Partes del Bosque de Chapultepec, devoradas por el lucro

Partes del Bosque de Chapultepec, devoradas por el lucro
Ilegalmente, Hank autorizó la venta de 50,000 metros de terrenos federales
Ignacio Ramírez
A fines del sexenio pasado, cuando más festinaba la regularización de la tenencia de la tierra en la ciudad de México, el regente Carlos Hank González autorizó ilegalmente la venta de casi 50,000 metros cuadrados del Bosque de Chapultepec, propiedad de la nación
El precio de la autorización fue una bicoca: 50 pesos el m2
Dichos terrenos constituyen una de las cinco porciones que, con un total de 462,000 metros cuadrados, conforman la tercera sección de ese parque nacional
Planos, escrituras, decretos, planes de desarrollo urbano, convenios, oficios y fotografías prueban lo ilegal de la operación
Uno de los documentos más importantes es el expediente de la Secretaría de Asentamientos Humanos, foliado con el número 19950, de fecha 30 de noviembre de 1982 —un intento de último momento para dejar constancia del problema y para que fuera seguido judicialmente—, remitido al entonces procurador general de la República, Oscar Flores Sánchez:
Fue signado el expediente por el licenciado Sergio Valls Hernández, en ese momento director general de Asuntos Jurídicos y de Legislación de la SAHOP y actual jefe de audiencias del presidente Miguel de la Madrid
El documento central de ese expediente es una amplia referencia de los terrenos federales en la Delegación Miguel Hidalgo, sus antecedentes, dueños originales y cómo parte de ellos fueron enajenados en forma subrepticia e ilegal Dos conclusiones sobresalen: tipifica el delito de despojo a la nación y solicita a la Procuraduría General de la República que se ejerza la acción penal para deslindar responsabilidades
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Todo comenzó cuando a fines del sexenio pasado la SAHOP investigó el Club Hípico de la Ciudad de México, enclavado en la tercera sección del Bosque de Chapultepec Grande fue la sorpresa de los técnicos y funcionarios al detectar la invasión de terrenos que se sabían federales Hasta un helipuerto privado existía —aún en operación— que, construido por el DDF, era y es administrado por la “Fraccionadora Santa Fe”, SA de CV
Lejos estaban los peritos de saber que el 29 de septiembre de 1982, el profesor Hank González, en su carácter de jefe del DDF, y Vicente Bandín Bandín, representante de “Predios y Fraccionamientos”, S de RL firmaron un convenio relativo a la autorización del Fraccionamiento “Rinconada de Corregidores”, en una superficie de 49,95661 m2, precisamente la porción “A” de la tercera sección del Bosque de Chapultepec
He aquí las cláusulas económicas obligatorias para el fraccionador: $2497,83000 como pago del terreno, a razón de 50 pesos el m2; $4496,09490 por concepto de los derechos de conexión de tuberías; $2497,83050 por los derechos de conexión del sistema de atarjeas, y $1049,08881 correspondientes al impuesto del 15% adicional sobre las dos últimas cantidades estipuladas
“El fraccionador —dice la cláusula quinta— se obliga a pagar a el Departamento las cantidades a que se refieren las cláusulas anteriores con un total de $10540,84471 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS 71/100), a la firma del presente convenio”
Al calce del documento de 26 cláusulas, las firmas de Hank González, Bandín Bandín y Guillermo Guerrero Villalobos, secretario de Obras y Servicios del DDF
En un intento de salvar las irregularidades, Hank González había firmado semanas antes, el 3 de septiembre de 1982, el Acuerdo No 89, que se refiere a la modificación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Miguel Hidalgo, respecto del terreno llamado porción “A” del antiguo Rancho de Coscoacoaco, así llamada en el documento la primera de las cinco fracciones que integran la tercera sección del Bosque de Chapultepec
Sin embargo, el acuerdo no se publicó en el Diario Oficial de la Federación sino hasta el 4 de noviembre
El propósito era evidente:
Con el pretexto de que “la planificación urbana en el Distrito Federal se orienta a una mejor distribución físicoespacial y socioeconómica en el territorio del DF” y que “la zonificación establecida en el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Miguel Hidalgo debe obedecer a un ordenamiento racional del potencial que representa la zona en término de usos del suelo y de densidad e intensidad” —dicen los considerandos del Acuerdo No 89— Hank González modificó el uso del suelo, de propiedad federal a propiedad privada, dejando esos terrenos en manos del fraccionador Bandín
