En 2001, Ford decidió apropiarse del nombre de una empresa mexicana de turismo para bautizar su camioneta Ecosport. La compañía nacional acudió a los tribunales, donde no sólo enfrentó al emporio automotriz, sino que incluso combatió los conflictos de interés de un alto funcionario mexicano, exabogado de la armadora. Y este 2017, después de 13 años de peleas durísimas, EccoSports de México logró que se le diera la razón: el vehículo ya no podrá ser vendido y la trasnacional deberá pagar los daños ocasionados por su abuso.
Después de 13 años de litigio, la trasnacional automotriz Ford Motor Company perdió en tribunales mexicanos el derecho de propiedad intelectual de la marca Ecosport ante la empresa de turismo ecológico EccoSports de México, establecida en Jalcomulco, Veracruz.
El 5 de enero pasado, el Décimo Tercer Tribunal Colegiado de Circuito revirtió la resolución que había tomado la Tercera Sala Superior de Justicia de la Ciudad de México, y le ordenó dictar una nueva sentencia en la que se analizara nuevamente el derecho de EccoSports de México, S.A. de C.V. ante el nombre de la unidad producida por Ford.
En cumplimiento de dicha ejecutoria, el pasado 27 de enero la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México condenó a Ford Motor Company, S.A. de C.V., y a Ford Motor Company, a pagar los daños y perjuicios generados a EccoSports de México.
También les ordenó retirar de la venta todas las camionetas Ecosport, lo que deberán llevar a cabo en los próximos días, y parar toda promoción de la marca, que había usufructuado desde 2003.
Según los abogados de la empresa mexicana –Mauricio Jalife Daher y Claudia de Buen– Ford todavía puede buscar un amparo ante esta determinación, pero sólo serviría para ganar tiempo y no para cambiar la sentencia ya emitida.
En dicha sentencia se resolvió lo siguiente: “Único. La Justicia de la Unión ampara y protege a EccoSports México Sociedad Anónima de Capital Variable, contra la sentencia definitiva de veintiocho de octubre de dos mil quince, dictada por la Tercera Sala civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (Ciudad de México), en el toca número 1444/2015. El amparo se concede para los efectos precisados en la parte final del último considerando de esta ejecutoria”.
Hace un par de años, Ford había anunciado una serie de inversiones millonarias en México, como el establecimiento de una nueva planta de ensamble en San Luis Potosí, que el director general de ProMéxico, Francisco González, estimaba que traería unos mil 600 millones de dólares de inversión extranjera directa.
Este proyecto, sin embargo, fue cancelado el pasado 3 de enero luego de que el presidente Donald Trump amenazara con un impuesto fronterizo a los autos producidos o ensamblados en México.
Ford Motor Company ya recibió la sentencia en su contra.
La historia
Las diferencias entre la trasnacional y la firma mexicana comenzaron en abril de 2001, cuando Ford fue a Jalcomulco, Veracruz, a grabar un comercial para promover su camioneta Explorer 2002 ante los medios de comunicación, en un centro turístico ecológico.
Meses después, el consorcio estadunidense solicitó el registro de la marca Ecosport, que es muy similar al nombre de la empresa mexicana EccoSports, dueña del lugar donde se grabó el comercial.
EccoSports México, S.A. de C.V. fue fundada en 1997 con la finalidad de fomentar el turismo ecológico y de aventura, y al año siguiente obtuvo el registro oficial 582994 ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Por varios años desarrolló su actividad en varios estados y al final eligió Jalcomulco como su centro de operaciones.
Durante sus primeros cinco años, ofreció sus servicios a varias automotrices internacionales, que utilizaban el lugar como un foro natural para publicitar sus unidades.
Ford Motor Company, por su parte, solicitó al IMPI el registro de la marca Eco-sport pocos meses después de grabar el spot. Se le otorgó el 13 de diciembre de 2001, con el número 728477.
En 2003 la automotriz estadunidense bautizó a una de sus camionetas como Ecosport, vehículo que se produce en Brasil. Para entonces, el despacho de abogados de Ford estaba encabezado por Miguel Ángel Margáin, hoy director del IMPI.
Rodolfo Olmedo, propietario de EccoSports México, denunció las actuaciones de la automotriz y del director del IMPI, Miguel Ángel Margáin, quien, arguyó, pudo haber incurrido en conflicto de intereses.
Al hacer la denuncia, Olmedo aseguró que EccoSports México fue dañada por la confusión generada por la similitud con la marca de la camioneta. Por ejemplo: Chrysler de México canceló todas sus operaciones con EccoSports de México.
