Jubilada denuncia que el ISSSTE no le paga completa su pensión

Señor director:

 

Yo, Gloria Morteo García, una humilde servidora, soy profesora pensionada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) después de haber laborado para la Secretaría de Educación Pública (SEP) hasta septiembre de 1994. Le pido por favor que me ayude a publicar mi caso: he pedido de diferentes maneras que corrijan el pago de las dos plazas que trabajé en la Ciudad de México, pero me rechazan el escrito en tres diferentes oficinas dependientes del ISSSTE.

Últimamente planteé mi situación en la 32 Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, pero me negó el derecho; ante tal situación promoví un recurso de amparo (D.A.143/2018).

Los magistrados emitieron un fallo protector en favor de la suscrita, condenando a la sala que con libertad de jurisdicción emitiera una nueva sentencia en la que se tomaran en cuenta aspectos procesales que omitió en el juicio de nulidad, se tomaran en cuenta las dos plazas de profesora de educación primaria y se actualizaran los montos desde el día de la fijación de la pensión y hasta la fecha.

La Tercera Sala acató el fallo protector y notificó a las partes colitigantes. De las tres autoridades administrativas demandadas en el juicio de nulidad, la representación jurídica de la Subdelegación Zona Sur del ISSSTE presentó nuevo recurso en el intervalo de diez días; ahora, de revisión fiscal. Ante tal estado de cosas, la Tercera Sala Regional admitió a trámite dicha inconformidad; las otras dos autoridades dependientes del ISSSTE se quedaron calladas. Se supone que consintieron el contenido de la sentencia que obedece al fallo protector de la justicia federal.

La sala regional remite de nueva cuenta el planteamiento con el expediente original a la corte. Por turno correspondió conocer al Séptimo Tribunal Colegiado del Primer Circuito (Exp. R.F 490/2018) en ese intervalo de sustanciación del recurso.

Sorpresivamente, la representación jurídica de la Subdelegación Zona Sur del ISSSTE presentó un escrito de desistimiento del recurso; de este aspecto se informó oportunamente al Séptimo Tribunal Colegiado del Primer Circuito. Los magistrados, tras desahogar en sus términos el recurso, emitieron su resolución desechando el planteamiento del recurso por carecer de sustancia.

Como puede ver usted, en dos ocasiones el amparo ha sido en mi favor, ordenando se me pague lo justo de cinco años atrás del día de mi reclamación –que es marzo de 2013– y hasta la fecha, no obstante haber iniciado el procedimiento de ejecución de dicho resolutivo. Sin embargo, no hay respuesta; la sala regional vuelve al mismo procedimiento sin sancionar a las omisas autoridades del ISSSTE.

Le suplico que tenga a bien publicar mi caso, ya que hay muchas profesoras en la misma situación.

Mi pensión es muy raquítica y compro medicamentos que el ISSSTE no me los surte por la situación crítica del propio instituto, no me alcanza para solventar mis gastos.

Atentamente:

Profesora Gloria Morteo García