Ante esta anomalía, los representantes de los colonos acudieron inútilmente a diversas oficinas públicas; incluso el propio Hank González se negó a recibirlos Sin más alternativa, interpusieron el recurso de amparo —número 365/82-2—, concedido el 25 de noviembre de 1982 En el primer acto reclamado, los residentes del Bosque de Chapultepec impugnaron el Acuerdo No 89 “porque desvirtúa la naturaleza jurídica como bien del dominio público del parque nacional, al cambiar el destino, de espacio abierto, para convertirlo en zona habitacional para la construcción de vivienda de alto costo”
Y fue el último día del sexenio pasado, el 30 de noviembre, cuando en un intento por anular el ilegal negocio, el Diario Oficial de la Federación publicó el acuerdo 0110, firmado también por Hank González, que revocaba el Acuerdo No 89
Sólo que el daño ya estaba hecho (aunque se hubiera cancelado inclusive el fraccionamiento) pues los delitos de fraude y despojo a la nación se persiguen de oficio, además de que existe otra prueba fehaciente y no menos irrebatible: fueron vendidos terrenos y aún se construyen mansiones en ese lugar Hasta el 30 de noviembre de 1982, según el expediente de Valls Hernández, no se había detectado la anulación del fraccionamiento
Con relación a este asunto, el regente Ramón Aguirre Velázquez, en una carta dirigida a un periódico capitalino, publicada el 5 de enero de 1983, arguyó que el acuerdo 0110 revocó al 89 Efectivamente, pero eso fue en el papel, porque terrenos federales fueron vendidos finalmente en perjuicio de la nación
En su escrito, aprovecha la oportunidad para manifestar “la instrucción que tenemos del señor Presidente de la República, Lic Miguel de la Madrid, de no autorizar modificaciones urbanas, ya sea de carácter industrial o habitacional, que perjudiquen el equilibrio ecológico que debemos preservar y mejorar en la medida de nuestras posibilidades, por lo cual los desarrollos futuros en el Distrito Federal deberán estar insertos en el Plan de Desarrollo Urbano que para esta ciudad y el resto del país elaboren las autoridades competentes”
Bien que no se autoricen modificaciones urbanas en el parque nacional, dice el licenciado Germán Cabrera Pontón, presidente de la Unión de Colonos del Bosque de Chapultepec, que agrupa a 120,000 residentes, “pero de lo que se trata en este caso es de que el Departamento del Distrito Federal y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología investiguen a fondo la venta masiva de terrenos federales, no sólo en la porción `A’ sino en toda la tercera sección del bosque”
Y agrega:
“Resulta sospechoso e inadmisible que el regente Aguirre Velázquez y el secretario de Desarrollo Urbano, Marcelo Javelly Girard, encubran este fraude a la nación cometido por Hank González, confabulado con sus principales colaboradores, entre ellos Guillermo Colín Sánchez, exdirector del Registro Público de la Propiedad; Rolando Díaz Ortiz, director general Jurídico y de Gobierno; Guillermo Guerrero Villalobos, secretario de Obras y Servicios, y Javier Caraveo Agüero, director general de Planificación del DDF, cargo que ocupa desde el sexenio pasado También deben investigarse a los extitulares de la Delegación Miguel Hidalgo, Rafael de la Torre Abedrop y Roberto Figueroa Martínez, y el actual delegado Fernando Ulibarri Pérez”
Los abogados consultores de la Unión de Colonos proporcionaron el siguiente marco normativo en relación con los posibles delitos cometidos en el caso de la Tercera Sección del Bosque de Chapultepec:
En el caso del delito de despojo de cosas inmuebles, equiparable al robo de terrenos, de acuerdo con lo estipulado por el Código Penal para el Distrito Federal, se aplicará la pena de tres meses a cinco años de prisión Cuando el despojo se realice por grupo o grupos, que en su conjunto sean mayores de cinco personas, además de la pena señalada, se aplicará a los autores intelectuales y a quienes dirijan la invasión, de uno a seis años de prisión
Cuando es daño en propiedad ajena, quien por cualquier medio se cause daño, destrucción o deterioro de cosa ajena, o de cosa propia en perjuicio de terceros, se aplicarán las sanciones de robo simple, o sea de cuatro a diez años de prisión y multa de 180 hasta 500 veces el salario mínimo general vigente en el DF Cabe cuestionar si un juez tomaría en cuenta el daño ecológico por la merma que sufre el Bosque de Chapultepec, como delito