Al ser demandada, el 26 de noviembre de 2003, Ford Motor Company hizo llegar una propuesta a EccoSports México S. A. de C. V., para que cediera los derechos de marca. La contraprestación ofrecida en ese momento por la trasnacional era irrisoria: tres camionetas Ecosport. El ofrecimiento fue rechazado por Olmedo y sus socios, pues la marca tenía un valor muy superior.
El 26 de febrero de 2004 EccoSports México decidió solicitar al IMPI que declarara la nulidad del registro 728477. Pero el instituto rechazó la petición mediante el oficio 947, del 28 de enero de 2005.
Olmedo y los otros socios de EccoSports México acudieron al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA).
Los abogados de Olmedo presentaron las denuncias por la evidente similitud de la marca EccoSports México con la de Ecosport de Ford. Se basaron en el artículo 90 de la Ley de la Propiedad Industrial, que establece que no serán registrables como marcas las que sean idénticas o semejantes en grado de confusión a otra en trámite de registro previo o a una registrada y vigente, aplicada a los mismos o similares productos o servicios,
El 16 de junio de 2011, la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del TFJFA emitió una sentencia a favor de la empresa mexicana y ordenó al IMPI que declarara la nulidad del registro que le había dado a Ford.
El 13 de febrero de 2012, la automotriz reaccionó e interpuso una demanda de juicio de amparo ante el Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, la cual fue sobreseída el 31 de mayo del mismo año, ya que los apoderados de Ford (Roberto Arochi y Miguel Ángel Margáin) la presentaron fuera de tiempo.
A pesar de esto, esos abogados interpusieron un recurso de revisión constitucional ante la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que confirmó el criterio del Tribunal, por lo que la sentencia que ordenaba al IMPI emitir una resolución de nulidad del registro quedaba firme desde el 31 de enero de 2013.
La resolución avalada por la SCJN, sin embargo, no se aplicó. Resulta que, el 31 de marzo de 2013, Miguel Ángel Margáin fue nombrado director general del IMPI. Ante esto, los socios de EccoSports México acudieron con el funcionario para pedirle que actuara conforme a la ley.
En un principio parecía que Margáin cumpliría con la normativa: el 31 de mayo de 2013 declaró la nulidad del registro 728477, de Ecosport. Pero la nulidad duró apenas tres meses. El 14 de agosto de 2013, Margáin dio a Ford un nuevo registro (el 1389845) exactamente igual al que los tribunales habían ordenado cancelar. Y luego, el 1 de diciembre, otro registro más (1498278), pero ahora con el nombre de Ecosport R.
Frente a esta acción del IMPI, el 29 de mayo de 2014 EccoSports México interpuso una queja ante la Secretaría de la Función Pública. Solicitó una revisión por las irregularidades administrativas perpetradas por Margáin, la cual fue remitida al Órgano Interno de Control del propio instituto. El 24 de marzo de 2015 este organismo informó que no se habían acreditado conductas de conflicto de intereses susceptibles de ser sancionadas.
La empresa mexicana siguió luchando y obtuvo copia certificada de algunas constancias de comunicaciones cruzadas entre abogados de Ford y funcionarios del IMPI que dieron lugar a la obtención de los dos registros.
Con esta presunta prueba de conflicto de interés, el 4 de julio de 2014 EccoSports México presentó una denuncia ante la Procuraduría General de la República (PGR), que abrió la averiguación previa PGR/UEIDCSPCAJ/SP/M.III/152/2014. Dos meses más tarde, el 22 de septiembre, dicha autoridad declaró el no ejercicio de la acción penal, sin dar una explicación o fundamento.
Según Olmedo, “hubo órdenes superiores para dejar en paz el asunto”, y como último intento de obtener justicia ante lo que considera un “despojo y ocupación de marca por parte de Ford”, la empresa mexicana inició un juicio civil el 2 de junio de 2014 en el que reclamó el pago de daños y perjuicios.
Pero una vez más se topó con problemas judiciales. El juez Cuadragésimo Primero de lo Civil absolvió a Ford Motor Company, aun cuando la filial mexicana había reconocido que usó la marca y la nulidad del registro.
Un acto de justicia
Dos años y medio después, la historia del litigio cambió. La Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México dictó una sentencia a favor de EccoSports de México S. A. de C. V. Ahí se le reconoce como la única titular de la marca.
Además ordenó el pago de daños y perjuicios, el retiro definitivo del mercado de cualquier producto que legalmente se distinga con la marca “notoriamente conocida”, en este caso los vehículos Ecosport, así como la suspensión de toda publicidad alusiva.
Los defensores de la marca mexicana, Mauricio Jalife Daher y Claudia de Buen, manifiestan que se trata de un acto de justicia aunque, precisan, como fue dictada en plenitud de jurisdicción, puede caber el amparo que solicite Ford, “pero con un rango muy limitado porque es un cumplimiento de una sentencia de amparo”.








