Como en otros temas, al firmar el Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCAN), México omitió establecer algún tipo de reserva o protección para las comunidades originarias del país, a diferencia de Canadá que adoptó medidas restrictivas en materia de poblaciones autóctonas y minorías en el apartado “Trato nacional”.
Así, el país del norte “se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida denegando a inversionistas y a sus inversiones o a proveedores de servicios de otra Parte cualquier derecho o preferencia otorgados a poblaciones autóctonas”. Y lo mismo establece para las minorías social y económicamente en desventaja.
A decir de Ricardo Fuentes, asesor del grupo parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en la Cámara de Diputados, la reserva es importante porque le permite a Canadá priorizar los derechos de las comunidades frente a los proyectos de explotación, por ejemplo, yacimientos petrolíferos, mineras, parques eólicos.
En casos como el de Wirikuta, en San Luis Potosí, donde los wixárikas se enfrentaron a la minera First Majestic Silver (irónicamente canadiense) para lograr conservar sus sitios sagrados, no habría lugar a dudas de que los derechos prioritarios son los de las comunidades. Y no como sucede en la actualidad, que los megaproyectos de imponen a los pueblos.
La idea del asesor es que en la presente renegociación del TLCAN debería de incluirse una reserva similar, pues además del asunto de los proyectos de explotación derivados de la Reforma Energética, podría contribuir a proteger a las comunidades de los plagios denunciados recientemente.
Compañías transnacionales como Nestlé y diseñadores franceses y gringos, han reproducido bordados y textiles sin la licencia o el pago de regalías a los pueblos que los han creado desde tiempos remotos. El tema, según Fuentes, ha sido discutido en las cámaras de Diputados y Senadores con el propósito de encontrar la forma de proteger los derechos colectivos.
No es fácil, dice, porque el marco normativo, que es la Ley Federal del Derecho de Autor, no contempla el concepto de derechos colectivos. Para el pago de regalías tendría que identificarse al o los autores. Labor cuasi imposible, pues quizá ni con un estudio antropológico social se determinaría con exactitud si un diseño pertenece a una comunidad mixe o zapoteca, por mencionar un ejemplo.
Se han mencionado entre las posibilidades, solicitar al Instituto Mexicano de Propiedad Industrial establecer un derecho de patente, pero no son industrias, “no es el concepto que tiene Ildefonso Guajardo al comparar los productos culturales con zapatos”.
Los temas se complican aún más cuando se trata de la defensa de los recursos genéticos. Desde octubre de 2010 se adoptó el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su Utilización, con el cual se pretende poner freno a la biopiratería. Entró en vigor en México el año pasado.
El problema, a decir de Fuentes, es que en este asunto están involucradas las compañías farmacéuticas que elaboran sus productos a partir de plantas medicinales como la belladona o la valeriana. Y ya no decir de plantas como el peyote, que tiene usos rituales, y la marihuana, que también tiene propiedades terapéuticas, pero son considerados estupefacientes, así que podrá permitirse su uso medicinal, pero no la producción ni el traslado.
Son muchos los temas que podrían incluir el TLCAN pero no se han considerado y viene ya otra ronda de negociaciones. Recuerda que el cine entró, pero en el área de las telecomunicaciones (no hay apartado para industrias culturales o creativas) pues cuando se firmó el acuerdo aún estaba en la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación.
Está también la radio y la televisión, pero no por sus contenidos culturales, sino con referencia a cómo van a actuar con respecto al espectro, las repetidoras, y el estímulo a la distribución de programas y ahora series televisivas.