Además, de acuerdo con lo establecido por la Ley General de Bienes Nacionales, se sancionará con prisión de seis meses a cinco años a quien a sabiendas de que un bien pertenece a la nación, lo explote, use o aproveche sin haber obtenido precisamente concesión, permiso, autorización o celebrado contrato con la autoridad competente, o sea la SEDUE, que podrá recuperar directamente la tenencia material de los bienes inmuebles de que se trate
Y a los notarios públicos que autoricen actos o contratos en contravención a las disposiciones de la misma Ley, se les puede cancelar hasta la licencia
El delito de fraude se castiga con prisión de tres a 12 años y multas hasta de 120 veces el salario mínimo, si el valor de lo defraudado fuere mayor de 500 veces ese salario
Con relación al delito de encubrimiento, el Código Penal establece que se aplicarán de cinco días a dos años de prisión al que no procure por los medios lícitos que tenga a su alcance, evitar la consumación de los delitos que sabe van a cometerse o se estén cometiendo, si son los que se persiguen de oficio O cuando requerido por las autoridades no dé auxilio para la investigación de los delitos o para la persecución de los delincuentes
Y para el delito de ejercicio indebido de servidor público, al infractor se le impondrán de dos años a siete años de prisión, multa de 30 a 300 veces el salario mínimo vigente en el momento de cometer el delito y destitución e inhabilitación de dos a siete años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión pública
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“Por último —puntualizan los abogados consultores— debe advertirse que la Ley General de Bienes Nacionales estipula en sus numerales 16, 30 y 60 que tanto los inmuebles de dominio público como de dominio privado de la Federación son imprescriptibles e inembargables y no estarán sujetos, mientras no varíe la situación jurídica, a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, pues todos los habitantes de la República pueden usar los bienes de uso común como las plazas, paseos y parques públicos cuya construcción o conservación esté a cargo del gobierno federal”
Independientemente de que Hank González autorizó ilegalmente la venta de una porción del Bosque de Chapultepec, desde hace 30 años políticos, fraccionadores, extranjeros y millonarios han ido devorando poco a poco ese parque
Con el encubrimiento del entonces jefe del DDF y de sus principales colaboradores —a quienes se les podrían fincar responsabilidades por este motivo— grandes ricos invadieron propiedad federal, cambiaron el uso del suelo a su antojo y especularon con la plusvalía de áreas destinadas a zonas verdes y esparcimiento
Sin obstáculo oficial, compradores de buena fe o no, miembros destacados de la iniciativa privada y funcionarios asientan sus propiedades en terrenos que son patrimonio nacional: Margarita y Alicia López Portillo, Jacobo y Abraham Zabludovsky, Guillermo Rossell de la Lama, Sergio Bolaños, Gabriel Alarcón, Francisco Lun Kan y Pablo Fountanet, además de tres grandes firmas inmobiliarias: “Fraccionadora Santa Fe”, SA de CV, “Predios y Fraccionamientos”, S de RL e “Integración de proyectos inmobiliarios”, SA de CV
Han construido y construyen mansiones mediante el uso indebido de la tierra, en flagrante violación a las leyes y a los planos de desarrollo urbano Así, mientras miles de conciudadanos de los alrededores viven en la marginación, los poderosos han rellenado barracas, modificado el cauce natural de vertientes, desforestado indiscriminadamente el bosque, consumen grandes cantidades de agua para sus jardines y utilizan predios de carácter unifamiliar para levantar edificios, condominios y zonas comerciales
Las actuales autoridades del Departamento del Distrito Federal y de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología no hacen nada para frenar la voracidad en el Bosque de Chapultepec
“Definitivamente —acota el licenciado Cabrera Pontón— se encubre el fraude contra la nación Hay muchos intereses creados e influyentes para quienes las leyes no existen Tal es el caso de las hermanas de López Portillo, que para construir sus mansiones hicieron rellenar una barraca con material, equipo y personal del DDF”
La historia de los terrenos da luces de cómo fueron despojados a la nación: declaraciones en falsedad y certificados de libertad de gravámenes
