En un escenario inédito, como el que ha provocado el covid-19 en todo el mundo, en México la aplicación del Plan DN-III –que prevé por primera vez la movilización de elementos castrenses y de la Guardia Nacional– entraña un severo riesgo: que las tropas, en lugar de auxiliar a la población civil, se vuelquen a contenerla.
La aplicación del Plan DN-III debido el covid-19 prevé que elementos del Ejército y la Guardia Nacional (GN) participen en el acordonamiento de colonias, comunidades o regiones donde se presenten brotes graves o no controlados por el virus. Además, según fuentes castrenses, también deberán actuar para restringir las libertades de tránsito y de reunión cuando se aplique la fase 3 de la pandemia.
Rebasada la etapa de prevención, el Plan DN-III se aplicará por primera vez ante una epidemia que afecta a todo el territorio nacional. De hecho, su aplicación será más de contención que de apoyo directo a la población civil.
De acuerdo con las fuentes consultadas, el Plan DN-III está diseñado para atender los escenarios durante una situación de crisis –la expansión del coronavirus es un caso inédito–, por lo que se prepara a militares y efectivos de la GN para actuar en caso de que las autoridades civiles se vean rebasadas ante un escenario catastrófico.
Pese a que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) entrevé la posibilidad de aplicar medidas extraordinarias, éstas están sujetas a la decisión del presidente de la República y al aval del Consejo General de Salubridad (CGS), cuya primera sesión se llevó a cabo el jueves 19 y a partir de ese momento se declaró en sesión permanente.
José Ramón Cossío, ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, advierte que la sesión del CGS fue tardía y no resolvió los vacíos legales que existen para regular la actuación del Ejército y la Guardia Nacional frente a la actual pandemia de covid-19, particularmente en un escenario en el que se prevén restricciones a las libertades de tránsito y de reunión.
“El Ejército y la Armada, con todo lo que ayudan –dice–, no pueden suspender las garantías de tránsito, de reunión, de asociación, porque no tienen facultades para ello. Llegarán a las zonas de mayor afectación para apoyar a la población con comida y medicamentos, pero en modo alguno pueden ordenarle que se guarde o deje de transitar. Eso no pasa con el Plan DN-III, eso sólo lo puede hacer el Consejo General de Salubridad o la Secretaría de Salud.”
El también integrante de la Academia Nacional de Medicina explica que tras la declaratoria de que el covid-19 representa “una enfermedad grave de atención prioritaria”, el propio consejo debe decretar las “acciones extraordinarias en materia de salubridad general” previstas en los artículos 181-184 de la Ley General de Salud.
Esos artículos prevén restricciones al tránsito terrestre, aéreo y marítimo, así como a la libertad de reunión por cuestión sanitaria, incluyendo la “entrada y salida en las poblaciones y con los regímenes higiénicos especiales que deban implantarse”, conforme la gravedad de las zonas o regiones bajo control militar del Plan DN-III.
“Lo que corresponde ahora a la Secretaría de Salud (Ssa) es utilizar el artículo 181 de la Ley General de Salud y hacer la declaratoria de acciones extraordinarias y comenzar a delimitar las zonas en las cuales se van a introducir algunas restricciones al comercio, al tránsito y a la asociación de personas”, sentencia Cossío.
Cossío explica que con la declaratoria de acciones extraordinarias por parte de la Ssa se evitaría que cada municipio o estado fije sus propias restricciones a los derechos que consagra la Constitución, como el establecimiento de “toques de queda” por parte de alcaldes y gobernadores.
Además, con esa misma declaratoria se podría evitar que cada empresa o institución pública fije sus propias reglas ante la emergencia epidémica, incluso para despedir trabajadores de manera injustificada o para dejarles de pagar.
“Cuando se presentan estas emergencias hay que ver lo que contemplan las leyes; éstas establecen que el Consejo de Salubridad y la Secretaría de Salud son la máxima autoridad sanitaria y que pueden imponer sus decisiones a estados y municipios, pero cuando hay una ausencia de decisiones lo que se provoca es que cada quien toma decisiones como mejor le vaya pareciendo y eso agrava la situación”, advierte.
El diagnóstico de la SSPC
La posible aplicación del Plan DN-III para contener a la población en el caso de la pandemia de covid-19 no sólo fue confirmada a Proceso por fuentes militares: desde la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) se manejan escenarios similares para el manejo de la GN.
El semanario digital Eje Central publicó el jueves 19 un diagnóstico elaborado por la Dirección de Logística y Adiestramiento, y de Planeación y Análisis Estratégico de la dependencia que encabeza Alfonso Durazo y en el cual advierte que “la situación en México puede agravarse”:
“Ante situaciones de emergencia sanitaria como las que actualmente se enfrentan, que pueden desencadenar eventos de alteración del orden y la paz públicos por el pánico social generado, la escasez de productos de primera necesidad, de artículos de sanitización y desinfección, o bien afectaciones al funcionamiento de los servicios médicos de atención u hospitalización por padecimientos infeccioso respiratorios, los elementos de la Guardia Nacional deben ser garantes para asegurar que estas actividades se desarrollen con el mayor orden y normalidad posibles.”
Para el coordinador del diplomado de Seguridad Nacional, Democracia y Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana, Erubiel Tirado, el uso de la GN para enfrentar posibles disturbios revela que la aplicación del Plan DN-III en el caso del covid-19 más que de apoyo a la población, va a ser para contenerla.
