Federación de Atletismo Caso Lozano, del desfalco a la Corte

El 28 de enero de 2020 el presidente de la Federación Mexicana de Asociaciones de Atletismo, Antonio Lozano Pineda, fue sentenciado a seis años de cárcel por peculado, cuyo daño al erario asciende a 4.8 millones de pesos. Sin embargo, mediante resquicios legales ha conseguido la reducción de su sentencia a tres años de prisión conmutables por una multa de 9 mil 349 pesos. Pese a las pruebas en su contra y al fallo de magistrados que determinaron que sí cometió el ilícito, el federativo pretende escapar llevando su pleito a la Suprema Corte, para que ésta revise su caso.

El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito resolvió no amparar al presidente de la Federación Mexicana de Asociaciones de Atletismo (FMAA), Antonio Lozano Pineda, contra la sentencia dictada por la magistrada del Tercer Tribunal Unitario, quien por el delito de peculado le impuso una pena de tres años de cárcel, conmutables por una multa de 9 mil 349 pesos.

En la resolución dictada el 15 de mayo de 2020, la magistrada Isabel Cristina Porras Odriozola determinó que Lozano deberá reparar el daño patrimonial causado a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), por lo que está obligado a devolver los 4.8 millones de pesos que se le entregaron para comprar insumos médicos y suplementos alimenticios en beneficio de un grupo de atletas.

Inconforme porque el juicio de amparo directo que promovió le fue negado, Lozano insiste en seguir la batalla jurídica, por lo que solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la revisión de su caso, pues considera que existen violaciones a la Constitución.

“(Existen) medios de prueba de los cuales se advierten indicios que resultaron eficaces para acreditar plenamente que Antonio Lozano Pineda fue el activo que ejecutó el hecho típico penal de peculado; además de que es factible conjuntar los indicios que de las pruebas reseñadas se desprenden, al advertirse a partir de ellas, de modo innegable, la responsabilidad del quejoso”, indica la resolución del Tribunal Colegiado del cual Proceso posee una copia.

En 2012 y en 2016 Lozano fue denunciado ante la Procuraduría General de la República por las irregularidades detectadas en el ejercicio y comprobación de tres montos que recibió de los fideicomisos Fondo Nacional del Deporte (Fonade) y Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento (Fodepar): 568 mil pesos para comprar insumos médicos, otros 1.9 millones de pesos para más insumos médicos para 60 deportistas y 2.3 millones para adquirir suplementos alimenticios en beneficio de 16 deportistas.

Lozano fue acusado de que las facturas con las que compró los recursos son falsas, de que dos de las tres empresas que expidieron dichas facturas no venden ese tipo de productos, de que las fechas de las tres facturas son anteriores a la fecha de entrega de los recursos públicos y de que los atletas no recibieron los insumos médicos ni suplementos, por lo que la Conade presumió el desvío de dinero del Fonade y del Fodepar.

En diciembre de 2016 Lozano fue detenido y llevado al Reclusorio Sur, donde se le dictó auto de formal prisión. Tras haber pagado una fianza fue puesto en libertad en enero de 2017.

El 28 de enero de 2020 el juez séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales lo sentenció a seis años de prisión inconmutables.

El presidente de la FMAA apeló esa resolución y es así como su caso, en segunda instancia, llegó con la magistrada Isabel Cristina Porras Odriozola, quien modificó la resolución del juez séptimo y consideró a Lozano responsable del delito de peculado, pero le graduó la responsabilidad “en mínimo”, por lo que le impuso sólo tres años de prisión o el pago de la multa de 9 mil 349 pesos.

Reclamos

Como Lozano optó por el pago de la multa, que sustituye el cumplimiento de la pena de prisión, sus derechos políticos y civiles están intactos; esto significa que se suprime la destitución e inhabilitación para desempeñar un cargo, empleo o comisión públicos, por lo que no tiene ningún impedimento para continuar como presidente de la FMAA.

El 13 de agosto de 2020, el Décimo Tribunal Colegiado admitió la demanda de amparo de Lozano, quien en 16 puntos enumeró las razones por las cuales promovió ese recurso legal.

Según el federativo, la magistrada del Tribunal Unitario violó sus derechos fundamentales: seguridad jurídica, legalidad, debido proceso, defensa adecuada y exacta aplicación de la ley; según él, también fue vulnerado el acceso a la tutela judicial, ya que en esta segunda instancia no le admitieron pruebas para probar su inocencia.

En la demanda de amparo, entre otras cosas, Lozano señaló que el Tribunal Unitario no valoró que quien decidió el destino de los recursos públicos que le entregaron fue el Comité Técnico del Fodepar y no la federación que él encabeza, que no hay evidencias de que el dinero lo distrajo del objetivo por el cual se lo dieron y que lo usara para beneficio propio o ajeno, que existen documentos que demuestran que sí adquirió los insumos médicos y los suplementos alimenticios y que éstos se usaron para la preparación de los atletas rumbo a los Juegos Panamericanos de Guadalajara 2011 y Londres 2012.

En su retahíla de reclamos, Lozano también alegó que si las empresas no están en los domicilios fiscales que aparecen en las facturas con las cuales comprobó los 4.8 millones de pesos, no es “su culpa” que se hayan cambiado, pues “se revisaron tres años después”; dijo también que él no era el responsable de entregar los insumos, sino el área de Medicina del Deporte de la Conade.

Se quejó de que la magistrada no tomó en cuenta las declaraciones de dos de sus testigos: el exvelocista sonorense Alejandro Cárdenas, exsubdirector de Calidad del Deporte de la Conade, y Jorge Tienda Martínez, exvocal de la FMAA, también compadre de Cárdenas, quienes declararon que Lozano sí compró y entregó los insumos, y que si éstos no llegaron a los atletas fue por culpa del “área de Medicina”.

