Consejo
También se ha criticado la centralización, y la ley formaliza la Reunión Nacional de Cultura, a la cual el Conaculta “invitará” a las entidades federativas a formar parte Contará con un coordinador ejecutivo designado por el presidente del Conaculta, quien presidirá las sesiones Entre las funciones de esta Reunión está el opinar sobre las políticas culturales y programas y “en su caso” formular propuestas “para su mejora”
En cuanto al Conaculta se establece que propondrá el Programa Nacional de Cultura y coordinará su ejecución Promoverá y apoyará, dice, las políticas e instrumentos de protección al patrimonio cultural de la nación, e impulsará y apoyará la educción en las escuelas e institutos oficiales para la enseñanza y difusión de las artes y culturales populares, entre otras materias Así mismo se mantiene intocable el hecho de que el presupuesto del Conaculta siga integrado al presupuesto general de la SEP
Para su aprobación, esta ley deberá pasar el dictamen de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados, luego tendría que ser aprobada por ésta y ser enviada a la Cámara Alta, lo cual podría trascender este periodo de sesiones
El diputado perredista Inti Muñoz aseguró hace más de un mes que había consenso entre las distintas fracciones parlamentarias para no aprobar la iniciativa presentada por el Ejecutivo, pero en los medios de comunicación diputados panistas ya se han expresado en favor de ella por lo que, como expresaban con temor algunos analistas, podría darse un “albazo” y aprobarse esta ley en fast track l