“Se ha dejado entrever que la Guardia Nacional está apuntando sus acciones ante la eventualidad de disturbios (saqueos, robos y protestas violentas) y no de apoyo a la población. Entonces, resulta que la Sedena asume una doble cara (Dr. Jekyll y Mr. Hyde), donde el lado bueno, de apoyo a la población en acciones sanitarias (Plan DN-III), corresponde al Ejército y a la Marina, mientras el lado represivo, a la GN”, señala.
Antes de que el presidente Andrés Manuel López Obrador lo hiciera público, el Estado Mayor dio la orden de activar el Plan DN-III para casos de emergencia, funcionando de manera preventiva al interior de las Fuerzas Armadas y comenzando la coordinación de los 46 comandantes de zona con los gobernadores de los 31 estados y la jefa de Gobierno de la Ciudad de México.
Incluso ya comenzó a funcionar el Centro Coordinador de Operaciones bajo el protocolo de atención a emergencias clínicas biológicas, que incluyen el escenario de una posible epidemia en todo el territorio nacional.
El Plan DN-III se activa “ante la presencia de un agente destructivo” y su fin primordial es “salvaguardar la vida de las personas, sus bienes y la planta productiva” del país, para lo cual cuenta con las fases iniciales de alerta y elaboración de planes de emergencia, según la página web de la Sedena.
Posteriormente están las fases reactivas, cuando se presenta un desastre natural o la de un agente químico-biológico, por lo que se plantea una coordinación de emergencia, una evaluación de daños y el registro sobre la pérdida de vidas humanas.
En estas fases hay operaciones de apoyo directo a la población, como el rescate de personas afectadas, búsqueda de sobrevivientes, tareas de transporte y evacuación preventiva, acondicionamiento de refugios temporales y entrega de víveres.
De manera simultánea el Ejército y la Secretaría de Marina tienen facultades para “coadyuvar con las fuerzas de seguridad pública para preservar la actividad económica y los bienes de la población”.
Además, deben proporcionar “servicios estratégicos, equipamiento y bienes” mientras persiste la emergencia, por lo que brindan transporte y recursos humanos a las autoridades civiles.
En materia de salud, su labor hasta antes de la epidemia de covid-19 ha sido la de apoyar y coordinar labores de “asistencia médica y saneamiento”, proporcionando los recursos humanos y materiales de los cuales dispone.
Debido a que no se han registrado daños físicos o a la infraestructura pública derivado de la epidemia, los cuales sólo podrían presentarse en casos de disturbios o saqueos, el siguiente paso para la Sedena será apoyar con “controles sanitarios” para establecer zonas, municipios o comunidades en cuarentena, un paso que sólo darían a petición de las autoridades civiles.
Otra posibilidad es que los militares y la propia GN participen de manera activa y a petición de la SSPC en imponer restricciones a la libertad de tránsito, con el propósito de fijar horarios para comprar alimentos o definir lugares y zonas de circulación.
Ambas medidas son casos extremos para evitar un crecimiento expansivo de la epidemia.
El Manual de Procedimientos del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades (Cenaprece) de la Ssa también prevé la participación de la Sedena para reducir los daños a la salud y evitar los brotes de enfermedades transmitidas por vectores de contagio.
“La Dirección General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación es la facultada para decretar situaciones de emergencia y desastres; pero la Secretaría de la Defensa Nacional, a través del Plan DN-III, coadyuva con la Secretaría de Salud a la atención de esas emergencias y desastres”, señala el documento que puede consultarse en la página web del Cenaprece.
Dudas constitucionales
La posibilidad de que el Plan DN-III prevea restricciones a las libertades de tránsito y de reunión genera dudas, debido a que el CGS sesionó el jueves 19, pero sigue sin decretar cuáles serán las “acciones extraordinarias en materia de salubridad general” que podrían regular la actuación del Ejército, la Marina y la GN ante la pandemia de covid-19.
Para Tirado, especialista en relaciones entre militares y civiles, el anuncio presidencial de que se van a aplicar los planes DN-III y de la Marina para contener la pandemia “puede provocar la implantación de “miniestados de sitio o de excepción de facto, pero al margen de la ley”, puesto que se requiere la declaratoria de emergencia que López Obrador se niega a hacer.
Admite que existen facultades de las autoridades civiles para el despliegue del Plan DN-III y que en casos de emergencia “hay garantías específicas que se limitan”, pero también advierte que los derechos humanos, la integridad física y la vida de las personas “no son afectadas ni deben afectarse por una eventual suspensión de garantías”.
Agrega que las experiencias previas del Plan DN-III en el “combate de epidemias” son regulares para prevenir enfermedades como el dengue, la chikungunya y la influenza A-H1N1, ya sea mediante campañas de erradicación de mosquitos o de vacunación.
No obstante, considera que no hay precedente en casos de pandemia y advierte que nunca se ha mostrado la capacidad del Ejército para actuar en las 32 entidades federativas en forma simultánea, ya que siempre acordona o apoya a la población cuando hay zonas de desastre limitadas a dos o tres regiones del territorio nacional.
“El Plan DN-III, por definición de su naturaleza doctrinal y legal (pese a llevar el apellido “nacional”) es un mero esquema operativo de carácter temporal y de límites geográficos definidos, pero ante la emergencia del coronavirus (que es de carácter global), su respuesta implica el territorio nacional en forma íntegra. En ese sentido, los planes como DN-III o “Marina” (éste con sustento legal menos sólido que los del Ejército) son, en efecto, de carácter contingente para casos extraordinarios, pero limitados geográficamente”, acota el investigador.
Agrega que cuando es necesario valorar y revisar su actuación de 2009, las Fuerzas Armadas “en realidad no están preparadas para una situación como la que significa el coronavirus. Estamos ante un escenario inédito”.








