Entre amigos, la fiscalización de recursos en la Sedena y la Semar

Con la tolerancia de la Secretaría de la Función Pública de gobiernos anteriores y el del actual, las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina realizan una fiscalización de sus recursos que carece de imparcialidad, pues los titulares de sus Órganos Internos de Control no son civiles, como lo mandata la ley. “Los titulares de estas oficinas de vigilancia omiten sus rangos militares cuando firman documentos oficiales, para hacerse pasar por civiles”, denuncia en entrevista el teniente coronel Eduardo Navarrete Montes.

Las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y de Marina (Semar) carecen de una real fiscalización de los recursos públicos que manejan. 

Violando la Ley Orgánica de la Secretaría de la Función Pública (SFP), de las instituciones armadas provienen los titulares del Órgano Interno de Control (OIC), cuando por ley el encargado de dicha fiscalización debe ser una persona ajena a las instituciones o dependencias para garantizar imparcialidad.

Sin embargo, la violación de dicha ley ha sido tolerada “tácita e indebidamente” durante años por la SFP, cuya titular en la 4T, Irma Eréndira Sandoval, tampoco ha dado muestras de que intentará corregir a la Semar y a la Sedena para que se ajusten a la ley, denuncia el teniente coronel Eduardo Navarrete Montes, maestro en amparo por el Instituto Tecnológico Superior de Sinaloa y abogado postulante en materia penal, disciplinaria, administrativa y de seguridad social de las Fuerzas Armadas.

Documentos obtenidos por Proceso revelan que pertenecen al Ejército y a la Marina quienes se desempeñan como inspectores y contralores generales en ambas instituciones. En el caso de la Sedena, quien firma como titular de la OIC lo hace sin su grado militar. 

En el oficio AQ 8025, que obra en el expediente 2018/SEDENA/DE864, André Georges Foullon Van Lissum, general de división Diplomado de Estado Mayor, responde como titular del OIC de la Sedena a un cabo de infantería que denunció presuntas irregularidades administrativas, cometidas por servidores públicos adscritos a la Sedena.

Foullon Van Lissum le señala que, de acuerdo con varios artículos del Reglamento Interior de la SFP, con fecha del 2 de octubre de 2019, el titular del área de quejas emitió un acuerdo de conclusión y archivo del expediente iniciado en el OIC por la denuncia que presentó ante la Secretaría de Disciplina del Consejo de la Judicatura Federal, por presuntas violaciones a sus derechos humanos atribuibles a servidores públicos adscritos a la Sedena.

El acuerdo se sustentó en que no existen elementos de prueba que acrediten de “forma fehaciente” que algún servidor público adscrito a la Sedena haya cometido dichos actos u omisiones.

En la firma de dicho documento, Foullon Van Lissum eliminó su grado de “general de división, diplomado de Estado Mayor”. Esa omisión, dice el teniente coronel que denuncia las irregularidades, sirve “para hacerse pasar por un civil”.

El 2 de marzo último el presidente Andrés Manuel López Obrador nombró a André Georges Foullon Van Lissum subsecretario de la Sedena.

Ese mismo día, el mandatario también designó a Gabriel García Rincón, general de división, diplomado de Estado Mayor, inspector y contralor general del Ejército y Fuerza Aérea.

García Rincón asumió el OIC de la Sedena y cuando firma los documentos oficiales opta por escribir “maestro”, expone el oficio AQ 2737 del 18 de junio 2020, en el que informa a un general brigadier retirado que un escrito que envió fue remitido al Instituto de Seguridad para las Fuerzas Armadas.

“¿Así o más ilegal?”, cuestiona en entrevista con este semanario el teniente coronel Navarrete, quien cuenta con experiencia operativa de 26 años y con cursos en Special Forces y Ranger en el Ejército de Estados Unidos, así como de Fuerzas Especiales Kaibil, en Guatemala; de Guerra en la Selva, en Brasil, y de Gendarmería, en Francia.

En su artículo 37, fracción XII, la Ley de la Secretaría de la Función Pública señala que le corresponde designar y remover a los titulares de los OIC de las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como de las unidades administrativas equivalentes en las empresas productivas del Estado, las cuales dependerán “jerárquica, funcional y presupuestalmente” de la propia SFP.

Además, al órgano fiscalizador también le corresponde designar y remover a los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades de los citados órganos internos de control, quienes tendrán el carácter de autoridad y realizarán la defensa jurídica de las resoluciones que emitan en la esfera administrativa y ante los tribunales federales, representando al titular de la SFP.

La Semar y la Sedena van a fiscalizar el manejo de todos los recursos cuando ni siquiera están legalmente constituidos los OIC, cuestiona. 

