Acusa irregularidades en concurso organizado por la DGET

Señor director:

Desde 2001 soy docente adscrita al Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios núm. 32, en Villahermosa, Tabasco. El 14 de marzo de 2017 efectué proceso de prerregistro en línea ante el Sistema Nacional de Registro del Servicio Profesional Docente para participar en el concurso de oposición para promoción a cargos con funciones de dirección en la educación media superior para el ciclo escolar 2017-2018; se me asignó el número de folio 271700000436.

El 21 de marzo hice el registro definitivo para participar en esa convocatoria; el 14 de mayo presenté examen nacional en la sede de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco; el 21 de julio el Instituto Nacional para la Evaluación Educativa emitió en mi favor el dictamen que me acredita como docente idónea nivel “A”, en el primer lugar del orden de prelación, para ocupar el cargo de director.

El 7 de julio, a tres meses y medio de mi registro, el maestro Carlos Alfonso Morán Moguel, director general de Educación Media Superior, en oficio extemporáneo fechado el 6 de junio me comunicó que estaba fuera del concurso por una inconsistencia relativa en mi expediente.

El 8 de julio y el 7 de agosto, haciendo uso del derecho de petición, consagrado en el artículo 8 constitucional, solicité la intervención de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional, ante la disposición del titular de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI), solicitando mi reincorporación al proceso en virtud de considerarlo arbitrario ya que se contrapone a lo establecido en el Marco de la Ley del Servicio Profesional Docente y violenta mis garantías constitucionales. A la fecha no he recibido respuesta de esta autoridad.

El martes 15, autoridades de las oficinas centrales de la DGETI en Tabasco y el coordinador regional de supervisores de la Subsecretaría de Educación Media Superior, en un acto a puerta cerrada y en un plantel distinto al que se concursó y al cual no fui convocada, llevaron a cabo la asignación en el puesto a la persona que ocupó el segundo lugar en dicho concurso; la cual coincidentemente, ocupó la dirección de este plantel durante los últimos cuatro años, lo cual constituye un acto de imposición; haciendo caso omiso de la solicitud de intervención que interpuse desde el día 8 de julio ante las autoridades facultadas para tal efecto: Oficina de la Presidencia de la República, Secretaría de Educación Pública, Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, Subsecretaría de Educación Media Superior.

Por lo anterior denuncio: la incompetencia, dolo e inequidad de los procesos establecidos para los concursos de oposición, en las Oficinas Auxiliares de la DGETI en Tabasco, que violentaron mi derecho a promocionarme para ocupar la Dirección del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios núm. 32, en Villahermosa, Tabasco. Estos actos, de acuerdo con el dictamen técnico-jurídico emitido en mi favor por la Defensoría Pública Federal, en Villahermosa, violentaron en mi perjuicio la Ley del Servicio Profesional Docente, los preceptos 59,14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos a la garantía de legalidad. (Carta resumida.)

Atentamente,

Esmeralda Patricia Zamudio Ramírez