Uno de los antecedentes es el siguiente:
El 30 de septiembre de 1940, mediante escritura número 54, el gobierno federal adquirió por donación que le otorgaron la señora Juana Cuevas y la sucesión testamentaria de Manuel Martínez del Campo, una extensión de terreno forestado por la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, con superficie de 431,698 metros cuadrados Y el 21 de diciembre de 1943, el DDF compró y recibió en donación otros terrenos hasta completar una superficie total de 456,320 m2, que conforman actualmente la casi totalidad de la tercera sección del Bosque de Chapultepec
Más tarde, el 29 de agosto de 1952, mediante escritura 2976, los señores Jorge Adalberto Vázquez Dávila y Carlos de Mora Vázquez, constituyeron la sociedad “Predios y Fraccionamientos”, a la cual el primero aportó las cinco porciones del antiguo Rancho de Coscoacoaco, o sea la tercera sección del Bosque que se suponían ya de propiedad federal
De acuerdo con el documento firmado por el licenciado Valls Hernández, en la copia de esa escritura aparecen cinco certificados de libertad de gravámenes, expedidos a nombre del “propietario” Vázquez Dávila Y se encontró que los “derechos de propiedad” estaban inscritos con números distintos a los que en realidad les correspondían En pocas palabras: las inscripciones del supuesto propietario eran falsas
Vázquez Dávila había manifestado que adquirió las porciones de terreno a José Mancebo Banfield, mediante escritura número 4338 de fecha 20 de enero de 1952, otorgada ante la fe del licenciado Rafael Enríquez Vidal, notario público número 117 de esta ciudad Pero se deduce, dice el documento de Valls Hernández, que el vendedor de esos terrenos no los tenía registrados a su nombre
El 23 de junio de 1956, o sea cuatro años después, la Procuraduría General de la República fue requerida, por primera vez, por la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa para que demandara la nulidad de las enajenaciones realizadas por Mancebo Banfield y sus causahabientes
“Por otra parte —añade el expediente— se ha tenido conocimiento de que por hechos sucesivos se continúan las enajenaciones En efecto, 39 particulares se ostentan como propietarios de sendos lotes de terrenos que forman parte de la indicada superficie de propiedad federal”
Y especifica que el gobierno federal acredita fehacientemente la propiedad y la posesión de los terrenos que constituyen la tercera sección del Bosque de Chapultepec, mediante Decreto 10 de enero de 1958, publicado el 7 de febrero de 1958 Y la SAHOP solicita a la Procuraduría General de la República la nulidad de las enajenaciones
“En virtud de todo lo que se ha expuesto —concluyó Valls Hernández—, me permito reiterar la solicitud de la extinta Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa, sobre la necesidad de iniciar, o continuar en su caso, el procedimiento judicial de nulidad de las escrituras correspondientes y que afectan al patrimonio del gobierno federal, y tener en cuenta los nuevos elementos que se aportan, con lo que se demuestra que en el caso no puede haber prescripción de acciones, ya que son hechos sucesivos ininterrumpidos los de las pretendidas ventas Por otra parte, como de todo lo que se ha relatado pudieran desprenderse hechos constitutivos de delito, le ruego tenga a bien disponer que se inicie la averiguación previa correspondiente”
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Con estos antecedentes, el licenciado Germán Cabrera Pontón anunció que se integra ya la demanda correspondiente en contra de quien resulte responsable, por parte de la Unión de Colonos del Bosque de Chapultepec, la cual será presentada próximamente ante la Procuraduría General de la República
“A ver si ahora sí nos hacen caso —dijo—, porque no se puede hablar de renovación moral cuando hay tanta inmoralidad para encubrir y solapar a los grandes ricos y poderosos, exfuncionarios y supuestos servidores públicos venales”
Cabrera Pontón demanda también el esclarecimiento de la muerte de la actriz Natalia Herrera Calles —quien había denunciado la invasión de terrenos federales en el Bosque de Chapultepec—, hecho ocurrido la madrugada del 19 de noviembre del año pasado
Y él no ha estado exento de agresiones:
Recientemente fue agredido por dos guaruras, quienes, a bordo de un vehículo con placas sobrepuestas —744BCE, que no corresponden a la unidad—, le chocaron intencionalmente, por tres ocasiones, su automóvil