En el documento también se lee que Lozano expuso que existen documentos que demuestran que los productos fueron entregados a los siguientes atletas: Víctor Bolio, Cecilia del Carmen Sandoval, Jesús Bedolla, Gabriela Becerril, Jeshua Ortiz, Fanny­ Gerardo y Radamés Ortiz, y que esta evidencia no fue tomada en cuenta.

Cabe aclarar que ninguna de esas personas es atleta; Bolio, Sandoval, Bedolla y Jeshua­ Ortiz son médicos, Becerril es sicóloga, Gerardo es nutrióloga y Radamés Ortiz es fisiatra. Todos laboraban para la Conade durante los hechos señalados.

Lozano también expuso que fueron ignorados los testimonios de un grupo de deportistas que declararon que sí recibieron los suplementos alimenticios. Es importante acotar que ninguno pertenece a la federación de atletismo: algunos de ellos son Analicia Ramírez (remo), María del Rosario Espinoza (taekwondo), Elsa García (gimnasia), Patrick Loliger (remo) y Ana Lago (gimnasia).

“No se demuestra que ellos recibieron los suplementos ni los insumos médicos (adquiridos por Antonio Lozano), por ello no se les otorgó valor demostrativo”, determinaron los magistrados.

En conclusión: Lozano insistió en que “no hay evidencia probatoria y que la magistrada Porras tiene indebidamente probada su responsabilidad”.

Los magistrados desmenuzaron uno por uno y explicaron por qué los conceptos de violación son infundados y por qué sí está demostrado “que distrajo los recursos federales para uso propio y ajenos, ya que los depositó en cuentas diversas, una a su nombre y dos a nombre de personas ajenas”.

Pruebas contra Lozano

Para los magistrados, el modus operandi de Lozano es muy claro: recibió tres transferencias de recursos públicos, simuló la compra de los insumos y los comprobó con facturas falsas.

“La documentación presentada por el quejoso presenta varias irregularidades, lo cual denota la desviación de los recursos”, concluyeron.

Los magistrados consideraron que es claro que los 568 mil pesos fueron comprobados con una factura de Grupo Maxprise que se dedica a la venta de insumos para ferreterías y tlapalerías, así como de materiales para la construcción de obra civil.

Además, cuando expidió la supuesta factura por ese monto, la empresa ya había cerrado, pues así lo declaró uno de los socios.

Asimismo el administrador de Comercializadora Empresarial y Administradora Cadena, SA de CV, Alfredo García Hernández, declaró el 14 de diciembre de 2015 que no conoce a Antonio Lozano, tampoco le vendió productos médicos, energéticos o deportivos ni le expidió la factura con la cual comprobó 1.9 millones de pesos y que en los archivos de la empresa aparecía como cancelada.

Comercializadora Cadena se dedica a la prestación de servicios del ramo aéreo y ferroviario; el domicilio que aparece en la factura es una casa en una unidad habitacional ubicada en Monterrey, cuyo habitante es un señor que manifestó que ha vivido ahí durante 10 años y que jamás ha sido usada para un negocio.

Comercializadora Hecgue de México, con cuya factura por 2.3 millones de pesos Antonio Lozano comprobó el dinero público, se dedica a comercializar productos de acero, entre otros metales, plásticos, maderas y materiales eléctricos. Su supuesto domicilio fiscal en Monterrey no fue localizado y en el de la Ciudad de México se encuentra una empresa que renta oficinas.

Los magistrados encontraron infundados los reclamos de Antonio Lozano, pues “independientemente de las coincidencias y fechas de expedición (de las facturas), destacan irregularidades que le restan credibilidad: las empresas que las expidieron no se dedican a la venta de insumos médicos ni suplementos alimenticios, el domicilio fiscal de las empresas no corresponde al señalado, no es fidedigna la factura cancelada.

“Es infundado porque las ventas y adquisiciones avaladas por las supuestas facturas no fueron concretadas, con lo cual el quejoso no cumplió con el objeto para el cual fueron designados los recursos federales, porque al no haber adquirido los medicamentos y suplementos alimenticios resulta lógico que no fueron entregados a los atletas.”

Por si fuera poco, no pasó inadvertido para los magistrados que Antonio Lozano transfirió los 568 mil pesos de la cuenta de la federación de atletismo a una suya personal, que los 1.9 millones de pesos los depositó a la cuenta de la empresa Sighter Industrial y Comercial y que los 2.3 millones los transfirió de la cuenta de la FMAA a nombre de una cuenta de Comercializadora Hecgue.

Testigos peculiares

Proceso publicó en noviembre de 2012 que, con la complicidad y ayuda de Alejandro Cárdenas, del personal de comprobaciones de la Conade y de Jorge Tienda Martínez, Antonio Lozano cometió los delitos de los cuales se le acusa.

En dos reportajes (ediciones 1881 y 1882) este semanario dio cuenta de cómo, vía la firma BP Sports, propiedad de Jorge Tienda, se adquirieron algunos de los suplementos alimenticios –que además fueron contrabandeados, pues tenían etiquetas en inglés y no contaban con el permiso de la empresa que los vende en México– que fueron solicitados supuestamente para dárselos a los atletas.

La función de Lozano era solicitar los recursos par comprar los insumos, y la de Cárdenas, autorizar la salida de dinero del Fodepar y “palomear” los documentos con los que se comprobaban las compras.

Jorge Tienda, cuyo domicilio se encuentra en Monterrey, fue el responsable de entregar menos de la mitad de los 3 mil 900 suplementos por los cuales se pagaron 2.3 millones de pesos.

Esto explica por qué dos de los involucrados en el ilícito, Cárdenas y Tienda, fungieron como testigos en favor de Antonio Lozano durante su juicio.