Cofundador del PRD critica el apoyo de su partido al destituido delegado en Venustiano Carranza

Señor director:

Soy cofundador del PRD y deseo exponer que el apoyo que ofrece la presidenta nacional de mi partido, Alejandra Barrales, al jefe delegacional de Venustiano Carranza, Israel Moreno Rivera, ante su destitución ordenada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, confirma que la clase política funciona como una siniestra hermandad para protegerse entre sí, ante el peligro de que el búnker de impunidad que los cuida haya sido penetrado por el derecho.

Quizá por soberbia o porque su equipo jurídico no le informó al delegado sobre el asunto en cuestión, es que se descuidó su defensa y, por ello, fue removido.

Es importante mencionar que el artículo 107, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los ­artículos 193, 195 y 198 de la Ley de Amparo, dan excesivas facilidades a los funcionarios públicos para que, en casos como el que nos ocupa, no les sea aplicada la fracción I del artículo 267 del ordenamiento citado.

El artículo 267 estipula: “Se impondrá pena de cinco a diez años de prisión, multa de cien a mil días, en su caso destitución e inhabilitación de cinco a diez años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos a la autoridad que dolosamente: I. Incumpla una sentencia de amparo o no la haga cumplir (…)”.

Por lo tanto, esta pequeña isla de legalidad que la Suprema Corte generó en el océano de impunidad en que se encuentra México da satisfacción a los miles de trabajadores del gobierno de la Ciudad de México que tienen una sentencia firme y que, sin embargo, la soberbia gubernamental no respeta.

La inusual sentencia se presta para que organizaciones como Por una Fiscalía que Sirva, Ahora, Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad, Fundar, Artículo 19, entre otras, presenten iniciativas de ley para que sea reformada la fracción XVI, así como los artículos 193, 195 y 198 de la Ley de Amparo, en cuanto a todas las facilidades que dan a la clase gubernamental para permanecer impune, soslayando el cumplimiento de sentencias que ya tienen calidad de cosa juzgada.

Asimismo es necesario que exista la debida legislación para que de oficio la Corte atraiga los casos en los cuales los jueces de distrito y tribunales colegiados de circuito no puedan hacer cumplir sentencias firmes e inatacables. Con las propuestas de reformas es posible disminuir en gran medida la impunidad gubernamental.

Atentamente:

Manuel Guerrero Ramos