La Constitución dice que los titulares de los OIC de la SFP deben ser civiles, lo que quiere decir que la dependencia prefiere ignorar el punto, permitiendo que las instituciones armadas nombren a generales y almirantes como titulares de la fiscalización”, señala Navarrete Montes.

Y destaca una contradicción sobre lo que denuncia: la normativa de la Semar indica que el inspector y contralor general deberá ser un almirante y que a éste le corresponderá, entre otros asuntos, inspeccionar, supervisar, fiscalizar y auditar los recursos humanos, materiales y financieros de la institución, estableciendo y ejecutando los programas respectivos, así como informando los resultados al secretario.

Así ha ocurrido durante años, el mismo secretario de Marina, Rafael Ojeda Durán, antes se desempeñaba como inspector y contralor general. Incluso, desde diciembre de 2018 el sucesor de Ojeda Durán en la contraloría es el almirante Luis Orozco Inclán, quien, a su vez, firma como titular del OIC.

Parcialidad

El 31 de enero último se presentó el ­Informe anual de actividades 2019 del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Semar.

En la página 16 –del documento de 23 hojas– uno de los puntos habla sobre que fueron registradas 46 denuncias por acoso y hostigamiento sexual en 2019. En la página 15 se informa que no ha recibido denuncias por conflicto de interés. El reporte está firmado por el almirante Luis Orozco Inclán, titular del OIC.

El 17 de junio pasado, como inspector y contralor general de la Marina, Orozco presidió, en representación del secretario Ojeda Durán, una ceremonia de relevos de mandos territoriales.

En cuanto a la Sedena, su Reglamento Interior ordena que el inspector y contralor general será un general de división con maestría en administración militar para la seguridad y defensa nacionales.

Especializado como Ranger en operaciones de comando en guerras de baja intensidad en la Escuela de Infantería del Ejército de Estados Unidos, en Fort Benning, Alabama, Navarrete explica que la fiscalización debe ser materia de discusión y debate. Agrega que el asunto debe abordarlo la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando resuelva la controversia constitucional que la senadora Laura Rojas interpuso contra el acuerdo del 11 de mayo, puesto que todos los actos que emiten los titulares de los OIC de la Sedena y Marina son ilegales al violar la Ley de la Función Pública.

–¿Tiene futuro la controversia constitucional?

–Sí, mucho futuro, pero no en cuanto a cuestionar la facultad del presidente para disponer de las Fuerzas Armadas porque eso ya está resuelto en jurisprudencia y es constitucional. El problema es la fiscalización de los recursos que debería depender de un órgano civil y el acuerdo se lo están entregando a los OIC de la Sedena y de la Semar. No es legítimo porque no está integrado conforme a la ley orgánica de la Función Pública.

“El objetivo de crear una función pública era que vigilara el buen funcionamiento de las dependencias. El problema fue que la dependencia nunca hizo su trabajo; debe de crear un órgano interno de control autónomo en cada secretaría y en cada organismo descentralizado.

“Para que este órgano fuera fiscalizador tenía que ser independiente a la institución que está revisando porque, imagínese, si a mí me fiscaliza un subordinado ¿Qué imparcialidad va a tener en su determinación? Ninguna”, afirma.

De acuerdo con la ley, todas las dependencias, incluyendo la Sedena y la Semar, deben tener un Órgano Interno de Control independiente e imparcial que sólo debe responder directamente a la SFP.

“En la Sedena se quitan el grado militar cuando son nombrados titulares de los OIC para simular que son civiles. ¿Usted cree que una persona subordinada a la Sedena y que le paga la Sedena va a ser independiente e imparcial? Claro que no”, asegura el teniente coronel que también se graduó como Boina Verde en la Escuela de Guerra Especial en Fort Bragg, la instalación militar más grande del mundo.

Nombramientos de la SFP

Consultada al respecto, la Secretaría de la Función Pública descartó que los titulares de los Órganos Internos de Control de la Sedena y Semar representen alguna ­irregularidad. 

De acuerdo con el director de Comunicación social de la SFP, Raymundo Alva Huitrón, la propia dependencia les dio los nombramientos a los titulares de los órganos de fiscalización en ambas instituciones armadas y que el salario lo reciben de sus respectivas corporaciones porque están en un proceso de transferencia a la Función Pública.

–¿Tienen un nombramiento formal por parte de la SFP?

–Tendrían que estar. Tendría que pedirse por transparencia (esos datos).

–¿Es válido que tengan dos cargos, uno en la SFP y otro en sus instituciones militares?

–No tendría un comentario en concreto. Implica una valoración del marco jurídico.